LOA
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 07/10
ACCIONES PUNTUALES EN EL
ÁMBITO ARANCELARIO
POR RAZONES DE
ABASTECIMIENTO
VISTO: El
Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 69/00 del
Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la
CCM analizó la solicitud presentada por la República
Federativa del Brasil sobre reducción arancelaria temporal
por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.
Que la CCM
aprobó la reducción arancelaria solicitada.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE
DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC
N° 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el
siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre
límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM
8545.19.90 Los demás
Nota Referencial: Bloques catódicos para
revestimiento de cubos electrolíticos utilizados en la producción de aluminio
primario”
Cantidad: 10.000 toneladas
Plazo: 12 meses
Alícuota: 2 %
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser
incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa
del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 14/VI/10.
CXIII CCM - Montevideo, 14/IV/10.
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