MERCOSUR/GMC/RES.
N° 10/10
SUB- ESTÁNDAR
3.7.42. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA PRUNUS
CERASUS (CEREZO ÁCIDO) SEGÚN PAÍS DE
DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES
(DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 30/00)
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y
la Resolución Nº
30/00 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC Nº 30/00 se aprobaron los
requisitos fitosanitarios para Prunus
cerasus (cerezo ácido) a ser aplicados en el intercambio comercial entre
los Estados Partes.
Que es necesario proceder a la
actualización de los requisitos fitosanitarios antes indicados, teniendo en
cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.
EL GRUPO
MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Sub-Estándar 3.7.42. Requisitos Fitosanitarios para Prunus
cerasus (cerezo
ácido), según País de Destino y Origen, para los
Estados Partes”, que consta como
Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art.
2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente
Resolución son:
Argentina: Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Pesca - MAGyP
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria - SENASA
Brasil: Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA
Secretaria
de Defesa Agropecuária - SDA.
Paraguay: Ministerio
de Agricultura y Ganadería - MAG
Servicio
Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE
Uruguay: Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP
Dirección
General de Servicios Agrícolas - DGSA
Art. 3 - Derogar la Resolución GMC
N° 30/00.
Art. 4 – Esta Resolución deberá ser
incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 15/X/2010.
LXXIX GMC – Buenos Aires, 09/IV/10.
SUB-ESTÁNDAR FITOSANITARIO MERCOSUR
SECCIÓN III -
MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7.42.
Requisitos Fitosanitarios para Prunus cerasus (cerezo
ácido)
según País de Destino y Origen, para los
Estados Partes
I-
INTRODUCCIÓN
1.- ÁMBITO
Este Sub-estándar presenta los
requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados
Partes en el intercambio regional, para Prunus cerasus (cerezo ácido).
2.- REFERENCIAS
-
Estándar 3.7 Requisitos
Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos
Vegetales, 2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.
-
Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes,
2008.
3.- DEFINICIONES Y ABREVIATURAS.
Las establecidas en el Estándar
3.7.
4.- DESCRIPCIÓN
Este Sub-estándar presenta los
requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados
Partes a en el intercambio regional, para Prunus cerasus (cerezo ácido), en
sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.
II. 42. A. PAÍS
DE DESTINO: ARGENTINA
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Prunus
cerasus
CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos:
PRNCE 2 10 01 01 4 (Plantas)
PRNCE 2 01 01 01 4 (Estacas con raíz)
PRNCE
2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz)
PRNCE 2
10 13 01 4 (Plantas in-vitro)
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Requisitos fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de
Importación.
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial
de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario
bajo control oficial.
R9
- Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas (excepto
plantas in-vitro).
R11 - Las plantas y estacas con raíz
deben estar libres de suelo.
R12- ·Deberá dar cumplimiento a lo
dispuesto en la
Resolucion SAGPYA Nº 292/98
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Declaraciones Adicionales:
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No hay
Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay.
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CATEGORIA 3
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CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS
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Código: PRNCE 1
08 01 04 3
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Requisitos fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales
para Brasil, Paraguay y Uruguay.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 – Requiere Inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Prunus
cerasus
CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos:
PRNCE 2 10 01 01 4 (Plantas)
PRNCE 2 01 01 01 4 (Estacas con raíz)
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Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de
Importación.
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por el CF
(o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las
Declaraciones Adicionales solicitadas.
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial
de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario
bajo control oficial.
R9
- Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas (excepto
plantas in-vitro).
R11 - Las plantas y estacas con raíz
deben estar libres de suelo.
R12- ·Deberá dar cumplimiento a lo
dispuesto en la Instrucción Normativa
N° 16/2003.
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Declaraciones Adicionales:
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Argentina:
DA5 - El vivero fue sometido a
inspección oficial durante la pre-cosecha y no se ha detectado Phytophthora megasperma.
o
DA15 - El envío se encuentra libre
de Phytophthora megasperma, de
acuerdo con el resultado del análisis
oficial de laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones Adicionales para
Paraguay y Uruguay.
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CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos:
PRNCE 2
04 01 01 4 (Estacas sin raíz).
PRNCE 2
10 13 01 4 (Plantas in vitro).
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Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R9 - Producto sujeto a CPE bajo
condiciones pre-establecidas (excepto plantas in-vitro).
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Declaraciones Adicionales:
|
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay.
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CATEGORÍA 3
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CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS
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Código: PRNCE 1
08 01 04 3
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Requisitos fitosanitarios:
|
R1 - Requiere inspección fitosanitaria al
ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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Declaraciones Adicionales:
|
No hay Declaraciones Adicionales
para Argentina, Paraguay y Uruguay.
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R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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II. 42. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Prunus cerasus
CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos:
PRNCE 2 10 01 01 4 (Plantas)
PRNCE 2 01 01 01 4 (Estacas con raíz)
PRNCE 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz)
PRNCE 2
10 13 01 4 (Plantas in vitro)
|
Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial
de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario
bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a CPE bajo
condiciones pre-establecidas (excepto plantas in-vitro).
R11 – Las plantas y estacas con raíz
deben estar libres de suelo.
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Declaraciones Adicionales:
|
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Uruguay.
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CATEGORÍA 3
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CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS
|
Código: PRNCE 1
08 01 04 3
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Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
|
Declaraciones Adicionales:
|
No hay Declaraciones Adicionales
para Argentina, Brasil y Uruguay.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 – Requiere Inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
|
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REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Prunus cerasus
CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos:
PRNCE 2 10 01 01 4 (Plantas)
PRNCE 2 01 01 01 4 (Estacas con raíz)
PRNCE 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz)
PRNCE 2
10 13 01 4 (Plantas in vitro)
|
Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial
de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario
bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a CPE bajo
condiciones pre-establecidas (excepto plantas in-vitro).
R11 – Las plantas y estacas con raíz
deben estar libres de suelo.
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y
Paraguay.
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CATEGORÍA 3
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CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS
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Código: PRNCE 1
08 01 04 3
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Requisitos fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales
para Argentina, Brasil y Paraguay.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 – Requiere Inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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