Secretaría de Cultura
OBRAS DE ARTE
Resolución 2470/98
Bs. As., 28/9/98
VISTO el Decreto N° 1044 del 9 de septiembre
de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que esta Secretaría, en virtud de lo
dispuesto por el artículo 3° del Decreto citado, resulta competente para el
dictado de las resoluciones que determinan las modalidades que adoptará el
cumplimiento de este precepto.
Que dentro de esa competencia, le corresponde
dictar las normas complementarias necesarias tendientes a instrumentar el
trámite y la aprobación de la "Declaración Jurada de Aplicación de
Franquicia - Decreto N° 279/97", que formalizarán los titulares de obras
de arte, conforme lo establece el artículo 3° del Decreto N° 1044 del 9 de
septiembre de 1998.
Que ha tomado intervención el Area de Asuntos
Legales de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la presente se dicta en uso de las
atribuciones conferidas por el Decreto N° 101/85 y su similar N° 1044/98.
Por ello,
LA SECRETARIA DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1°-A los fines establecidos en el artículo 3° del Decreto
N° 279/97, reformado por el Decreto N° 1044 del 9 de septiembre de 1998, el
comprador o importador de obra de arte deberá presentar ante la DIRECCION DE ARTES VISUALES de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el "Formulario Anexo A" que forma parte integrante de la
presente Resolución.
Art. 2°-La DIRECCION DE ARTES VISUALES una vez que constate que las obras de
arte a que se refiere el ''Formulario Anexo A" se encuentran comprendidas en
el artículo 2° del Decreto N° 279/97, procederá a entregar al interesado las
copias de la Declaración Jurada de Aplicación de Franquicia - Decreto N°
279/97- (Formulario Anexo A) autenticadas por la DIRECCION DE ARTES VISUALES para los fines mencionados en los artículos 4° y 5° del Decreto
N° 279/97, reformado por el Decreto N° 1044 del 9 de septiembre de 1998. El
Director de Artes Visuales resulta competente para conformar los formularios y
autenticar las copias que se expidan.
Art. 3°-La DIRECCION DE ARTES VISUALES de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION tendrá a su cargo el Registro y Archivo
de los "Formularios Anexos A" "Declaración Jurada de Aplicación
de Franquicia - Decreto N° 279/97", que se tramiten conforme a lo
establecido en la presente Resolución.
Art. 4°-Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívase.- Beatriz Krauthamer de Gutiérrez Walker.
NOTA: El formulario que forma parte de la presente puede ser consultado en
el Boletín Oficial del 2/10/98