Resolución 101-2010
Llámase a Concurso Público en los términos de la Ley Nº 26.360, para la
asignación del cupo fiscal para aplicarse indistintamente a los tratamientos
impositivos para proyectos de inversión en actividades industriales.
Bs.
As., 30/4/2010
VISTO
el Expediente Nº S01:0148069/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y
TURISMO, la Ley Nº
26.360, el Decreto Nº 726 de fecha 16 de junio de 2009 y la Resolución Conjunta
Nº 1772 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,
Nº 195 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 375 del ex
MINISTERIO DE PRODUCCION de fecha 16 de septiembre de 2009 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que
la Ley Nº
26.360 establece un régimen transitorio de devolución anticipada del Impuesto
al Valor Agregado (I.V.A.) y amortización acelerada
en el Impuesto a las Ganancias.
Que
mediante el Decreto Nº 726 de fecha 16 de junio de 2009 se reglamentó el
Régimen de Promoción de Inversiones en Bienes de Capital y Obras de
Infraestructura, creado por la ley aludida en el considerando anterior.
Que,
de acuerdo a lo establecido en el quinto párrafo del Artículo 2º de la Ley Nº 26.360 y el Artículo
9º del Decreto Nº 726/09, el ex MINISTERIO DE PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación
del régimen para los proyectos de inversión en actividades industriales a los
fines de la evaluación y otorgamiento de los beneficios fiscales previstos en
la ley antes mencionada.
Que
mediante la
Resolución Conjunta Nº 1772 del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Nº 195 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS y Nº 375 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION de fecha 16 de
septiembre de 2009 y sus modificatorias, se estableció el procedimiento general
para todos los llamados a concurso, así como el mecanismo de recepción y
evaluación de la documentación; de efectivización de
los respectivos beneficios; del control del funcionamiento del régimen y de
aplicación de sanciones.
Que
resulta conveniente realizar el segundo llamado a concurso, en forma exclusiva,
para las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), en los términos del Artículo 4º
de la resolución conjunta citada precedentemente.
Que
el Artículo 6º de la Ley Nº
26.360, reglamentado por el Artículo 1º del Decreto Nº 726/09, estableció, para
los proyectos de inversión desarrollados por Pequeñas y Medianas Empresas
(PYMES), un cupo fiscal anual de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000) para
cada uno de los TRES (3) períodos anuales comprendidos entre el día 1 de
octubre de 2007 y el día 30 de septiembre de 2010.
Que
el cupo fiscal de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000) asignado para
Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) por la Resolución Nº 10 de
fecha 20 de octubre de 2009 del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se compuso,
de conformidad con las previsiones del Artículo 1º del Decreto Nº 726/09, de
PESOS DOSCIENTOS MILLONES $ 200.000.000) correspondientes al período anual
comprendido entre el día 1 de octubre de 2007 y el día 30 de septiembre de 2008
(primer período anual) y de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000)
correspondientes al período anual comprendido entre el día 1 de octubre de 2008
y el día 30 de septiembre de 2009 (segundo período anual).
Que,
conforme lo autorizado por el Artículo 1º del Decreto Nº 726/09, se entiende
conveniente mantener para este segundo llamado un cupo fiscal de PESOS
TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000), integrado por los PESOS CIEN MILLONES ($
100.000.000) remanentes del período anual comprendido entre el día 1 de octubre
de 2008 y el día 30 de septiembre de 2009 (segundo período anual) y por los
PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000) correspondientes al período anual en
curso (tercer período anual).
Que
han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes, en virtud de lo
dispuesto por el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos Nº 19.549.
Que
la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por la Ley Nº 26.360, el Artículo
20 bis de la Ley
de Ministerios (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificaciones, el
Decreto Nº 726/09 y la
Resolución Conjunta Nº 1772/09 del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Nº 195/09 del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 375/09 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y
sus modificatorias.
Por
ello,
LA MINISTRA DE INDUSTRIA Y TURISMO
RESUELVE:
Artículo 1º
— Llámase a Concurso Público, en los términos de la Ley Nº 26.360, su
reglamentación y demás normativa aplicable, para el otorgamiento de los
beneficios previstos por la mencionada ley a los proyectos de inversión que
presenten las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) que califiquen como tales de
acuerdo a la normativa vigente, fijando a tal efecto un cupo de aplicación
indistinta a los tratamientos fiscales autorizados de PESOS TRESCIENTOS
MILLONES ($ 300.000.000).
Art. 2º —
La presentación de los proyectos deberá efectuarse el día 6 de julio de 2010,
en el horario de DIEZ HORAS (10:00 hs) a DIECISEIS
HORAS (16:00 hs), en el Departamento de Mesa de
Entradas y Notificaciones del Area de Industria,
Comercio y de la Pequeña
y Mediana Empresa de la
Dirección de Mesa de Entradas y Notificaciones de la Dirección General
de Despacho y Mesa de Entradas de la SUBSECRETARIA DE
ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL
Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, sito en la Avenida Julio
Argentino Roca Nº 651, Planta Baja, Sectores 11 y 12 de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES.
Art. 3º —
El cupo asignado mediante el Artículo 1º de la presente resolución se compone
de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000) correspondientes al segundo año de
vigencia del régimen, y de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000)
correspondientes al tercer año, del cupo total disponible previsto en el tercer
párrafo del Artículo 6º de la
Ley Nº 26.360.
Art. 4º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Débora Giorgi.