Detalle de la norma IG-3-2010-SDGLTA
Instrucción General Nro. 3 Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Organismo Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Año 2010
Asunto Requisitos esenciales para artículos de puericultura y juguetes
Boletín Oficial
Fecha: 13/05/2010
Detalle de la norma

                                                                     "2010 -AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCIÓN DE MAYO"

                                           ASUNTO: Resolución N°583/2008 M.S.

                                          Instrucción General N°30/00  (SDG LTA).

 

                                            BUENOS AIRES, 12 de mayo de 2010

VISTO la Instrucción General N° 30 del 3 de mayo de 2000 de la ex Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera de la Dirección General de Aduanas, que fue dictada según las indicaciones emanadas del Centro de Investigación y Desarrollo para la Industria Plástica dependiente del Instituto Nacional de Tecnología Industrial, sobre el procedimiento aplicable para la evaluación de los artículos comprendidos en la Resolución N° 978/99 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación y;

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 583, del Ministerio de Salud, publicada en el Boletín Oficial del 11 de Junio del 2008; establece los requisitos esenciales de seguridad para la fabricación, importación, exportación, comercialización o entrega a titulo gratuito de artículos de puericultura y juguetes, y en su articulo 9° deja sin efecto la Resolución N°978/99 M.S y A. S.

Que por Expediente N° 1-255590-2009 se informó a la Dirección Nacional de Determinantes de la Salud e Investigación, del Ministerio de Salud, por Nota N°2002 (DI TECN) del 29 de setiembre de 2009 de la Dirección de Técnica, acerca de dejar sin efecto la Instrucción General N° 30, con motivo de la vigencia de la Resolución N°583/08 M.S.

Que contando con la opinión favorable de la citada Dirección Nacional para dejar sin efecto la Instrucción General en cuestión, conforme su Nota N° 433/09, obrante a fs. 6 en el expediente antes mencionado, se instruye:

Dejar sin efecto la Instrucción General N° 30 del 3 de mayo de 2000 de la ex Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera de esta Dirección General de Aduanas

Regístrese y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese.

INSTRUCCIÓN GENERAL N° 3/2010 (SDG TLA)

Abog. PEDRO GUSTAVO ROVEDA SUBDIRECTOR SUBDIRECCIÓN GENERAL TECNICO LEGAL ADUANERA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

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