Resolución C. 29-2010
Modificación de la Resolución Nº
C.127/93 en lo que respecta a los títulos habilitantes
inscriptos ante el Instituto Nacional de Vitivinicultura.
Mendoza,
30/6/2010
VISTO
el Expediente Nº S93:0002815/2010, el Artículo 39 de la Ley Nº 14.878 y la Resolución Nº C.127
de fecha 16 de abril de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que
por el expediente citado en el Visto se presenta la Escuela Técnico
Agraria Nº 4-006 "Pascual IACCARINI", con el objeto que se incluya el
Título de "TECNICO AGROPECUARIO ESPECIALIZADO EN ENOLOGIA" que otorga
el mencionado establecimiento educativo, como título habilitante
para ejercer la actividad técnica en establecimientos inscriptos en este
Organismo.
Que
el Artículo 39 de la Ley Nº
14.878 establece que a partir del volumen mínimo que se fije, las elaboraciones
de los productos de la presente ley deberán hacerse bajo el control y la
responsabilidad directa y efectiva de un técnico capacitado por título habilitante en la actividad que se trata.
Que
la Resolución Nº
C.127 de fecha 16 de abril de 1993, reconoce que los Ingenieros Agrónomos con
título otorgado por la
Facultad de Ciencias Agrarias de la UNIVERSIDAD NACIONAL
DE CUYO y los títulos de Enólogos y/o Licenciados en Enología que hayan sido
otorgados por establecimientos educadores autorizados por el Gobierno Nacional,
son los habilitados para asumir el control y la responsabilidad directa y
efectiva de los productos que se elaboran y fraccionan en los establecimientos
inscriptos ante este Organismo.
Que
en la mencionada norma se establece también que toda documentación que deban
presentar los inscriptos ante el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, deberá
ser suscripta por el técnico responsable del establecimiento, por lo que las
dependencias del Organismo de cada jurisdicción abrirán el respectivo Registro
de Firmas con la finalidad de asentar los datos del técnico de cada
establecimiento.
Que,
atento los estudios efectuados en el presente expediente, se concluyó que el
título otorgado por el establecimiento presentante reúne las condiciones para
ser habilitado a fin de ejercer la profesión de la enología y para firmar toda
documentación oficial que se presente en esta Institución.
Que
Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Organismo ha tomado la intervención de
su competencia.
Por
ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros.
14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto Nº 1306/08,
EL
PRESIDENTE
DEL
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1º — Incorpórase a la Resolución Nº C.127 de fecha 16 de abril de 1993,
el Título de "TECNICO AGROPECUARIO ESPECIALIZADO EN ENOLOGIA",
otorgado por la
Escuela Técnico Agraria Nº 4-006 "Pascual
IACCARINI", habilitándolo para asumir la conducción técnica de
establecimientos inscriptos ante este Organismo, con la finalidad de hacerse
cargo del control y la responsabilidad directa y efectiva de los productos que
se elaboren, conserven y/o fraccionen en dichos establecimientos.
2º —
Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — Guillermo D.
García.