Oficina Nacional de
Control Comercial Agropecuario
PRODUCCION
AGROPECUARIA
Resolución 443/2010
Prorrógase el plazo
establecido en la Resolución Nº 4/09 por la cual se aprobó el procedimiento
para la ejecución del régimen de compensaciones.
Bs. As., 12/2/2010
VISTO el Expediente Nº
S01:0427372/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 4 de fecha 16 de octubre de 2009 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se aprobó el procedimiento
establecido para la ejecución del régimen de compensaciones dispuesto por las
Resoluciones Nros. 746 de fecha 29 de enero de 2007, 1378 y 1379 ambas de fecha
23 de febrero de 2007, 328 de fecha 3 de abril de 2007, 4061 de fecha 16 de
setiembre de 2008, 2240 y 2241 ambas de fecha 6 de marzo de 2009, sus
complementarias y modificatorias, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.
Que por la mencionada
Resolución Nº 4/09 se dispone la obligatoriedad de la presentación del
Formulario de Incorporación al Régimen de Compensación "DJ-022", el
cual deberá ser suscripto por el titular de la explotación directa o su
representante legal, autenticada su firma y constatada la existencia del predio
de explotación denunciada en la misma por parte de la autoridad municipal o
provincial correspondiente al lugar en que se encuentra radicado dicho
establecimiento; asimismo, se invita a las autoridades provinciales y
municipales a adherir al procedimiento establecido a través de decretos,
resoluciones, ordenanzas, convenios y/o cualquier otro medio pertinente que
exprese su voluntad de adhesión.
Que por Resolución Nº 103
de fecha 13 de noviembre de 2009 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO se prorrogó por NOVENTA (90) días el
cumplimiento de lo establecido por el Artículo 1º, incisos a), b) y c) de la
mencionada Resolución Nº 4/09 a efectos de perfeccionar y optimizar la
instrumentación del procedimiento instituido conjuntamente con las autoridades
provinciales y municipales adherentes.
Que encontrándose próximo
a vencer el plazo establecido por la Resolución Nº 103, el objetivo propuesto aún no ha sido alcanzado, por lo que resulta necesario y conveniente extender el
mismo por otros NOVENTA (90) días corridos.
Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha
tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo establecido por el
Artículo 16 del Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005.
Que el suscripto es
competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo
dispuesto por el Decreto Nº 1067 del 31 de agosto de 2005.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º — Prorrógase por el plazo de
NOVENTA (90) días corridos, contados a partir de la entrada en vigencia de la
presente resolución, el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 1º,
incisos a), b) y c) de la Resolución Nº 4 de fecha 16 de octubre de 2009 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2º — La presente resolución comenzará
a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Campillo.