LOA
DC-27-2009-CMC
MODIFICACIÓN DEL ARANCEL EXTERNO COMÚN
VISTO: El Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 07/94, 22/94, 31/04 y 37/07 del
Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 70/06 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que es
necesario introducir modificaciones a la Decisión Nº 37/07 del Consejo del
Mercado Común.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 – Incorporar al Anexo II de la Decisión CMC Nº
37/07 los productos que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente
Decisión.
Art. 2 -
Las modificaciones al Arancel Externo Común aprobadas por la presente
Decisión tendrán vigencia a más tardar a partir del 31 de enero de 2010 y los
Estados Partes deberán asegurar su incorporación a sus respectivos
ordenamientos jurídicos internos antes de esa fecha.
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XXXVIII
CMC – Montevideo, 07/XII/09.
ANEXO
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NCM
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DESCRIPCIÓN
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AEC
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4202.22.10
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De hojas de plástico
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35
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4202.22.20
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De materia textil
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35
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4202.92.00
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- - Con la superficie exterior de hojas de plástico
o materia textil
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35
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