Detalle de la norma RE-38-2010-GMC
Resolución Nro. 38 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2010
Asunto Proyecto de cooperación en materia Estadística II
Detalle de la norma

                                                                                   

RE-38-2010-GMC

 

 

ADDENDUM N° 2 AL CONVENIO DE FINANCIACIÓN MERCOSUR – UNIÓN EUROPEA “PROYECTO DE COOPERACIÓN EN MATERIA ESTADÍSTICA II”

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 10/91 y 12/04 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 26/92, 47/01, 57/05, 63/05 y 67/08 del Grupo Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que informaciones estadísticas económicas y sociales comparables en los Estados Partes del MERCOSUR son insumos esenciales para la definición de políticas de integración.

 

Que la cooperación con la Unión Europea en materia de indicadores y sistemas estadísticos regionales es de interés del MERCOSUR.

 

Que es competencia del Grupo Mercado Común aprobar los Programas de Cooperación Técnica Internacional de apoyo al MERCOSUR.

 

Que resulta necesario adaptar algunas modificaciones de las disposiciones del Convenio de Financiación para una mayor eficiencia en la ejecución del Proyecto.

 

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

 

Art. 1 – Aprobar la firma del Addendum N° 2 al Convenio de Financiación MERCOSUR – UE “Proyecto de Cooperación en Materia Estadística II”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

 

Art. 2 – El Anexo de la presente Resolución se encuentra únicamente en el idioma español.

 

Art. 3- Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

 

 

 

LXXX GMC – Buenos Aires, 15/VI/10.

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-67-2008-GMC Proyecto de cooperación en materia Estadística II