MERCOSUR/GMC/RES. N° 09/10
SUB ESTÁNDAR 3.7.43.
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA PRUNUS AVIUM (CEREZO DULCE) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS
ESTADOS PARTES
(DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 31/00)
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y
la Resolución Nº
31/00 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC Nº 31/00 se aprobaron
los requisitos fitosanitarios para Prunus avium, (cerezo dulce) a ser
aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.
Que es necesario proceder a la
actualización de los requisitos fitosanitarios antes indicados, teniendo en
cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.
EL GRUPO
MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Sub Estándar 3.7.43. Requisitos Fitosanitarios para Prunus
avium (cerezo dulce), según País de Destino y Origen, para los
Estados Partes”, que consta como
Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art.
2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente
Resolución son:
Argentina: Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Pesca - MAGyP
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria - SENASA
Brasil: Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA
Secretaria
de Defesa Agropecuária - SDA
Paraguay: Ministerio
de Agricultura y Ganadería - MAG
Servicio
Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE
Uruguay: Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP
Dirección
General de Servicios Agrícolas - DGSA
Art. 3 - Derogar la Resolución GMC
N° 31/00.
Art. 4 – Esta Resolución deberá ser
incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte antes del 15/X/2010.
LXXIX GMC – Buenos Aires, 09/IV/10.
SUB-ESTÁNDAR FITOSANITARIO MERCOSUR
SECCIÓN III -
MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7.43.
Requisitos Fitosanitarios para Prunus
avium (cerezo dulce)
según País de Destino y Origen, para los
Estados Partes
I-
INTRODUCCIÓN
1.- ÁMBITO
Este Sub-estándar presenta los
requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados
Partes en el intercambio regional, para Prunus avium (cerezo dulce).
2.- REFERENCIAS
-
Estándar 3.7 Requisitos
Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos
Vegetales, 2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.
-
Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes,
2008.
3.- DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
Las establecidas en el Estándar
3.7.
4.- DESCRIPCIÓN
Este Sub-estándar presenta los
requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados
Partes en el intercambio regional, para Prunus avium (cerezo dulce), en sus
diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.
II. 43. A. PAÍS
DE DESTINO: ARGENTINA
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Prunus avium
CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos:
PRNAV 2
10 01 01 4 (Plantas)
PRNAV 2
01 01 01 4 (Estacas con raíz)
PRNAV 2
04 01 01 4 (Estacas sin raíz)
PRNAV 2
10 13 01 4 (Plantas in vitro)
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Requisitos fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial
de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario
bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a CPE bajo
condiciones pre-establecidas (excepto plantas in-vitro).
R11 – Las plantas y estacas con raíz
deben estar libres de suelo.
R12 Deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolucion SAGPYA
Nº 292/98
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones
Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay.
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CATEGORIA 3
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CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS
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Código: PRNAV 1
08 01 04 3
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Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales
para Brasil, Paraguay y Uruguay.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 – Requiere Inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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II. 43. B. PAÍS
DE DESTINO: BRASIL
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Prunus
avium
CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos:
PRNAV 2
10 01 01 4 (Plantas)
PRNAV 2
01 01 01 4 (Estacas con raíz)
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Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen
las Declaraciones Adicionales solicitadas.
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial
de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario
bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a CPE bajo
condiciones pre-establecidas.
R11 – Las plantas y estacas con raíz
deben estar libres de suelo.
R12 – Deberá cumplir con lo
dispuesto en la Instrucción Normativa N° 16 / 2003.
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Declaraciones Adicionales:
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Argentina:
DA5 - El vivero fue sometido a
inspección oficial durante la pre-cosecha y no se ha detectado Phytophthora
megasperma.
o
DA15 - El envío se encuentra libre
de Phytophthora megasperma, de
acuerdo con el resultado del análisis
oficial de laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones Adicionales para
Paraguay y Uruguay.
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CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos:
PRNAV 2
04 01 01 4 (Estacas sin raíz).
PRNAV 2
10 13 01 4 (Plantas in vitro).
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Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R9 - Producto sujeto a CPE bajo
condiciones pre-establecidas (excepto plantas in-vitro).
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Declaraciones Adicionales:
|
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay.
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CATEGORÍA 3
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CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS
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Código: PRNAV 1
08 01 04 3
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Requisitos fitosanitarios:
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R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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Declaraciones Adicionales:
|
No hay Declaraciones Adicionales
para Argentina, Paraguay y Uruguay.
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R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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II. 43. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Prunus avium
CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos:
PRNAV 2
10 01 01 4 (Plantas)
PRNAV 2
01 01 01 4 (Estacas con raíz)
|
Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de
Importación
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen
las Declaraciones Adicionales solicitadas.
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial
de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario
bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a CPE bajo
condiciones pre-establecidas.
R11 – Las plantas y estacas con raíz
deben estar libres de suelo.
|
Declaraciones Adicionales:
|
Argentina y
Brasil:
DA15 - El envío se encuentra libre de
Pratylenchus vulnus, de acuerdo con el resultado del
análisis oficial de laboratorio Nº ( ).
No hay
Declaraciones Adicionales para Uruguay.
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CATEGORÍA 4
|
CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos:
PRNAV 2
04 01 01 4 (Estacas sin raíz).
PRNAV 2
10 13 01 4 (Plantas in vitro)
|
Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R9 - Producto sujeto a CPE bajo
condiciones pre-establecidas (excepto plantas in-vitro).
|
Declaraciones Adicionales:
|
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Uruguay.
|
CATEGORÍA 3
|
CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS
|
Código: PRNAV 1
08 01 04 3
|
Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
|
Declaraciones Adicionales:
|
No hay Declaraciones Adicionales
para Argentina, Brasil y Uruguay.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 – Requiere Inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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II. 43. D. PAÍS
DE DESTINO: URUGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Prunus avium
CATEGORÍA 4
|
CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos:
PRNAV 2 10 01 01 4 (Plantas)
PRNAV
2 01 01 01 4
(Estacas con raíz)
|
Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen
las Declaraciones Adicionales solicitadas.
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial
de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario
bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a CPE bajo
condiciones pre-establecidas
R11 – Las plantas y estacas con raíz
deben estar libres de suelo.
|
Declaraciones Adicionales:
|
Argentina y
Brasil:
DA15 - El envío se encuentra libre
de Pratylenchus vulnus, de acuerdo
con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay.
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CATEGORÍA 4
|
CLASE 1: PLANTAS.
|
Código:
PRNAV 2
04 01 01 4 (Estacas sin raíz).
PRNAV 2
10 13 01 4 (Plantas in vitro)
|
Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
|
Declaraciones Adicionales:
|
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay.
|
CATEGORÍA 3
|
CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS
|
Código: PRNAV 1
08 01 04 3
|
Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales
para Argentina, Brasil y Paraguay.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 – Requiere Inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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