Resolución
912-2009-SENASA
Apruébase
el Isologotipo identificatorio
del organismo.
Bs. As., 7/12/2009
VISTO el Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, la Resolución Nº 399 del 2 de julio de 1997 del Registro del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 399 del 2 de julio de 1997 del Registro del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se aprobó el logotipo identificatorio de este Organismo.
Que las razones en
ese entonces para el dictado de dicha resolución, aludían a la necesidad de
representar al citado Servicio Nacional con un logotipo que reflejara la fusión
del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL y el ex INSTITUTO ARGENTINO DE
SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL.
Que resulta
propicio modificar el logotipo aprobado por la citada resolución, ya que en su
esencia identificaba la fusión de DOS (2) Organismos y en la actualidad el
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, sostiene una autonomía
institucional reconocida tanto a nivel nacional como internacional.
Que los valores
comunes, la visión compartida y la misión comprometida definidos en el Plan
Estratégico Participativo del SENASA, conforman la filosofía institucional y
plantean una identidad única y distintiva del Organismo.
Que en este
Servicio Nacional, se consideran de interés nacional las actividades
relacionadas con la sanidad animal y vegetal, la calidad de las materias primas
agrícolo-ganaderas, como así también las higiene y la
inocuidad de los agroalimentos y de los productos de la pesca, de los insumos
específicos y el control de los residuos químicos y contaminantes químicos y
microbiológicos, así como la prevención, el control y la erradicación de las
enfermedades y plagas que afecten la producción silvo-agropecuaria
nacional.
Que asimismo, se
propugna la generación de un sistema integrado sanitario y fitosanitario
nacional con el objetivo de formar una red institucional afectada al desarrollo
de las acciones enunciadas en el considerando anterior, con la participación
relevante de organismos nacionales, provinciales, municipales e instituciones
públicas, privadas y mixtas a fin de asegurar desde un enfoque nacional y
regional el mejoramiento de la situación sanitaria y fitosanitaria en
salvaguarda del bienestar general, intereses económicos y productivos
agropecuarios, pesqueros y agroalimentarios de alcance nacional en términos de
sanidad, inocuidad, higiene, calidad, tecnología y valor agregado, orientadas a
las exigencias del consumidor local y global.
Que las acciones
oficiales que se ejecuten en el marco del sistema serán responsabilidad
primaria e ineludible de toda persona física o jurídica vinculada con la
producción agropecuaria y agroalimentaria.
Que en relación
con esa meta institucional, el Plan Estratégico Participativo del SENASA
plantea la necesidad de consolidar redes que preserven y mejoren el patrimonio fitozoosanitario y la inocuidad alimentaria con
sustentabilidad ambiental en el marco de una identidad institucional definida
por los valores comunes, la visión compartida y la misión comprometida.
Que para el logro
de dichos objetivos es necesario establecer una sólida integración de la
institución con sus públicos internos y externos.
Que, como
consecuencia del análisis mencionado se hace necesaria una actualización, con
el isologotipo que se propicia, a fin de que éste
represente al Organismo, refleje sus valores, visión y misión y estrategias superadores.
Que, en
consonancia con lo expuesto, se decidió encarar el fortalecimiento de la
comunicación institucional en el marco del Contrato de Préstamo Nº 1950–OC/AR y, como parte del Programa de Modernización
de la Gestión
Institucional, se dispuso el análisis y actualización del isologotipo y la confección de un nuevo manual de identidad
visual institucional.
Que se consideran
técnicamente sustentables las recomendaciones que al respecto presentaron los
profesionales designados para dicha tarea en el marco del citado Programa.
Que el acrónimo
"SENASA" que conforma el logotipo ya constituye un signo identificatorio del Organismo, reconocido públicamente como
marca propia.
Que la
identificación institucional a través de una tipografía de diseño, que sea propia
del Servicio Nacional, le otorga a dicha marca características de identidad
específica e inequívoca, además de estabilidad en sus distintas aplicaciones.
Que en este orden
de ideas, un isologotipo con los colores patrios
unifica las opiniones de los distintos sectores de la producción
agroalimentaria, para brindar a nuestra documentación el debido marco de
reconocimiento y otorga a la marca identidad nacional en los fueros locales e
internacionales.
Que a los efectos
legales se consultó el registro de la marca en el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial
(INPI), no registrándose, en el informe de búsqueda rápida, y tampoco en el
Informe de búsqueda de antecedentes por similitud fonética ningún registro de la denominación SENASA
Que consecuentemente
se procedió al inmediato registro en el citado Instituto, del isologotipo que este Servicio Nacional utilizará como marca
propia institucional.
Que la Dirección
de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente
medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º,
inciso m) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de
1996, sustituido por su similar Nº 237 del 26 de
marzo de 2009.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Abrógase la Resolución Nº 399 del 2 de julio de 1997 del Registro del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Art. 2º — Apruébase el isologotipo
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, que como Anexo
forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 3º — Se podrá hacer uso parcial del isologotipo,
sólo en piezas impostergables aprobadas por la Unidad Presidencia,
hasta que se efectivicen los registros correspondientes y se confeccione el
Manual de identidad visual, que será aprobado por resolución oportunamente.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.
ANEXO
ISOLOGOTIPO
DEL SENASA; COLORES NORMATIZADOS
BAJO
NORMA PANTONE Y GRILLA CONSTRUCTIVA