RE-2-2010-SNSCA
Bs. As., 6/1/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0017188/2009 del
Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, las Resoluciones Nros. 629 del
2 de septiembre de 2004, 839 del 6 de noviembre de 2009, ambas del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 629 del 2 de septiembre de 2004 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, se autorizó la emisión de Autorizaciones Fitosanitarias de
Importación (AFIDIS’s), para el ingreso de frutos secos de cucurbitáceas
originarios de algunos Municipios de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, que se detallan en dicha norma.
Que por Resolución Nº 839 del 6 de noviembre
de 2009 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, fue
sustituido el texto del Artículo 1º de la Resolución Nº 629 del 2 de septiembre de 2004 del citado Servicio Nacional.
Que atento el deslizamiento de un error material
involuntario en dicho artículo se ha omitido mencionar distintos estados de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, que serán autorizados a la emisión de AFIDI’s para el
ingreso de frutos frescos de cucurbitáceas, por lo expuesto, procede rectificar
el mismo, conforme lo establecido en el Artículo 101 del Decreto Nº 1759 del 3
de abril de 1972, reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que
formular.
Que el suscripto es competente para dictar el
presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8º, inciso h) del
Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 237
del 26 de marzo de 2009.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 1º de la Resolución Nº 839 del 6 de noviembre de 2009 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA por el siguiente texto: "ARTICULO 1º. - Sustitúyase el
texto del Artículo 1º. de la Resolución Nº 629 del 2 de septiembre de 2004 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, autorizando la emisión
de Autorizaciones Fitosanitarias de Importación (AFIDI’s) para el ingreso de
frutos frescos de cucurbitáceas, originarios de los Municipios de Manga, Matías
Cardoso, Pedra María da Cruz, Unaí, João Pinhero, Paracatú, Bom Despacho,
Uberlandia y Jaiba del Estado de Minas Gerais; de los Municipios de Paranapúa,
Urania, Presidente Bernardes, Mesópolis, Tabarai, Regente Feijó y Rinopolis del
Estado de San Pablo; de los Municipios de Uruana, Jaragua, Itapuranga, Carmo do
Río Verde, Río Verde, Maurilandia y Santa Helena, Cristalina e Ipameri del Estado
de Goias; de los Municipios de Bagé, Dom Pedrito y Herval, del Estado de Río
Grande Do Sul, todos de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL".
Art. 2º — Se mantiene lo establecido en los Artículos 2º y 3º de la Resolución Nº 839 del 6 de noviembre de 2009 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.