Resolución
105-2006-SAGPA
Distribúyense
catorce mil novecientas diecinueve con ochenta y siete toneladas de azúcar
crudo con polarización no menor de noventa y seis grados, con destino a los
Estados Unidos de América.
Bs. As., 3/3/2006
VISTO el
Expediente Nº S01:0014479/2006 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, la Resolución Nº 512 de fecha 1 de agosto de 1997 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, modificada por la Resolución Nº 94 de fecha 23 de septiembre de 2002 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA
PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que anualmente el
Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA adjudica a nuestro país una cuota de
exportación de azúcar crudo.
Que para el
período 2005/2006 dicha cuota ha sido fijada en CINCUENTA MIL TONELADAS (50.000
t.), que deducido el margen de polarización, comprende la cantidad de CUARENTA
Y OCHO MIL DOSCIENTAS CINCUENTA TONELADAS (48.250 t.).
Que debido a los
eventos climáticos que redujeron fuertemente su producción los ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA ha anunciado un incremento de la cuota asignada oportunamente en la
cantidad de QUINCE MIL CUATROCIENTAS SESENTA Y UN TONELADAS (15.461 t.), que
deducido el margen de polarización, comprende la cantidad de CATORCE MIL
NOVECIENTAS DIECINUEVE CON OCHENTA Y SIETE TONELADAS (14.919,87 t.), cuyo
ingreso a ese país tiene como fecha límite el 30 de septiembre de 2006.
Que teniendo en
cuenta la comunicación efectuada por la razón social LEDESMA S.A.A.I. respecto
a las exportaciones realizadas conforme a las Resoluciones Nros. 728 del 3 de
octubre de 2005 y 58 del 21 de diciembre de 2005, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION y verificándose un exceso de SETECIENTAS CATORCE CON OCHENTA
TONELADAS (714,80 t.), corresponde que en la presente distribución se reduzca
dicha cantidad de la cuota que se le asigne a la citada empresa.
Que en
consecuencia, corresponde por el presente acto administrativo proceder a
distribuir la ampliación de la referida cuota que contiene el ajuste
precedentemente señalado.
Que la Dirección
de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de
la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete manifestando no tener
reparos de orden legal que formular.
Que la presente
medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 25 del 27
de mayo de 2003, modificado por su similar Nº 1359 de fecha 5 de octubre de
2004.
Por ello,
EL SECRETARIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Distribúyese la cantidad de CATORCE MIL NOVECIENTAS
DIECINUEVE CON OCHENTA Y SIETE TONELADAS (14.919,87 t.) de azúcar crudo con
polarización no menor de NOVENTA Y SEIS GRADOS (96°) con destino a los ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, amparada por Certificados de Elegibilidad para el período
2005/2006, conforme el Anexo que forma parte integrante de la presente
resolución.
Art. 2º — Redúcese en SETECIENTAS CATORCE CON OCHENTA
TONELADAS (714,80 t.) la cuota correspondiente a la razón social LEDESMA
S.A.A.I., conforme la distribución ajustada que figura en el Anexo que forma
parte integrante de la presente resolución.
Art. 3º — La cantidad a exportar deberá ingresar a los ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA hasta el 30 de septiembre de 2006.
Art. 4º — El incumplimiento total o parcial de la cuota
asignada dará lugar automáticamente a la eliminación de los infractores en la
distribución de la próxima cuota.
Art. 5º — En caso de cesiones de cuota únicamente entre los
beneficiarios de la misma, los acuerdos deberán ser comunicados a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, con la conformidad del cedente y del cesionario antes de solicitar
el Certificado de Elegibilidad. Las cesiones contemplan la cesión de la cuota y
del Certificado de Elegibilidad respectivo.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel S. Campos.
ANEXO
I
Distribución
de la Ampliación del Primer Tramo de Cuota Americana 2005/2006
RAZON SOCIAL
|
Azucar exportado al Mercado Mundial durante 2005 (Tons. a valor crudo)
|
Participación (%)
|
Distribución Ampliación
|
Distribución Ajustada
|
Ingenio y Refinería San Martín del Tabacal S.A.
|
61.275,07
|
12,53
|
1.869,46
|
1.869,46
|
José Minetti y Cia. Ltda. S.A.C.I.
|
40.089,38
|
8,2
|
1.223,43
|
1.223,43
|
Cia. Azucarera Concepción S.A.
|
78.448,05
|
16,05
|
2.394,64
|
2.394,64
|
Ledesma S.A.A.I. (*)
|
267.088,57
|
54,64
|
8.152,22
|
7.437,42 (*)
|
Prosal S.A.
|
7.077,39
|
1,45
|
216,34
|
216,34
|
Atanor S.A.
|
27.089,88
|
5,54
|
826,56
|
826,56
|
Moonmate S.A.
|
7.762,74
|
1,59
|
237,23
|
237,23
|
T O T A L
|
488.831,08
|
100
|
14.919,87
|
14.205,08
|
———
NOTA (*) Se han descontado 714,80 toneladas.
(Por art. 1° de
la Resolución 118-2006 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación se rectificaron los valores consignados en la columna referida al
azúcar exportado al Mercado Mundial durante el año 2005)