DR-27-2009-CCM
DR-27-2009-CCM
ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO
POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 69/00 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República
Federativa del Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de
abastecimiento normal y fluido.
Que la CCM aprobó la reducción
arancelaria solicitada.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el ámbito de
la Resolución GMC N° 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el siguiente ítem arancelario con las
correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo
de vigencia:
NCM 8425.42.00:
Los demás gatos, hidráulicos.
Nota Referencial: “Gatos de elevación, con capacidad de
500 toneladas, conteniendo cilindro principal, cilindro horizontal, cilindro de
subida y bajada, unidad de desplazamiento, unidad de potencia, unidad
hidráulica y sistema eléctrico”.
Cantidad: 4 unidades
Plazo: 6 meses
Alícuota:
2 %
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al
ordenamiento jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta
incorporación deberá ser realizada antes del 31/XII/2009.
CXI CCM - Montevideo, 19/XI/09
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