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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Decreto n° 1785 |
29/12/2005 |
Fecha: |
09/02/2006 |
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Dependencia:
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DE-1785-2006-PEN
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Tema:
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ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS |
Asunto:
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Designaciones en la citada Sociedad
del Estado, organismo actuante en la órbita de
la Subsecretaría de
Puertos y Vías Navegables de
la
Secretaría de Transporte. |
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VISTO
el Expediente Nº 6793/2004 del Registro de
la ADMINISTRACION GENERAL
DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de
la SUBSECRETARIA DE
PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES dependiente de
la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, las Leyes Nros. 25.827 y 25.967, los Decretos Nros. 491 de fecha
12 de marzo de 2002 y 565 de fecha 1º
de junio de 2005, y
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CONSIDERANDO: |
Que
por
la Ley Nº
25.967 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes
a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de
la Administración Nacional
y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS. |
Que
por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO
NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal,
en el ámbito de
la
Administración Pública Nacional, en cargos de planta
permanente y no permanente. |
Que,
asimismo por el Artículo 2º del Decreto Nº 565 de fecha 1º de junio de 2005,
se dispuso que las facultades otorgadas al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, por
la ley citada en el primer considerando, podrán ser asumidas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL. |
Que
en el ámbito de
la
ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo
actuante en la órbita de
la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES dependiente
de
la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, se encuentran vacantes cargos correspondientes al Nivel 11 de la
estructura escalafonaria, que se propician cubrir con el
personal
que se detalla en el Anexo I que integra esta medida. |
Que
las personas propuestas reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia
necesarios para cubrir los cargos que se detallan en el citado anexo,
desempeñándose en los mismos desde las fechas que en cada caso se indican. |
Que
el costo remunerativo de las designaciones en las funciones aludidas será
afrontado con recursos propios y genuinos de
la ADMINISTRACION GENERAL
DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de
la SUBSECRETARIA DE
PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES dependiente de
la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS. |
Que
la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo
dispuesto por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de
2003. |
Que
la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del
Artículo 99, incisos 1 y 7 de
la CONSTITUCION NACIONAL,
los Artículos 7º y 14 de
la
Ley Nº 25.827 y 7º de
la Ley Nº 25.967, el Artículo 1º del Decreto Nº
491 de fecha 12 de marzo de 2002 y el Artículo 2º del Decreto Nº 565 de fecha
1º de junio de 2005. |
Por
ello, |
EL
PRESIDENTE DE
LA
NACION ARGENTINA DECRETA: |
Artículo
1º — Danse por designados, en las categorías y desde las fechas que en cada
caso se indican, en
la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL
ESTADO, organismo actuante en la órbita de
la SUBSECRETARIA DE
PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES dependiente de
la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, a los agentes que se detallan en el Anexo I que forma parte
integrante de la presente medida. |
Art.
2º — Las designaciones aludidas en el artículo precedente, se disponen con
carácter de excepción a lo establecido por el Artículo 7º de las Leyes Nros.
25.827 y 25.967. |
Art.
3º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se
imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto de
la ADMINISTRACION GENERAL
DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de
la SUBSECRETARIA DE
PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES dependiente de
la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS. |
Art.
4º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese.— KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Julio
M. De Vido. |
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