MERCOSUR/GMC/RES. Nº 05/10
DESIGNACION DEL SECRETARIO EJECUTIVO
DEL
INSTITUTO DE POLITICAS PÚBLICAS DE DERECHOS
HUMANOS
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 40/04 y 14/09 del
Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Decisión CMC Nº 14/09 establece que la coordinación del
Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos (IPPDDHH) estará a cargo de
un Secretario Ejecutivo.
Que, asimismo, esa Decisión dispone que el
Secretario Ejecutivo será designado por el GMC a propuesta de la Reunión de
Altas Autoridades en el Área de Derechos Humanos y Cancillerías del MERCOSUR
(RAADDHH) por un período de dos años, y que será nacional de uno de los Estados Partes,
comenzando por la República Argentina y siguiendo el criterio de rotación de
nacionalidades por orden alfabético.
Que las autoridades de la Reunión de
Altas Autoridades en el Área de Derechos Humanos y Cancillerías del MERCOSUR
(RAADDHH), en su XVI Reunión acordaron proponer la candidatura del Dr. Víctor E. Abramovich para ocupar el
cargo de Secretario Ejecutivo del Instituto de Políticas Públicas en Derechos
Humanos.
Que atento a que una pronta puesta en
funcionamiento del IPPDDHH contribuirá al fortalecimiento del Estado de Derecho
en los Estados Partes, mediante el diseño y seguimiento de políticas públicas
en Derechos Humanos, resulta necesario establecer un período de transición
hasta tanto entre en vigencia el Acuerdo de Sede del IPPDDHH y se haya dado
inicio a la ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2011
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 – Designar al Dr. Víctor E. Abramovich para el cargo de
Secretario Ejecutivo del Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos
(IPPDDHH), por el plazo de dos (2) años a partir de la plena puesta en
funcionamiento del IPPDDHH.
Art. 2 – Se considerará como la plena
puesta en funcionamiento del IPPDDHH la fecha en que haya entrado en vigencia
el Acuerdo de Sede y se haya dado inicio a la ejecución del Presupuesto para el
ejercicio 2011.
Art. 3 – Hasta que se produzca la
puesta en funcionamiento del IPPDDHH el órgano / repartición gubernamental
competente en materia de Derechos Humanos del Estado Parte Sede del IPPDDHH
tendrá a su cargo la provisión de los recursos humanos y financieros necesarios
para el desarrollo de las tareas del IPPDDHH.
Art. 4 – Esta Resolución no necesita
ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar
aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LXXIX GMC – Buenos Aires, 09/IV/10.