Detalle de la norma DI-6254-2009-ANMAT
Disposición Nro. 6254 Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Organismo Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Año 2009
Asunto Requisitos y exigencias que deben reunir los productos de uso doméstico
Boletín Oficial
Fecha: 18/12/2009
Detalle de la norma
Disposición 6254-2009-ANMAT

Disposición 6254-2009-ANMAT

Requisitos y exigencias que deben reunir los productos de uso doméstico a los efectos de garantizar niveles de calidad y seguridad.

Bs. As., 3/12/2009

Visto la Disposición ANMAT Nº 7292/98 y la Resolución Mercosur Nº 49/99 —Reglamento Técnico Mercosur para productos desinfectantes—, el Expediente Nº 1-47-2110-5978-09-0; y

CONSIDERANDO:

Que la Disposición ANMAT Nº 7292/98 establece en su artículo 4º: "Los desinfestantes domisanitarios para venta libre al consumidor se comercializarán preferentemente en la dilución de uso y deben tener el ingrediente activo en la concentración necesaria para asegurar una acción eficaz conforme a sus indicaciones e instrucciones de uso. Los productos de venta libre al consumidor que requieran previa dilución para su aplicación deberán estar formulados en base acuosa, con una muy baja concentración de principios activos de baja toxicidad y presentados al consumidor en envases pequeños de fácil dosificación o de dosis única".

Que en la actualidad el Instituto Nacional de Alimentos estima necesario modificar la referida disposición incorporando nuevos criterios acordes a la experiencia recogida destinados a minimizar los riesgos en la manipulación de este tipo de productos.

Que al respecto la Resolución Mercosur Nº 49/99 establece en su apartado D.1 que "los desinfestantes domisanitarios para venta libre al consumidor se comercializarán listos en la dilución de uso y deben tener el/los ingrediente/s activo/s en la/s concentración/es necesaria/s para asegurar una acción eficaz conforme sus indicaciones e instrucciones de uso".

Que la aplicación de la disposición normativa transcripta constituirá un avance en la regulación de este tipo de productos, ya que permitirá que un producto que pretenda ser registrado como listo para usar, exija la mínima manipulación posible por parte del aplicador.

Que el Instituto Nacional de Alimentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que se actúa en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto 1490/92 y Decreto 253/08.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:

Artículo 1º — Sustitúyese el artículo 4º de la Disposición ANMAT Nº 7292/98, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Los desinfestantes domisanitarios para venta libre al consumidor se comercializarán listos en la dilución de uso y deben tener el/los ingrediente/s activo/s en la/s concentración/es necesaria/s para asegurar una acción eficaz conforme sus indicaciones e instrucciones de uso".

Art. 2º — Los certificados de aprobación de todos los productos insecticidas que no sean listos para usar caducarán de pleno derecho a partir de los 180 días hábiles administrativos de la entrada en vigencia de esta Disposición.

Art. 3º — Invítase a las Autoridades Sanitarias de las Provincias y del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires a adherir a la presente disposición.

Art. 4º —La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º — Regístrese, Comuníquese a quienes corresponda. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial a efectos de su publicación. Cumplido, archívese. — Ricardo Martínez.

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DI-8224-2016-ANMAT Deroga Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional, como Anexo de la Disposición ANMAT N° 7292/98
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-49-1999-GMC Requisitos y exigencias que deben reunir los productos de uso doméstico
Modifica DI-7292-1998-ANMAT Requisitos y exigencias que deben reunir los productos de uso doméstico