Resolución 105-2010
Consulta pública a los fines de la verificación de la existencia de
producción nacional de bienes equivalentes a los comprendidos en determinadas
posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.
Bs.
As., 20/4/2010
VISTO
el Expediente Nº S01:0168520/2006 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION y la Decisión Nº 58 de fecha 15 de diciembre de 2008 del CONSEJO DEL
MERCADO COMUN, y
CONSIDERANDO:
Que
el Artículo 10 de la Decisión Nº 58 de fecha 15 de diciembre de 2008 del
CONSEJO DEL MERCADO COMUN estableció que, hasta el día 31 de diciembre de 2010,
los Estados Partes podrían aplicar a la importación para consumo de Bienes de
Informática y Telecomunicaciones (B.I.T.) aranceles distintos al Arancel
Externo Común (A.E.C.).
Que,
por su parte, el Artículo 11 de la norma comunitaria citada en el considerando
precedente dispuso prorrogar, hasta la fecha allí indicada, la autorización
otorgada a nuestro país y a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL para aplicar una
alícuota del CERO POR CIENTO (0%) a las importaciones para consumo de los
bienes que, integrantes del aludido universo de mercancías, procedieran de
países de extrazona.
Que
en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se encuentra radicada una solicitud de acceso
al referido régimen arancelario especial de importación.
Que
la inexistencia de producción nacional de bienes equivalentes a aquellos cuya
importación para consumo se pretendiera efectuar al amparo de las
autorizaciones acordadas por la Decisión Nº 58/08 del CONSEJO DEL MERCADO COMUN
para permitir la concesión del referido régimen arancelario preferencial es una
condición cuyo cumplimiento se considera imprescindible para el acceso a éste.
Que
el procedimiento de la consulta pública se ha manifestado como una metodología
idónea a los fines de la determinación de la eventual existencia de producción
nacional de bienes originados en los diversos sectores productivos.
Que,
en consecuencia, corresponde disponer la realización del aludido procedimiento
con relación a un grupo de bienes del universo de informática y
telecomunicaciones.
Que
la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y
Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y TURISMO ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto
Nº 1366 de fecha 1 de octubre de 2009.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
Artículo 1º —
A los fines de la verificación de la existencia de producción nacional de
bienes equivalentes a los comprendidos en las posiciones arancelarias de la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) incluidas en UNA (1) planilla que,
como Anexo I, integra la presente resolución, llévase a conocimiento público
que en el ámbito de las dependencias competentes de la SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se encuentra
radicada una solicitud de reducción de los aranceles asignados a la importación
para consumo de los referidos bienes.
Art. 2º —
Los productores nacionales de los bienes aludidos en el Artículo 1º de esta
medida deberán acreditar tal condición a través de una nota que llevará adjunta
la totalidad de la información que se requiere en el formulario conformado por
las TRES (3) planillas que, como Anexo II, integran la presente resolución.
Art. 3º —
La documentación aludida en el artículo precedente deberá ser presentada, en un
plazo no mayor de DIEZ (10) días corridos contados a partir de la fecha de
entrada en vigencia de la presente medida, ante el Departamento de Mesa de
Entradas y Notificaciones del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y
Mediana Empresa de la Dirección de Mesa de Entradas y Notificaciones
dependiente de la Dirección General de Despacho y Mesa de Entradas dependiente
de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, sito en la Avenida Julio Argentino Roca Nº 651, Planta Baja, Sector
12 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y dirigida a la Dirección de
Importaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa
de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, haciéndose referencia en
dicha documentación del presente acto administrativo.
Art. 4º —
La SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL podrá solicitar,
complementariamente, toda aquella otra información que considerare procedente a
los efectos de lo establecido en la presente resolución.
Art. 5º —
La presente resolución comenzará a regir el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial.
Art. 6º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Eduardo D. Bianchi.
ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 105/2010