Detalle de la norma IG-41-2003-SDGLTA
Instrucción General Nro. 41 Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Organismo Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Año 2003
Asunto Obligación ATA Presentación Manifiesto de Origen
Detalle de la norma
IG-41-2003-SDGLTA

IG-41-2003-SDGLTA

Manifiesto de Origen

 

VISTO lo establecido en el Anexo IV "D" de la RE-4289-1995-ANA (RGANTI) en lo que respecta a la obligatoriedad de que el Manifiesto de Origen sea presentado sólo a requerimiento del Servicio Aduanero, constituyéndose el transportista o su agente en depositario del mismo   debiendo ser mantenido en todo momento a disposición de la Aduana, las recomendaciones efectuadas por el Departamento Auditoría de Procesos Aduaneros, la conclusión arribada en la Nota Nº 1921/03 (DE TEIM), con el objeto de preservar su  inalterabilidad, se instruye :

a) Al arribo del medio de transporte, el Manifiesto de Origen debidamente foliado y signado en cada una de sus fojas por el Capitán del Buque y por el Agente de Transporte Aduanero ( o ATA "buque" en caso de bodega compartida) deberá ser presentado en todos los casos ante el Servicio Aduanero a los efectos que el agente aduanero interviniente en la formalización de entrada del medio de transporte suscriba también las mismas, dejando constancia mediante nota en la última de ellas sobre  la cantidad total de fojas que forman el mencionado  Manifiesto, todo ello al único efecto de resguardar su inalterabilidad.

Finalizada dicha intervención, entregará el Manifiesto al Transportista o al Agente de Transporte Aduanero a fin de que el mismo lo conserve de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.

El Transportista o su Agente se constituirán en depositarios del referido Manifiesto y deberán extremar los recaudos para asegurar su integridad y conservación atento al carácter de mayor valor probatorio  que dicho documento ostenta.

b) Al efectuarse la formalización de entrada del medio transportador, el Agente de Transporte deberá consignar en el OM 741 la totalidad de fojas que contiene cada uno de los Manifiestos presentados (Origen, Pacotilla, Rancho), refrendando el personal de Aduana encargado de tal operación, la cantidad de fojas que conforman dichos Manifiestos, como así también las correspondientes cartas de rectificación. 

Publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. FDO. MARIANO H. DUHALDE SUBDIRECTOR GENERAL SUBDIRECCION GENERAL DE LEGAL Y TECNICA ADUANERA

 

 

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Relación Norma Detalle
Complementa RE-4289-1995-ANA Obligación ATA Presentación Manifiesto de Origen