Detalle de la norma DR-33-2009-CCM
Directiva Nro. 33 Comisión de Comercio del Mercosur
Organismo Comisión de Comercio del Mercosur
Año 2009
Asunto Rebaja Arancelaria solicitada por Brasil NCM NCM 2933.59.49
Detalle de la norma
LOA

MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 33/09

 

 

ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO

POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 69/00 del Grupo Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa del Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

 

Que la solicitud se enmarca en el párrafo segundo del Artículo 3 de la Resolución GMC Nº 69/00 por tratarse de una situación de calamidad o riesgo a la salud pública.

 

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

 

 

LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR

APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

 

Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N° 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil  para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

 

NCM  2933.59.49 – Los Demás.

 

Nota Referencial: Fosfato de Oseltamivir”.

 

Cantidad: 4.000 kg

Plazo: 12 meses

Alícuota: 0 %

 

Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 31/XII/2009.

 

 

 

 

 

XI CCM EXT - Montevideo, 04/XII/09

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-69-2000-GMC Rebaja Arancelaria solicitada por Brasil NCM NCM 2933.59.49