Detalle de la norma RE-1494-2010-ONCCA
Resolución Nro. 1494 Oficina Nacional de Control Comerial Agropecuario
Organismo Oficina Nacional de Control Comerial Agropecuario
Año 2010
Asunto Reempadronamiento obligatorio engorde ganado bovino
Boletín Oficial
Fecha: 20/05/2009
Detalle de la norma
LOA

Resolución 1494-2010

Amplíase el plazo establecido en la Resolución Nº 562/10 en relación con el reempadronamiento obligatorio de los operadores inscriptos en la categoría Establecimiento de Engorde de Ganado Bovino a Corral (Feed-Lots).

Bs. As., 18/5/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0025669/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 562 de fecha 15 de febrero de 2010 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO se dispuso el REEMPADRONAMIENTO obligatorio de los operadores inscriptos en la categoría Establecimiento de Engorde de Ganado Bovino a Corral (Feed-Lots), en el "REGISTRO UNICO DE OPERADORES DE LA CADENA COMERCIAL AGROPECUARIA ALIMENTARIA", establecido por la Resolución Nº 7953 de fecha 1 de diciembre de 2008, modificada por las Resoluciones Nros. 7127 de fecha 21 de agosto de 2009 y 7538 de fecha 23 de septiembre de 2009, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

Que por el Artículo 2º de la Resolución Nº 562/10 antes citada se estableció que dicha obligación debía cumplirse en el término de NOVENTA (90) días corridos contados desde el 15 de febrero de 2010.

Que atento a los inconvenientes esgrimidos por los administrados para reunir la totalidad de la documentación exigida por el Artículo 1º de la referida Resolución Nº 562/10, no siendo objetable a los mismos las posibles demoras en que puedan incurrir los organismos provinciales y/o nacionales pertinentes, se estima conveniente prorrogar dicho plazo.

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 16 del Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007, ambas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

RESUELVE:

Artículo 1º Amplíase hasta el 4 de junio de 2010 el plazo previsto por el Artículo 2º de la Resolución Nº 562 de fecha 15 de febrero de 2010 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO para efectuar el REEMPADRONAMIENTO dispuesto por dicha norma.

Art. 2º — La presente resolución comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Campillo.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-562-2010-ONCCA Reempadronamiento obligatorio engorde ganado bovino