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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 413 |
17/06/1999 |
Fecha: |
22/06/1999 |
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Dependencia: |
RE-413-1999-SICM |
Tema: |
DEFENSA DEL CONSUMIDOR |
Asunto: |
Modificación de
la Resolución Nº
1233/97, que delegó en
la Dirección Nacional de Comercio Interior,
entre otras atribuciones, el contralor y vigilancia sobre el cumplimiento
de diversas leyes y sus decretos y normas reglamentarias, así como el
juzgamiento en sede administrativa de las infracciones y la aplicación de
las sanciones que correspondan. |
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VISTO el Expediente Nº 064-003824/99 del Registro del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por el artículo 50 inc. b) de
la
Ley Nº 25.065 se designa Autoridad de Aplicación a
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA en todas aquellas cuestiones que se refieran a
aspectos comerciales de la operatoria de tarjetas de crédito. |
Que
por el artículo 1º de
la
Resolución Nº 1233 del 19 de noviembre de 1997
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA delegó en
la Dirección Nacional
de Comercio Interior, dependiente de
la Subsecretaría de
Comercio Interior de esta Secretaría, entre otras atribuciones, el contralor
y vigilancia sobre el cumplimiento de las Leyes Nros.
19.227, 19.511, 20.680, 22.802 y 24.240 y sus decretos y normas
reglamentarias, así como el juzgamiento en sede administrativa de las
infracciones y la aplicación de las sanciones que correspondan. |
Que
es menester, asimismo, y con similar objetivo al expuesto en los considerandos de
la Resolución S.I.C. y M. Nº 1233/97, delegar en
la Dirección Nacional
de Comercio Interior dependiente de
la Subsecretaría de
Comercio Interior, las atribuciones otorgadas por
la Ley Nº 25.065. |
Que
la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete. |
Que
la presente se dicta en uso de la facultad que acuerda el artículo 50 inciso
b) de la |
Ley
Nº 25.065. |
Por ello, |
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERIA RESUELVE: |
Artículo
1º — Sustitúyese el artículo 1º de
la Resolución S.I.C. y M. Nº 1233/97 por el siguiente: |
"ARTICULO
1º: Delégase en
la Dirección Nacional
de Comercio Interior dependiente de
la SUBSECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR de esta Secretaría, sin perjuicio de la facultad de
avocación del suscripto, el contralor y vigilancia sobre el cumplimiento de
las Leyes Nros. 19.227, 19.511, 20.680, 22.802,
24.240 y 25.065 y de sus decretos y demás normas reglamentarias, así como el
juzgamiento en sede administrativa de las infracciones y la aplicación de las
sanciones que correspondan, la certificación del acta poder a los fines de la
acreditación del mandato prevista por el artículo 53 de
la Ley Nº 24.240, y la
organización, constitución y contralor de los tribunales arbitrales previstos en el artículo 59 de
la
Ley Nº 24.240". |
Art.
2º — La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial. |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Alieto A. Guadagni. |
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