Resolución 157-2010
Acuerdo Binacional sobre la Restauración de los
Ecosistemas Australes afectados por el castor americano. Designación de Punto
Focal del Acuerdo. Confórmese el Comité Asesor.
Bs. As., 25/3/2010
VISTO el Expediente Nº 04281/2009 del registro de la SECRETARIA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 26 de septiembre de 2008, en la Ciudad de Santiago,
República de Chile, se firmó entre la República Argentina y la República de
Chile, el "Acuerdo Binacional sobre la Restauración de los Ecosistemas
Australes afectados por el castor americano (Castor canadensis)".
Que acorde a lo establecido en el Artículo 8º del mencionado
acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo IV del Protocolo
Específico Adicional sobre la Conservación de la Flora y Fauna Silvestre
compartida entre la República Argentina y la República de Chile, las partes han
designado sus Puntos Focales.
Que mediante Nota Nº 538 de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y
POLITICA AMBIENTAL de fecha 19 de noviembre de 2008, se designa como Punto
Focal del Acuerdo por la República Argentina, al Director de Fauna Silvestre de
esta SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, Licenciado Edgardo Daniel
Ramadori, DNI 12.913.490.
Que para llevar a cabo la erradicación del castor americano
(Castor canadensis) se realizarán acciones en diferentes jurisdicciones, siendo
éstas las provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur; y la Administración de Parques Nacionales (A.P.N.); y organismos
competentes en el tema.
Que las autoridades de las diferentes jurisdicciones y organismos
competentes en el tema, en respuesta a la Nota de la DIREC-CION DE FAUNA
SILVESTRE Nº 119 de fecha 5 de diciembre de 2008, han informado formalmente a
esta SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, la designación de los
agentes titulares y alternos que conformarán el Comité Asesor del Punto Focal.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que
le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente, en
virtud de lo dispuesto por la Ley de Protección y Conservación de la Fauna
Silvestre Nº 22.421 y su Decreto Reglamentario Nº 666 del 18 de julio de 1997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1º — Desígnase como Punto Focal titular por la
República Argentina, ante el Acuerdo Binacional sobre la Restauración de los
Ecosistemas Australes afectados por el castor americano (Castor canadensis), al
Lic. Edgardo Daniel Ramadori, DNI 12.913.490, Director de Fauna Silvestre de la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y como alterno a Romina
D’Angelo, DNI 25.429.822, técnico de la mencionada Dirección.
Art. 2º — Confórmase el Comité Asesor del Punto Focal
de la República Argentina, ante el "Acuerdo Binacional sobre la
Restauración de los Ecosistemas Australes afectados por el castor americano
(Castor canadensis)".
Art. 3º — Intégrase el Comité Asesor por los
siguientes agentes en su calidad de titulares y alternos respectivamente:
Adrián Carlos Miguel Schiavini, DNI 14.462.652 y Julio Martín Escobar DNI
12.238.320 (CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS - CENTRO
AUSTRAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS); Nicolás Juan Lucas, DNI 20.206.349 y
Silvia María Gigli, DNI 18.117.480 (SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y
AMBIENTE DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO
SUR); Corina Lehmann DNI 17.149.156 y Baldomero Casillo DNI 21.473.529
(DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES DEL MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO); María Fernanda Menvielle, DNI
13.133.006 y Lic. Laura Malmierca, DNI 13.322.426 (MINISTERIO DE LA PRODUCCION
- SECRETARIA DE TURISMO - ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES); y Rosa Beatriz
Ortega, DNI 16.029.609 y Juan Carlos Ruiz, DNI 16.554.878 (CONSEJO AGRARIO
PROVINCIAL DE SANTA CRUZ).
Art. 4º — Comuníquese, regístrese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Homero M. Bibiloni.