Resolución 99-2009-DGA
Buenos Aires, 3
de Diciembre de 2009
VISTO:
La
Actuación SIGEA Nº 12048-1494-2008 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la
citada actuación la firma CARGILL S.A.C.I., (C.U.I.T. Nº 3050679216-5),
solicita una prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter
provisorio mediante RE-79-2009 (DGA) a efectos de realizar operaciones aduaneras,
en el muelle de barcazas correspondiente al puerto particular de esa empresa,
ubicado en el área portuaria de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de SANTA FE,
en terrenos de su propiedad entre las calles Solís, Matienzo, Artigas, América,
Bécquer, Verne, Obligado, Derqui y Varela y, la margen derecha del Río Paraná,
a la altura del Km. CUATROCIENTOS OCHO (408) del citado río.
Que se
encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a
la habilitación provisoria otorgada, atento estar en trámite la habilitación
definitiva del puerto ante la Secretaría de Transporte (Expediente Nº
S01:0458440/2008).
Que en
autos ha tomado la debida intervención la División Aduana de ROSARIO, la
Dirección Regional Aduanera ROSARIO, la Subdirección General de Operaciones
Aduaneras del Interior de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.
Que en
función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la
habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término
de NOVENTA (90) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la RE-79-2009
(DGA).
Que la
presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º,
apartado 2, inciso n) del DE-618-1997-PEN.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Art. 1 - Prorrogar la habilitación aduanera
otorgada al sector de atraque correspondiente al Muelle de Barcazas del Puerto
de CARGILL S.A.C.I. (CUIT Nº 30-50679216-5), ubicado en el área portuaria de
Villa Gobernador Gálvez, Provincia de SANTA FE, mediante RE-79-2009 (DGA), por
el término de NOVENTA (90) días a contar desde el vencimiento del plazo
conferido por ésta última, con igual carácter e idéntico alcance.
Art. 2 - Regístrese. Comuníquese. Dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el
Boletín de esta Dirección General. Tome conocimiento la Subdirección General de
Operaciones Aduaneras del Interior y Dirección Regional Aduanera Rosario.
Remítanse los presentes a la División Aduana de Rosario para su conocimiento y
notificación. - María S. Tirabassi.