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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 147 |
01/02/2002 |
Fecha: |
07/02/2002 |
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Dependencia: |
RE-147-2002-SENASA |
Tema: |
ALGODON |
Asunto: |
Establécense como
nuevos Patrones Oficiales de Calidad Comercial de
la Fibra de Algodón
Argentino a los confeccionados por
la Cámara Algodonera
Argentina. |
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VISTO el expediente Nº 19.793/2001 del registro del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y |
CONSIDERANDO: |
Que
los Patrones Oficiales de Calidad Comercial de Fibra de Algodón Argentino que
están en vigencia por las Resoluciones Nros. 516
del 30 de diciembre de 1996 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD
VEGETAL y 710 del 18 de septiembre de 1997 de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, han dejado de representar
la Calidad Comercial
de
la Fibra
de Algodón Argentino. |
Que
por tal motivo se hace necesario confeccionar nuevos Patrones Oficiales que
reflejen las características comerciales actuales de la producción nacional
de fibra de algodón. |
Que
en concordancia con lo expuesto,
la CAMARA ALGODONERA
ARGENTINA con la colaboración técnica de los servicios especializados del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a través de
la Dirección de Calidad
Agroalimentaria, ha confeccionado nuevos Patrones Oficiales de Calidad
Comercial de Fibra de Algodón Argentino, que representan fehacientemente
la Calidad de
la Producción Algodonera
Argentina. |
Que
la Dirección
de Asuntos Jurídicos ha tomado la debida intervención. |
Que
el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de las
atribuciones conferidas por el artículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 del
19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 394 del 1º de abril de
2001. |
Por ello, |
EL
PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE: |
Artículo
1º — Establécense como nuevos Patrones Oficiales de
Calidad Comercial de
la Fibra
de Algodón Argentino a los confeccionados por
la CAMARA ALGODONERA
ARGENTINA, con la colaboración técnica de
la Dirección de Calidad Agroalimentaria
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Estos patrones
están compuestos por SIETE (7) grados de calidad denominados B, C, C1/2, D,
D1/2, E y F, correspondiendo la mejor calidad al grado B y la más baja al
grado F. |
Art.
2º — Los nuevos Patrones Oficiales de Calidad Comercial de
la Fibra de Algodón
Argentino, rubricados por
la
Dirección de Calidad Agroalimentaria, serán mantenidos en
custodia en esa Dirección. |
Art.
3º — Las copias de los nuevos Patrones Oficiales de Calidad Comercial de
la Fibra de Algodón Argentino
referidas en el artículo 1º de la presente resolución, debidamente rubricadas
por el funcionario autorizado, serán los únicos patrones que se tendrán en
cuenta en las Cámaras y Mercados de algodón, y a ellos deberán referirse los
certificados que se otorguen, las cotizaciones oficiales que se realicen y
las transacciones de fibra de algodón para consumo interno y exportación. |
Art.
4º — Exceptúanse de lo dispuesto en el artículo
precedente las operaciones concertadas sobre muestras especiales utilizadas
de buena fe y sin intención de substituir o evadir
dichos Patrones Oficiales. |
Art.
5º — Los Patrones oficiales que por esta resolución se oficializan, regirán a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. |
Art.
6º — A partir del momento de vigencia de estos Patrones perderán su validez
los oficializados hasta la presente resolución. |
Art.
7º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Bernardo G. Cané. |
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