Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
INDUSTRIA
Resolución 117/2010
Considérase sujeto a lo establecido por el Régimen de Importación de
Bienes Integrantes de Líneas de Producción Usadas el proyecto presentado por la
firma Polimetal Sociedad Anónima.
Bs.
As., 22/4/2010
VISTO
el Expediente Nº S01:0303761/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que
la firma POLIMETAL S.A. ha solicitado acogerse al Régimen de Importación de
Bienes Integrantes de "Líneas de Producción Usadas" conforme a la Resolución Nº 511 de
fecha 29 de junio de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la Resolución Nº 8 de
fecha 23 de marzo de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta
Nº 157 del ex MINISTERIO DE LA
PRODUCCION y Nº 255 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 9
de abril de 2003 modificada por la Resolución Nº 83 de fecha 27 de junio de 2003 del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 353 de
fecha 21 de mayo de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la Resolución Conjunta
Nº 40 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y Nº 42 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS de fecha 30 de diciembre de 2008, para la importación de
bienes que forman parte, exclusivamente, de una línea de producción completa y
autónoma.
Que
los bienes mencionados en el Anexo que con TRES (3) hojas forma parte
integrante de la presente resolución, están afectados directamente a la Ampliación y
Mejoramiento de la
Competitividad y Productividad del Mecanizado de Llantas
(Ruedas) de Aleación de Aluminio para la Industria Automotriz
a ser instalada por la solicitante en su planta ubicada en el Parque Industrial
Sur de la Provincia
de SAN LUIS.
Que
la firma ha presentado una nota del Organismo Certificador TÜV Rheinland
expresando que la firma ha iniciado su proceso de renovación de la Certificación según
la norma ISO/TS 16949:2002 debidamente certificada por Escribano Público.
Que
la UNIVERSIDAD
TECNOLOGICA NACIONAL ha intervenido desde el punto de vista
técnico en el análisis del proyecto, opinando que el mismo responde a lo
previsto en la legislación vigente.
Que
del análisis efectuado surge, que la línea de producción a importar encuadra
dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº 511/00 del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA, modificada por la
Resolución Nº 8/01 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta
Nº 157/03 del ex MINISTERIO DE LA
PRODUCCION y Nº 255/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA
modificada por la
Resolución Nº 83/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, la Resolución
Nº 353/04 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la Resolución Conjunta
Nº 40/08 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y Nº 42/08 del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS, por lo que, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE
INDUSTRIA y de la
SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL ambas
dependientes de la
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se ha determinado procedente la
solicitud de la firma POLIMETAL S.A., conforme a las disposiciones del Régimen
referido.
Que
la firma declara bajo juramento que no está ingresando al país bienes o
componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº 24.051 de Residuos
Peligrosos y sus modificaciones y de la Ley Nº 24.040 de Compuestos Químicos.
Que
la Dirección
de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa,
dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y
TURISMO ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 5º de la Resolución Nº 511/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y los Decretos Nros. 1366 de fecha 1 de octubre
de 2009 y 1458 de fecha 8 de octubre de 2009.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
Artículo 1º —
Considérase sujeta a lo establecido por el Régimen de Importación de Bienes
Integrantes de "Líneas de Producción Usadas" conforme a la Resolución Nº 511 de
fecha 29 de junio de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la Resolución Nº 8 de
fecha 23 de marzo de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta
Nº 157 del ex MINISTERIO DE LA
PRODUCCION y Nº 255 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 9
de abril de 2003 modificada por la Resolución Nº 83 de fecha 27 de junio de 2003 del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 353 de
fecha 21 de mayo de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la Resolución Conjunta
Nº 40 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y Nº 42 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS de fecha 30 de diciembre de 2008, la importación de bienes
integrantes del proyecto presentado por la firma POLIMETAL S.A., consistente en
la Ampliación
y Mejoramiento de la
Competitividad y Productividad del Mecanizado de Llantas
(Ruedas) de Aleación de Aluminio para la Industria Automotriz,
cuya descripción se detalla en el Anexo que, con TRES (3) hojas, forma parte
integrante de la presente resolución.
Art. 2º —
El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en
el proyecto de inversión para la mencionada planta y de las obligaciones
emergentes del Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de
Producción Usadas" conforme a las normas citadas en el artículo
precedente, dará lugar a la aplicación de los Artículos 15 y 16 de la Resolución Nº 511/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA. Dichas sanciones serán aplicables también en el
caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el
incumplimiento previsto en el Artículo 21 de la mencionada resolución.
Art. 3º —
El arancel correspondiente a la importación de los bienes integrantes del
proyecto objeto de la presente resolución es del SEIS POR CIENTO (6%) y la
firma POLIMETAL S.A. deberá cumplir con una integración de bienes nacionales
del CUARENTA POR CIENTO (40%).
Art. 4º —
La SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL y la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, ambas dependientes de
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y
TURISMO autorizarán, en los términos del Artículo 19 de la Resolución Nº 511/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, a la Dirección General
de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS,
entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
a liberar las garantías oportunamente constituidas una vez verificado el
cumplimiento del Régimen por parte del interesado sobre la base de los informes
de auditoría que se hubieren realizado en los términos del Artículo 14 de la
citada resolución, y recibido de la Dirección General
de Aduanas la notificación requerida por el Artículo 18 de la mencionada
resolución en cuanto al cumplimiento de las importaciones comprometidas en el
Régimen.
Art. 5º —
A través de la Dirección
de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional
de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de
esta Secretaría, notifíquese a la firma POLIMETAL S.A. la presente resolución.
Art. 6º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Eduardo D. Bianchi.
ANEXO
DE LA RESOLUCION S.I.C.
y P. y M.E. Nº 117
BIENES
INTEGRANTES DE "LINEA DE PRODUCCION USADAS" CON DESTINO A LA AMPLIACION Y EL
MEJORAMIENTO DE LA
COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD DEL MECANIZADO DE LLANTAS
(RUEDAS) DE ALEACION DE ALUMINIO PARA LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ.
El
monto de los bienes a valor FOB a importar, es por un total de euros
trescientos mil (Î 300.000.-).