Resolución General 2786
Valores referenciales de
carácter preventivo. Resolución General Nº 2716. Norma complementaria.
Bs. As, 26/2/2010
VISTO la Actuación SIGEA Nº
13707-105-2009 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución General Nº 2716
dispuso que este Organismo establecerá los valores referenciales de exportación
de carácter precautorio para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), los cuales constituyen un primer control
de las declaraciones en resguardo del interés fiscal.
Que dicho control está orientado
a perfeccionar el sistema de selectividad en materia de valor, a efectos de
detectar desvíos en los valores usuales para mercaderías idénticas o similares.
Que en el marco de las tareas de
evaluación de riesgos, se ha realizado un estudio referido al valor de la
mercadería detallada en el Anexo I de la presente, en el que se han considerado
las fuentes de información internas y externas previstas en el Artículo 2º de
la citada resolución general.
Que como resultado del mencionado
estudio la Dirección Gestión del Riesgo, mediante el informe elaborado al
respecto, aconseja actualizar los valores referenciales para las mercaderías
analizadas.
Que han tomado la intervención
que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de
Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera y de Control Aduanero y la Dirección
General de Aduanas.
Que la presente se dicta en
ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618
del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Establécense
los valores referenciales que constan en los Anexos I "Listado de
mercaderías con valor referencial" y II "Países de destino de las
mercaderías", de esta resolución general.
Art. 2º — Las áreas
intervinientes deberán priorizar el control de valor en aquellas destinaciones
de exportación cuyos precios declarados presenten un desvío mayor al DIEZ POR
CIENTO (10%) respecto del valor referencial establecido.
Art. 3º — Déjanse sin
efecto los valores referenciales de exportación indicados en el Anexo III de la
presente.
Art. 4º — Apruébanse los
Anexos I, II y III que forman parte de la presente.
Art. 5º — Las
disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación
para las solicitudes de destinaciones definitivas de exportación para consumo
que se oficialicen a partir del segundo día hábil administrativo, inclusive,
posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 6º — Regístrese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese
en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. —
Ricardo Echegaray.
ANEXO I RESOLUCION GENERAL Nº
2786
LISTADO DE MERCADERIAS CON VALOR
REFERENCIAL
POSICION ARANCELARIA NCM
|
DESCRIPCION DE LA MERCADERIA
|
VALOR FOB U$S (1)
|
UNIDAD
|
GRUPOS
|
0409.00.00
|
Miel natural, de abejas, a
granel, en envases de capacidad superior o igual a 300 kg.
|
2,80
|
Kilogramo
|
GR10; GR11; GR12
|
0409.00.00
|
Miel natural, de abejas, a
granel, en envases de capacidad superior o igual a 300 kg.
|
2,90
|
Kilogramo
|
GR3
|
(1) Las áreas intervinientes
deberán priorizar el control de valor en aquellas destinaciones de exportación
cuyos precios declarados presenten un desvío mayor al DIEZ POR CIENTO (10%)
respecto del valor referencial establecido.
ANEXO II RESOLUCION GENERAL Nº
2786
PAISES DE ORIGEN DE LAS
MERCADERIAS
GRUPO 3
|
GRUPO 11
|
204 CANADA
|
410 ESPAÑA
|
212 ESTADOS UNIDOS
|
412 FRANCIA
|
GRUPO 10
|
413 GRECIA
|
320 JAPON
|
417 ITALIA
|
409 DINAMARCA
|
423 PAISES BAJOS
|
411 FINLANDIA
|
425 PORTUGAL
|
415 IRLANDA
|
438 ALEMANIA
|
416 ISLANDIA
|
GRUPO 12
|
420 MALTA
|
407 BULGARIA
|
422 NORUEGA
|
445 UCRANIA
|
426 REINO UNIDO
|
442 LITUANIA
444 RUSIA
|
429 SUECIA
|
424 POLONIA
|
GRUPO 11
|
427 RUMANIA
|
406 BELGICA
|
449 ESLOVANIA
|
ANEXO III RESOLUCION GENERAL Nº
2786
BAJAS DE VALORES REFERENCIALES
PARA EXPORTACION
POSICION ARANCELARIA NCM
|
DESCRIPCION DE LA MERCADERIA
|
0409.00.00
|
Valores referenciales
anteriormente informados para todas las mercaderías correspondientes a esta
Posición Arancelaria NCM.
|