Detalle de la norma RE-97-2009-DGA
Resolución Nro. 97 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2009
Asunto Habilitación Provisoria Zona Operativa Aduanera Villa María Córdoba
Boletín Oficial
Fecha: 04/12/2009
Detalle de la norma
Resolución 97-2009-DGA

Resolución 97-2009-DGA

Habilitación Provisoria Zona Operativa Aduanera Villa María. Aduana de Córdoba.

Bs. As., 30/11/2009

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12666-285-2009 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación, el Municipio de la Ciudad de Villa María en la Provincia de Córdoba, solicita la habilitación de una Zona Primaria Aduanera sobre un predio de CUATRO MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (4.500 m2) de superficie, ubicado en Avenida Constitución, entre las calles Paraguay y Pissis de la Ciudad de Villa María.

Que mediante Disposición Nº 179/2007 (DGA) se reasignó el Resguardo Jurisdiccional "Alejandro Roca" de la Aduana de Córdoba, como Resguardo Jurisdiccional "Villa María", Departamento General San Martín de la Provincia de Córdoba.

Que en virtud que el Resguardo Jurisdiccional "Villa María" no cuenta con una Zona Primaria para que el Servicio Aduanero ejerza las funciones y facultades de fiscalización y control a su cargo, la Dirección General de Aduanas mediante Resolución Nº 74/2008, habilitó oportunamente, con carácter provisorio, una ZONA OPERATIVA ADUANERA cuyo funcionamiento se reglamentó a través de la Disposición Nº 03/09 (AD CORD).

Que manteniéndose las circunstancias aludidas precedentemente y en consideración al incremento de las operaciones de comercio exterior desarrolladas en el lugar, la División Aduanera Córdoba elabora un informe a fin de gestionar una nueva habilitación con igual carácter, el que cuenta con la conformidad de la Dirección Regional Aduanera Córdoba.

Que en función de los informes obrantes en autos y de los antecedentes referenciados, resulta procedente conceder la habilitación aduanera requerida con carácter provisorio y por el término de TRESCIENTOS SESENTA DIAS (360) días.

Que en autos han tomado debida intervención la División Aduana de Córdoba, la Dirección Regional Aduanera Córdoba y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Habilítese con carácter provisorio y por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días, una ZONA OPERATIVA ADUANERA ubicada en el predio de CUATRO MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (4.500 m2) de superficie, ubicado en la Avenida Constitución, entre las calles Paraguay y Pissis de la Ciudad de Villa María, Provincia de Córdoba.

Art. 2º — Establécese que la División Aduana de Córdoba dictará el reglamento de funcionamiento.

Art. 3º — Hágase saber que la presente entrará vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Córdoba. Remítanse estos actuados a la División Aduana de Córdoba para su conocimiento, notificación y aplicación. — María S. Tirabassi.

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
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RE-41-2011-DGA Complementa Prórroga Habilitación Provisoria en jurisd. Aduana de Gral Deheza
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