Detalle de la norma RE-2853-1997-ANA
Resolución Nro. 2853 Administración Nacional de Aduanas
Organismo Administración Nacional de Aduanas
Año 1997
Asunto Despachantes de Aduana que operan con el SIM
Boletín Oficial
Fecha: 28/07/1997
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución Nº 2853

10/07/1997

Fecha:

28/07/1997

 

Dependencia:

RE-2853-1997-ANA

Tema:

ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS

Asunto:

Modifícase la Resolución Nº 2766/96 sobre Normas de Procedimiento para aquellos despachantes de aduana que operan con el Sistema Informático MARIA.

 

VISTO la Resolución Nº 2766 del 6 de agosto de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que por la misma se autorizó a los despachantes de aduana que operan con el Sistema Informático MARIA, a realizar transferencias en pesos a las cuentas "Recaudación a Afectar" de las Aduanas de Buenos Aires y Ezeiza a través de la red electrónica de datos SIFWAY.

Que el Banco de la Nación Argentina informó a la Secretaría de Administración, que la citada red se encontraba en condiciones de operar con transferencias en dólares estadounidenses.

Que a fojas 13 del expediente de la referencia mediante Informe ANMA Nº 756/97, la Dirección Informática del Sistema Informático MARIA manifiesta que las pruebas llevadas a cabo en forma conjunta con el Banco de la Nación Argentina, en las que se realizaron transferencias en dólares estadounidenses hacia los equipos de las Aduanas de Buenos Aires y Ezeiza, resultaron satisfactorias.

Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 23 Inciso w) de la Ley 22,415 y Artículo 3º del Decreto Nº 1156/96.

Por ello,

LA INTERVENTORA EN LA ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º-Aprobar las Normas de Procedimiento obrantes en el presente que reemplazará al Anexo I de la Resolución Nº 2766/96.

Art. 2º-El Departamento Económico Financiero y el Sistema Informático MARIA tendrán a su cargo la adecuación de la Resolución Nº 2190/94, a efectos de incorporar a la misma la operatoria que se aprueba por la presente.

Art. 3º-Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional. Cumplido, archívese.-María I. Fantelli.

 

ANEXO A

NORMAS DE PROCEDIMIENTO

1. Generalidades

Los despachantes de aduana que operen con el Sistema Informático MARIA, a partir de la fecha de vigencia de la presente norma, podrán realizar depósitos en las cuentas "Recaudación a Afectar" de las Aduanas de Buenos Aires y Ezeiza mediante transferencias electrónicas de fondos a través de la RED SIFWAY.

2. Horario de Imposición y Moneda

Las transferencias se cursarán los días hábiles en el horario que fijen de común acuerdo la Secretaría de Administración y el Banco de la Nación Argentina. Podrán realizarse depósitos en pesos y en dólares estadounidenses.

3. Trámite de la Imposición

La red SIFWAY permite a sus usuarios conectarse con el sistema informático del Banco de la Nación Argentina para realizar transferencias, debitando los fondos de su cuenta habilitada en el citado Banco y acreditándolos a las cuentas "Recaudación a Afectar" del Sistema Informático MARIA", de las Aduanas de Buenos Aires o Ezeiza según corresponda.

Para poder realizar una transferencia, los usuarios deben completarse los siguientes datos:

-Código y nombre de la Aduana.

-Tipo de Cuenta (Corriente o de Ahorro)

-C. U. I .T. del importador/exportador

-Importe

Una vez recibido el mensaje electrónico en el computador central del Banco de la Nación Argentina y superados los controles de existencia de despachante, importador/exportador, cuenta y adhesión del despachante a la red, se produce la transferencia de fondos de la cuenta del cliente a la cuenta de la aduana que corresponda, utilizando el vinculo existente entre el equipamiento del Banco y el del Sistema Informático MARIA.

Aprobada la transacción, la aplicación generará un identificador de la transferencia compuesto de nueve (9) dígitos (dos para el año, tres para el día en formato juliano y cuatro correspondientes días).

Al día siguiente el interesado deberá retirar del Banco de la Nación Argentina (Sucursal Aduana) el comprobante respaldatorio de la operación efectuada.

4. Control de las Acreditaciones

Diariamente el Banco de la Nación Argentina entregará a la División Documentación Fiscal en la Aduana de Buenos Aires y a la Sección Administración de la Aduana de Ezeiza el Listado de "Operaciones Acreditadas a la Cuenta Recaudación Afectar" y el Listado "Total de Operaciones Acreditadas a Cuentas de Recaudación", en los que se detallarán respectivamente, las operaciones y los totales acreditados a las cuentas Recaudación a Afectar de las Aduanas mencionadas.

Estos serán controlados también en forma diaria por esas dependencias, con los Listados de las Acreditaciones Aceptadas y Resumen de Importes Pendientes de Afectación emitidos por el Sistema Informático MARIA.

 
 
Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RG-825-2000-AFIP Deroga Deroga