RE-32-2009-GMC
CERTIFICADO ÚNICO DE INSPECCIÓN
TÉCNICA VEHICULAR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones
Nº 75/97 y 14/06 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que
existen diferencias en los contenidos y formatos actuales de los documentos de
inspección técnica vehicular que se emiten en los diferentes Estados Partes.
Que resulta
conveniente establecer un modelo único del certificado de inspección técnica
vehicular para todos los tipos de vehículos de transporte por carretera del
MERCOSUR, a efectos de contribuir a la facilitación de los controles por parte
de las autoridades de fiscalización de los diferentes Estados Partes.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el
Modelo de Certificado Único de Inspección Técnica Vehicular, que consta como
Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los organismos
nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina:
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública
y Servicios.
Subsecretaría de
Transporte Automotor
Brasil:
Consejo Nacional de Tránsito (CONTRAN)
Paraguay:
Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN)
Uruguay:
Ministerio de Transporte y Obras Públicas
Dirección Nacional de Transporte
Art. 3 – Esta Resolución
deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del
31/VII/2011.
LXXVIII
GMC – Montevideo, 05/XII/09.