Resolución 2-2009
Explotación comercial
de vieira patagónica. Establécese una nueva Unidad de
Manejo.
Bs. As., 12/2/2009
VISTO la
Resolución Nº 4 de fecha 22 de mayo de 2008 del registro del
CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y
CONSIDERANDO:
Que por la
Resolución citada en el Visto se establecieron medidas de
administración para la pesquería de la especie vieira patagónica (Zygochlamys patagonica) con el
objeto de mantener la sustentabilidad de la
pesquería.
Que mediante Nota del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y
DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) Nº 0270, de fecha 3 de febrero de 2009, el
Instituto ha dado respuesta a la consulta formulada por el CONSEJO FEDERAL
PESQUERO en relación con la distribución de la especie en la plataforma
continental argentina.
Que en la citada nota el INIDEP informa que las prospecciones
realizadas hasta el presente indican la localización de vieira patagónica (Zygochlamys patagonica) a mayores
profundidades en la plataforma continental argentina, más allá de las
DOSCIENTAS (200) millas marinas, entre las latitudes 45°00’ y 47°00’ Sur, en
las inmediaciones de la longitud 60°00’ Oeste, y que posiblemente dicha
localización constituya una continuidad de los bancos de la especie actualmente
sujetos a explotación pesquera en la
Unidad de Manejo 10 del Sector Sur.
Que por las razones citadas, resulta conveniente complementar la Resolución Nº 4 de
fecha 22 de mayo de 2008, del registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO,
estableciendo una nueva Unidad de Manejo, dentro del Sector Sur, en la
plataforma continental argentina más allá de las DOSCIENTAS (200) millas
marinas, en el área que presenta densidades que posibilitan la explotación
comercial.
Que ante la operación de la flota sobre la especie en la zona
mencionada resulta conveniente para la administración de la pesquería definir
las condiciones necesarias para su explotación sustentable.
Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de
la presente de conformidad con el artículo 9º, incisos a) y f) y el artículo 17
de la Ley Nº
24.922.
Por ello,
EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO
RESUELVE:
Artículo 1º — Establécese la Unidad de Manejo 14 de
vieira patagónica (Zygochlamys patagonica)
en el Sector Sur, al Este de la línea de DOSCIENTAS (200) millas marinas contadas
desde las líneas de base, hasta el borde exterior del margen continental
argentino, entre los paralelos 45° y 47° de latitud Sur.
Art. 2º — La presente resolución entrará en vigencia a
partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan C. Braccalenti. — Francisco J. Romano. — Héctor M. Santos. —
Eduardo Bauducco. — Oscar H. Padín.
— Daniel E. Lavayen. — Carlos A. Cantu.
— Luis Baqueriza.