Detalle de la norma RE-8-2010-GMC
Resolución Nro. 8 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2010
Asunto Requisitos fitosanitarios para el girasol
Detalle de la norma
LOA

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 08/10

 

SUB ESTÁNDAR 3.7.9. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA HELIANTHUS ANNUUS  (GIRASOL)  SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES

(DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 95/96)

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 95/96 del Grupo Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Resolución GMC Nº 95/96 se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Helianthus annuus (girasol) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.

 

Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos fitosanitarios antes indicados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.

 

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

 

Art. 1 - Aprobar el “Sub Estándar 3.7.9. Requisitos Fitosanitarios para Helianthus annuus (girasol), según País de Destino y Origen, para los Estados Partes”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

 

Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

 

Argentina:     Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca - MAGyP

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA

 

Brasil:           Ministério da Agricultura, Pecuária e  Abastecimento - MAPA

                   Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA

 

Paraguay:      Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG

Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE

 

Uruguay:       Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP

                   Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA

 

Art. 3 - Derogar la Resolución GMC N° 95/96.

 

Art. 4 – Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 15/X/2010.

 

LXXIX GMC – Buenos Aires, 09/IV/10.


 

 

 

 

 

 

 

  

SUB-ESTÁNDAR  FITOSANITARIO MERCOSUR

 

 

 

SECCIÓN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.7.9. Requisitos Fitosanitarios para Helianthus annuus (girasol)

 según País de Destino y Origen, para los Estados Partes

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

I- INTRODUCCIÓN

 

 

1.- ÁMBITO

 

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Parte del MERCOSUR en el intercambio regional, para Helianthus annuus (girasol).

 

 

2.- REFERENCIAS

 

-          Estándar 3.7  Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.

-          Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2006.

-          Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes, 2008.

 

 

3.- DEFINICIONES Y ABREVIATURAS.

 

Las establecidas en el Estándar 3.7.

 

 

 4.- DESCRIPCIÓN

 

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Helianthus annuus (girasol), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

   II. 9. A.       PAÍS DE DESTINO:                                                                ARGENTINA

 

                       REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA  Helianthus annuus

 

CATEGORÍA 4

CLASE 3: Semillas. 

Código: HELAN  2 13 01 03 4 

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas.

R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.

R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial.

Declaraciones Adicionales:

Brasil:

 

DA5 – El semillero fue oficialmente inspeccionado durante el ciclo vegetativo y no se ha detectado Pseudomonas syringae pv. helianthi.

o

DA15 – El envío se encuentra libre de Pseudomonas syringae pv. helianthi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº (   ).

 

No hay declaraciones adicionales para Paraguay y Uruguay

 

CATEGORÍA 3

CLASE 9: Granos.

Código: HELAN 1 13 01 09 3

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

 

Declaraciones Adicionales:

No hay declaraciones adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay.

 

CATEGORÍA 2

CLASE 10: Otros. 

Código: HELAN 1 20 02 10 2 (Cascarilla).

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

 

Declaraciones Adicionales:

No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay.

 


II. 9. B.           PAÍS DE DESTINO:                                                                            BRASIL

 

                       REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Helianthus annuus

 

CATEGORÍA 4

CLASE 3: Semillas. 

Código: HELAN 2 13 01 03 4 

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas.

R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.

R8 – Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial.

Declaraciones Adicionales:

No hay declaraciones adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay

 

CATEGORÍA 3

CLASE 9: Granos.

Código: HELAN 1 13 01 09 3

Requisitos fitosanitarios:

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso

R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

 

Declaraciones Adicionales:

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay.

 

CATEGORÍA 2

CLASE 10: Otros. 

Código: HELAN 1 20 02 10 2 (Cascarilla).

Requisitos fitosanitarios:

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

 

Declaraciones Adicionales:

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay.

 


II. 9. C.           PAÍS DE DESTINO:                                                                            PARAGUAY

 

                       REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Helianthus annuus

 

CATEGORÍA 4

CLASE 3: Semillas. 

Código: HELAN  2 13 01 03 4 

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso

R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas.

R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.

R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial.

Declaraciones Adicionales:

Brasil:   

DA5 – El semillero fue oficialmente inspeccionado durante el ciclo vegetativo y no se ha detectado Pseudomonas syringae pv. helianthi.

o

DA15 – El envío se encuentra libre de Pseudomonas syringae pv. helianthi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº (   ).

 

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina y Uruguay.

 

CATEGORÍA 3

CLASE 9: Granos.

Código: HELAN 1 13 01 09 3

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

 

Declaraciones Adicionales:

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Uruguay.

 

CATEGORÍA 2

CLASE 10: Otros. 

Código: HELAN 1 20 02 10 2 (Cascarilla).

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

 

Declaraciones Adicionales:

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Uruguay.

 

 

 

 

 


 

II. 9. D.           PAÍS DE DESTINO:                                                                            URUGUAY

 

                            REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA  Helianthus annuus

 

CATEGORÍA 4

CLASE 3: Semillas. 

Código: HELAN 2 13 01 03 4 

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

 

Declaraciones Adicionales:

Brasil:   

 

DA5 – El semillero fue oficialmente inspeccionado durante el ciclo vegetativo y no se ha detectado Pseudomonas syringae pv. helianthi.

o

DA15 – El envío se encuentra libre de Pseudomonas syringae pv. helianthi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº (   ).

 

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina y Paraguay.

 

CATEGORÍA 3

CLASE 9: Granos.

Código: HELAN 1 13 01 09 3

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso

R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

.

Declaraciones Adicionales:

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay.

 

CATEGORÍA 2

CLASE 10: Otros. 

Código: HELAN 1 20 02 10 2 (Cascarilla).

Requisitos fitosanitarios:

R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 

R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.

R2 - El envío debe venir acompañado por el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).

 

Declaraciones Adicionales:

No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay.

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-133-2011-MAGP Relaciona Requisitos Zoosanitarios para la Importación de Equidos
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga RE-95-1996-GMC Requisitos fitosanitarios para el girasol