RE-23-2010-GMC
RE-23-2010-GMC
PRESUPUESTO DEL
INSTITUTO SOCIAL DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 37/08 y 31/09
del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 50/03 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Decisión CMC N° 31/09 aprobó el Presupuesto del Instituto Social del MERCOSUR para el
ejercicio 2010 y estableció que la ejecución de dicho Presupuesto se regirá por
lo dispuesto en la Resolución GMC N° 50/03, sus modificatorias y complementarias.
Que en virtud de la aplicación de la mencionada Resolución, el Consejo del Mercado Común delegó en el Grupo Mercado Común la
competencia para tratar todas las cuestiones relativas a la ejecución
presupuestaria del Instituto Social del MERCOSUR durante el ejercicio 2010.
Que es conveniente asegurar los
recursos para la ejecución presupuestaria del Instituto Social del MERCOSUR en
el período anterior al pago de los aportes de los Estados Partes relativos al
2010.
EL GRUPO
MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Extender
hasta el 31 de diciembre de 2010 el plazo previsto en el Artículo 4 de la Decisión CMC N° 31/09 para la utilización del saldo de recursos excedentes de ejercicios
anteriores, en el caso que no se disponga hasta dicha fecha de suficientes
recursos provenientes de los aportes regulares de los Estados Partes relativos
al 2010.
Art. 2 - Esta
Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados
Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del
MERCOSUR.
LXXX GMC –
Buenos Aires, 15/VI/10.
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