Detalle de la norma RG-1366-2002-AFIP
Resolución General Nro. 1366 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2002
Asunto Valores Referenciales
Boletín Oficial
Fecha: 01/11/2002
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución Gral. Nº 1366

31/10/2002

Fecha:

01/11/2002

 

Dependencia:

RG-1366-2002-AFIP

Tema:

IMPORTACIONES

Asunto:

Publicación de valores referenciales de carácter preventivo.

 

Nota Loa: Norma abrogada por art. 4° de la Resolución General 1507/2003 de la AFIP B.O. 26/5/2003 -Suplemento-.

 

VISTO la Resolución General Nº 1004, por la que se establece que la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS podrá fijar valores referenciales de carácter precautorio, para combatir las prácticas de subfacturación en la importación de mercaderías, con motivo del dictado de la Resolución Nº 8/2001 del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que efectuado el análisis pertinente en relación a los valores de determinada mercadería, corresponde la publicación de los mismos de acuerdo a lo previsto en el artículo 2º de la Resolución General citada en el VISTO.

Que ha tomado la intervención que le compete la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de Julio de 1997.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1° — Incorporar a la Resolución General Nº 1308 los valores referenciales correspondientes a las mercaderías que conforman el ANEXO I de esta Resolución General, a los fines de la exigencia de constitución de una garantía por la diferencia de derechos y demás tributos que gravan la destinación de importación para consumo.

Art. 2° — La presente Resolución será de aplicación para las Solicitudes de Destinación de Importación para Consumo, que se oficialicen a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3° — Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR —Sección Nacional—, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE LA ALADI (MONTEVIDEO ROU), a la SECRETARIA DEL CONVENIO MULTILATERAL SOBRE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS DIRECCIONES DE ADUANAS DE AMERICA LATINA, ESPAÑA Y PORTUGAL (MEXICO DF). Cumplido archívese. — Alberto R. Abad.

 

ANEXO

 

LISTADO DE MERCADERIAS CON VALORES REFERENCIALES

 

P.A.NCM

DESCRIPCION DE LA MERCADERIA

Valores Fob U$S

Unidad

Grupos de Origen

5209,42.10

Tejidos de mezcillia ("denim") con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso, con hilados de distintos colores, teñidos con "indigo blue" según Colour Index 7300, de gramaje superior a 200 g/m2 y de densidad superior o igual a 35 hilos por cm2 pero inferior a 44 hilos por cm2

2,82

Kg.

GR1

.

Tejidos de mezcillia ("denim") con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso, con hilados de distintos colores, teñidos con "indigo blue" según Colour Index 7300, de gramaje superior a 200 g/m2 y de densidad superior o igual a 44 hilos por cm2 pero inferior a 54 hilos por cm2

2,90

Kg.

GR1

 
Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
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