MERCOSUR/GMC/RES. Nº 08/10
SUB ESTÁNDAR
3.7.9. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA HELIANTHUS ANNUUS (GIRASOL)
SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES
(DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 95/96)
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y
la Resolución Nº
95/96 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC Nº 95/96 se aprobaron
los requisitos fitosanitarios para Helianthus annuus (girasol) a ser aplicados en el intercambio
comercial entre los Estados Partes.
Que es
necesario proceder a la actualización de los requisitos fitosanitarios antes
indicados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados
Partes.
EL GRUPO
MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Sub Estándar 3.7.9. Requisitos Fitosanitarios para Helianthus annuus (girasol), según País de Destino y Origen, para los Estados Partes”, que consta como Anexo y forma parte de la
presente Resolución.
Art. 2 - Los organismos nacionales competentes
para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina: Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Pesca - MAGyP
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria - SENASA
Brasil: Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA
Secretaria
de Defesa Agropecuária - SDA
Paraguay: Ministerio
de Agricultura y Ganadería - MAG
Servicio
Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE
Uruguay: Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP
Dirección
General de Servicios Agrícolas - DGSA
Art. 3 - Derogar la Resolución GMC
N° 95/96.
Art. 4 – Esta Resolución deberá ser
incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 15/X/2010.
LXXIX GMC – Buenos
Aires, 09/IV/10.
SUB-ESTÁNDAR FITOSANITARIO MERCOSUR
SECCIÓN III -
MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7.9.
Requisitos Fitosanitarios para Helianthus
annuus (girasol)
según País de Destino y Origen, para los
Estados Partes
I-
INTRODUCCIÓN
1.- ÁMBITO
Este Sub-estándar presenta los
requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados
Parte del MERCOSUR en el intercambio regional, para Helianthus annuus (girasol).
2.- REFERENCIAS
-
Estándar 3.7 Requisitos
Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos
Vegetales, 2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.
3.- DEFINICIONES Y ABREVIATURAS.
Las establecidas en el Estándar
3.7.
4.- DESCRIPCIÓN
Este Sub-estándar presenta los
requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados
Partes en el intercambio regional, para Helianthus annuus (girasol), en sus
diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.
II. 9. A. PAÍS
DE DESTINO: ARGENTINA
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Helianthus annuus
CATEGORÍA 4
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CLASE 3: Semillas.
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Código: HELAN 2 13 01 03 4
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Requisitos fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen
las Declaraciones Adicionales solicitadas.
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial
de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario
bajo control oficial.
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Declaraciones Adicionales:
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Brasil:
DA5 – El semillero fue oficialmente
inspeccionado durante el ciclo vegetativo y no se ha detectado Pseudomonas
syringae pv. helianthi.
o
DA15 – El envío se encuentra libre
de Pseudomonas syringae pv. helianthi, de acuerdo con el
resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ).
No hay
declaraciones adicionales para Paraguay y Uruguay
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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No hay declaraciones adicionales para
Brasil, Paraguay y Uruguay.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales
para Brasil, Paraguay y Uruguay.
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II. 9. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Helianthus
annuus
CATEGORÍA 4
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CLASE 3: Semillas.
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Código: HELAN 2 13 01 03 4
|
Requisitos fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen
las Declaraciones Adicionales solicitadas.
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial
de Laboratorio al ingreso.
R8 – Ingresará a Depósito Cuarentenario
bajo control oficial.
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Declaraciones Adicionales:
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No hay
declaraciones adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay
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R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales
para Argentina, Paraguay y Uruguay.
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II. 9. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Helianthus
annuus
CATEGORÍA 4
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CLASE 3: Semillas.
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Código: HELAN 2 13 01 03 4
|
Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen
las Declaraciones Adicionales solicitadas.
R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial
de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario
bajo control oficial.
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Declaraciones Adicionales:
|
Brasil:
DA5 – El semillero fue oficialmente
inspeccionado durante el ciclo vegetativo y no se ha detectado Pseudomonas
syringae pv. helianthi.
o
DA15 – El envío se encuentra libre
de Pseudomonas syringae pv. helianthi, de acuerdo con el
resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones Adicionales para
Argentina y Uruguay.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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Declaraciones Adicionales:
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales
para Argentina, Brasil y Uruguay.
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II. 9. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Helianthus annuus
CATEGORÍA 4
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CLASE 3: Semillas.
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Código: HELAN 2 13 01 03 4
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Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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Declaraciones Adicionales:
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Brasil:
DA5 – El semillero fue oficialmente
inspeccionado durante el ciclo vegetativo y no se ha detectado Pseudomonas
syringae pv. helianthi.
o
DA15 – El envío se encuentra libre
de Pseudomonas syringae pv. helianthi, de acuerdo con el
resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones Adicionales para
Argentina y Paraguay.
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso
R2 - El envío debe venir acompañado por
el CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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R0 - Requiere Permiso Fitosanitario
de Importación.
R1 - Requiere inspección fitosanitaria
al ingreso.
R2 - El envío debe venir acompañado por el
CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
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Declaraciones Adicionales:
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No hay Declaraciones Adicionales
para Argentina, Brasil y Paraguay.
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