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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Decreto n° 1491 |
23/10/2007 |
Fecha: |
25/10/2007 |
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Dependencia:
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DE-1491-2007-PEN |
Tema:
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VITIVINICULTURA |
Asunto:
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Exímese del pago del derecho de
importación y demás tributos a los productos originarios y procedentes de los
países participantes del VIII Concurso Internacional de Vinos Vinandino
2007, a realizarse en las
Ciudades de Mendoza y San Juan. |
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VISTO el Expediente Nº 311-000133/2007-5 del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, entidad autárquica en el ámbito de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, entidad autárquica en el ámbito de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, solicita la exención del pago del derecho de importación y demás
tributos que gravan la importación para las muestras de vinos, sin valor
comercial, originarias y procedentes de los países participantes del VIII
CONCURSO INTERNACIONAL DE VINOS VINANDINO
2007, a realizarse en las
Ciudades de Mendoza, Provincia de MENDOZA y de San Juan, Provincia de SAN
JUAN (REPUBLICA ARGENTINA), entre los días 26 y 30 de noviembre de 2007. |
Que
la realización de este Concurso permitirá crear desde nuestro país un polo de
proyección de vinos de calidad hacia el mundo, donde se descubren y presentan
nuevos productos, se establecen contactos provechosos y se logra tener un
mejor conocimiento de las grandes tendencias de los mercados. |
Que
uno de los objetivos que persigue la institución organizadora, a través de la
realización del citado Concurso, es estimular la producción de vinos de
calidad superior, favoreciendo el desarrollo del Sector y la consolidación de
la imagen del vino argentino en el mundo. |
Que
esta convocatoria contribuirá a la difusión de la cultura del vino,
estimulando un consumo moderado del mismo, como factor de civilización y
desarrollo de los pueblos. |
Que
las muestras de vinos participantes carecen de valor comercial, y serán
degustadas, evaluadas, analizadas y totalmente consumidas durante la
realización del mencionado Concurso, por lo cual se considera razonable autorizar
la importación de las mismas por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO
MIL (U$S 5.000,00), por país participante. |
Que
la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete. |
Que
el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER
EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s) de
la Ley Nº 20.545 incorporado
por el Artículo 1º de su similar Nº 21.450 y mantenido por el Artículo 4º de
la Ley Nº 22.792. |
Por ello, |
EL PRESIDENTE DE
LA NACION ARGENTINA
DECRETA: |
Artículo
1º — Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor
agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios,
estadística y comprobación de destino, que gravan la importación de muestras
de vinos sin valor comercial, originarias y procedentes de los países
participantes del VIII CONCURSO INTERNACIONAL DE VINOS VINANDINO
2007, a realizarse en las
Ciudades de Mendoza, Provincia de MENDOZA y de San Juan, Provincia de SAN
JUAN (REPUBLICA ARGENTINA), entre los días 26 y 30 de noviembre de 2007,
hasta un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000,00) por
país participante, tomando como base de cálculo valores FOB. |
Art.
2º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Miguel
G. Peirano. |
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