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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Decreto n° 1450 |
12/12/1996
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Fecha:
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30/12/1996
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Dependencia:
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DE-1450-1996-PEN |
Tema:
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MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. |
Asunto:
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Apruébase la estructura organizativa de
la Administración
Central
del citado Departamento de Estado.
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VISTO:
la Ley N° 24.629, los Decretos
Nros. 558 del 24 de mayo de 1996, 660 del 24 de
julio de 1996, 992 del 29 de agosto de 1996, 1084 del 26 de septiembre de
1996, 1124 del 4 de octubre de 1996, 1154 del 10 de octubre de 1996, 1156 del
14 de octubre de 1996, lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, y, |
CONSIDERANDO: |
Que por medio de las
normas citadas precedentemente se implementó y paso en marcha el proceso de
reorganización administrativa correspondiente a la segunda etapa de reforma
del Estado Nacional, y se formularon las pautas y plazos a los que debe
ajustarse dicho proceso, teniendo como objetivo primordial la reorganización aludida,
mejorar el funcionamiento y la calidad de los servicios prestados por las
distintas jurisdicciones de la
Administración Pública Nacional. |
Que, en consecuencia,
corresponde la aprobación de la organización de la Administración
Central de dicho Ministerio, incluyendo las unidades del
primer nivel de apertura, por lo que la propuesta pertinente se ha elaborado
teniendo en cuenta las pautas anteriormente citadas. |
Que para ello se ha
producido una disminución de las áreas de primer nivel operativo,
manteniéndose las mínimas indispensables para que cada Secretaria pueda
desarrollar las competencias asignadas, cumpliendo las funciones indelegables
del Estado Nacional de la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS. |
Que se incluyen en la
presente propuesta, las organizaciones de aquellos organismos de carácter que
en tal carácter se encuentran en jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, así como también se establece la dependencia
jerárquica de los organismos no integrantes de la Administración Central. |
Que el INSTITUTO SUPERIOR
DE LOS ECONOMISTAS DE GOBIERNO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, creado por el Decreto N° 1921 del 31 de
octubre de 1994 y normas complementarias, tiene como objetivos la selección,
capacitación e ingreso de la
Carrera de Economista de Gobierno, realizando convenios con
Instituciones Educativas Públicas y Privadas, para el desarrollo conjunto del
postgrado en Economía de Gobierno. |
Que dada la finalidad de
dicho organismo en la formación de futuro capital humano que mejore el
análisis y gestión de la política económica, se considera aconsejable ubicar
al mismo en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA de
la SECRETARIA DE
PROGRAMACION ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, área en la cual se coordina el análisis y la formulación de
diferentes programas y proyectos vinculados a un mejoramiento de la gestión
macroeconómica, así como su seguimiento sistemático a lo largo del tiempo. |
Que resulta menester
incluir en la presente medida, la transferencia de cargos y agentes entre la Administración
Central del MlNISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y otros organismos y unidades de la Administración
no Centralizada de dicho Ministerio, de otras áreas Ministeriales y de la PRESIDENCIA DE LA
NACION. |
Que la propuesta se ajusta
a la normativa vigente para la elaboración de estructuras organizativas
aprobada por el Decreto N° 1545 del 31 de agosto de
1994, reglamentado por la Resolución de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA,
entonces dependiente de la
PRESIDENCIA DE LA
NACION, N° 422 del 13 de
septiembre de 1994. |
Que la UNIDAD DE REFORMA Y
MODERNIZACION DEL ESTADO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención
que le compete, expidiéndose favorablemente. |
Que el PODER EJECUTIVO
NACIONAL se encuentra facultado para dictar la presente medida, en virtud de
las atribuciones emergentes del Articulo 99. inciso 1), de la CONSTITUCION NACIONAL
y la Ley N° 24.629. |
Por
ello, |
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA: |
Artículo 1° - Modifícase del Anexo I del Decreto N°
660 del 24 de junio de 1996, complementado por sus similares Nros. 992 del 29 de agosto de 1996 y 1154 del 10 de
octubre de 1996, la parte correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, el que se integrará de acuerdo al detalle que se señala
en las planillas anexas al presente articulo. |
Art.
2o - Modificase del Anexo 11-Objetivos-del Decreto 660 del 24 de
junio de 1996, complementado por su similares Nros. 992 del 29 de agosto de 1996 y 1154 del 10 de
octubre de 1996, la parte correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, el que quedara redactado como se detalla en las planillas
anexas al presente articulo. |
Art. 3° - Apruébase la estructura organizativa de la Administración
Central del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, de conformidad con los Organigramas, Responsabilidades Primarias y
Acciones , y Cargos - Planta Permanente y Planta No Permanente- que como
Anexos Ia ,Ib, Ic, Id, Ie,If,Ig,Ih,Ii,Ij,Ik,
II,IIIa y I I I b, forman parte integrante del presente decreto. |
Art.
4o - Establécese que el INSTITUTO
SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS DE GOBIERNO creado por el Decreto N° 1921 del 31 de octubre de 1994, y normas
modificatorias, actuara bajo la órbita de la SUBSECRETARIA DE
PROGRAMACION MACROECONOMICA de la SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. |
Art. 5o - Establécese que las facultades asignadas al señor
Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos por el Decreto N° 1921 del 31 de octubre de 1994 y la Decisión
Administrativa N° 202 del 29 de
diciembre de 1995, serán ejercidas por el señor Subsecretario de Programación
Macroeconomica de la SECRETARIA DE
PROGRAMACION ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS. |
Art. 6° - Apruébase la nómina de personal a transferir de la Administración
Central del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS a los organismos que se detallan en las planillas anexas al presente articulo. |
Art. 7° - Apruébase la nómina de personal a transferir a la Administración
Central del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS de los organismos que se detallan en las planilla anexas al presente
articulo. |
Art. 8° - El
personal a que se hace referencia en los Artículos 6° y 7°
de la presente medida mantendrá sus niveles y grados de revista vigentes a la
fecha. |
La medida incluye los
cargos ocupados del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas. definidos en
las planillas anexas al articulo 6o. |
Art. 9° - Apruébase el listado de cargos de Planta no Permanente
que se transfieren de la
SECRETARIA DE INDUSTRIA. COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS al SERVICIO GEOLOGICO MINERO
ARGENTINO (SEGEMAR). organismo descentralizado de dicha jurisdicción,
incluyendo su ocupación transitoria actual. de acuerdo con el detalle obrante
en la plantilla anexa al presente articulo. |
Art. 10. - Transfiérese del ESTADO MAYOR GENERAL de la FUERZA AEREA
ARGENTINA al SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR) de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MlNERIA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, al agente Sup
1, Categoría 30 del Escalafón del Personal Civil de las FUERZAS ARMADAS-Ley N° 20.239-Dn. José María
SURIANO, DNI. N° 4.915.908. |
Art. 11. - En un plazo no
mayor de los SESENTA (60) dias a partir del dictado
del presente decreto, el SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR). de la SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
deberá proceder al reencansillamiento del agente
citado en el artículo precedente, en el régimen de! Sistema Nacional de la Profesión
Administrativa, aprobado por el Decreto N°
993/91 (t. o. 1995). |
Art. 12. - En el plazo
TREINTA (30) dias a partir de la promulgación del
presente decreto. el MlNISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS deberá presentar la propuesta de estructura organizativa
de las aperturas inferiores a las que se aprueban por este decreto, en un
todo de acuerdo con lo establecido por el Decreto N°
1545 del 30 de agosto de !994, reglamentado por la Resolución de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA,
entonces dependiente de la
PRESIDENCIA DE LA
NACION, N° 422 del 13 de
septiembre de 1994. Hasta tanto se aprueben dichas estructuras quedaran
vigentes las aperturas inferiores existentes, con la asignación de los
respectivos cargos con funciones ejecutivas del Régimen de Cargos por.
Funciones Ejecutivas. |
Art. 13. - Al sólo efecto
de implementar la presente medida, facúltase al
señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos a reasignar en los
cargos con Funciones Ejecutivas que se aprueben para el primer nivel
operativo como así también a los que se refiere el artículo precedente, con
el mismo carácter, a los agentes que actualmente ejercen tales funciones. |
Art. 14. - Las
modificaciones presupuestarias originadas por las disposiciones del presente
decreto se efectivizarán a partir de la vigencia del Presupuesto General de
Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración
Nacional correspondiente al Ejercicio 1997. Hasta tanto
ello se concrete, las erogaciones a que de lugar el cumplimiento de la
presente medida estarán a cargo de los Servicios Administrativos Financieros
que las atienden en la actualidad. |
Art. 15. - De forma. |
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DECRETO
1450/96 PLANILLA ANEXA ART. 1Y2 |
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PLANILLA
ANEXA AL ARTICULO 1º |
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MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS PUBLICAS |
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SECRETARIA
DE PORGRAMACION ECONOMICA |
SUBSECRETARIA DE
PROGRAMACION MACROECONOMICA SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL
SIBSECRETARIA DE INVERSION PUBLICA SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS |
SECRETARIA
DE COORDINACION |
SECRETARIA
DE HACIENDA |
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO |
SECRETARIA
DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA |
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA
SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIRO |
SUBSECRETARIA COMERCIO
INTERIOR SUBSECRETARIA MINERIA |
SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION |
SUBSECRETARIA DE
AGRICULTURA GANADERIA Y FORESTACION |
SUBSECRETARIA DE PESCA |
SUBSECRETARIA DE
ALIMENTACION Y MERCADOS |
SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE |
SUBSECRETARIA
DE GESTON DE LOS RECURSOS HIDIRCOS SUBSECRETARIA TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL
Y MARITIMO SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE
METROPOLITANO Y DE LARGA DISTANCIA |
SECRETARIA DE NERGIA Y
PUERTOS |
SUBSECRETARIA DE ENERGIA SUBSECRETARIA
DE COMBUSTIBLES USBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES |
Planilla
Anexa al Articulo 2° secretaria de Programación Económica objetivos |
1.- Elaborar y proponer
instrumentos para la programación, la consistencia y el análisis de la
política económica. |
2.- Efectuar el
seguimiento sistemático de la situación de la economía global, sectorial y
regional. |
3.- Coordinar en su
carácter de autoridad de aplicación del Sistema Nacional de inversión
Pública, la evaluación y propuesta de prioridades en los proyectos de
inversión pública y programas con financiamiento externo, así como también la
actualización de los planes anual \ plurianual de inversión. |
4.- Conducir, a través del
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, el Sistema Estadístico Nacional y
los Censos Nacionales; elaborar las estadísticas nacionales socioeconómicas,
y los análisis y estudios que deriven de ellos. |
5.- Conducir, a través de
las respectivas áreas, los Sistemas de Cuentas Nacionales e Internacionales y
los analisis y estudios que deriven de ellos. |
6.- Programar y coordinar
la evaluación de las políticas de gasto social consolidado, su financiamiento
y su impacto sobre la población y efectuar diagnósticos y seguimientos de los
niveles de vida de la población. |
7.- Coordinar todo lo
vinculado con las relaciones y negociaciones con los organismos financieros
internacionales de crédito, bilaterales y no bilaterales. |
8.- Coordinar los aspectos
económicos, fiscales y financieros entre el GOBIERNO NACIONAL y los GOBIERNOS
PROVINCIALES y el GOBIERNO DE LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES. |
9.- Dirigir la
coordinación de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los
derechos societarios de las participaciones accionarias
o de capital en empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario, e
instruir a los representantes del Estado Nacional en las citadas empresas,
incluyendo las que estén en proceso de total privatización. |
10.- Supervisar el
desarrollo de los servicios de seguros y mercado de valores en función de las
políticas de apertura externa y desregulación. |
11.- Efectuar la
coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones con el BANCO
DE LA NACION
ARGENTINA, BANCO HIPOTECARIO NACIONAL y el BANCO DE
INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA (BICE). |
12.- Coordinar las
relaciones entre la
COMISION NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE
SEGUROS DE LA NACION,
la CASA DE
MONEDA SOCIEDAD DEL ESTADO y el INSTITUTO SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS DE
GOBIERNO, con el PODER EJECUTIVO NACIONAL. |
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SUBSECRETARIA
DE PROGRAMACION MACROECONOMICA OBJETIVOS |
1.- Coordinar la
realización de análisis prospectivos que vinculen los objetivos e
instrumentos de las políticas macroeconómicas. |
2.- Conciliar los
distintos planes, programas y proyectos con los lineamientos de la política
económica en el plano fiscal, monetario y de ingresos. |
3.- Efectuar el
seguimiento sistemático de la coyuntura económica y publicar indicadores e
informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía. |
4.- Organizar y elaborar
los Sistemas de Cuentas Nacionales e Internacionales y los análisis y
estudios conexos. |
5.- Evaluar los programas
de gasto social consolidado, realizando un diagnóstico y seguimiento
permanente de su impacto sobre las condiciones de vida de la población. |
6.- Supervisar todo lo
vinculado con el INSTITUTO SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS DE GOBIERNO. |
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SUBSECRETARIA
DE PROGRAMACION REGIONAL OBJETIVOS |
1.- Formular el Programa
Nacional de Desarrollo Regional. |
2.- Coordinar con
dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y de
otros Ministerios, todos los aspectos relacionados con la programación
económica regional. |
3.- Ofrecer asistencia
técnica a las provincias en la formulación de programas de desarrollo
regional. |
4.- Proponer instrumentos de
financiamiento apropiados para el apoyo del desarrollo regional. |
5.- Coordinar la Instrumentación
de un banco único de datos económicos y sociales sobre provincias y economías
regionales. |
6.- Realizar estudios
sobre las economías regionales. |
7.- Actuar como unidad
ejecutora de proyectos orientados al desarrollo regional. |
8.- Coordinar los aspectos
fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales en la relación
entre el GOBIERNO NACIONAL y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales
y diseñar y operar un sistema de información sobre la gestión financiera de
las Provincias y Municipios que permita su integración a las cuentas nacionales. |
9.- Efectuar la evaluación
y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados Provinciales, su
infraestructura productiva, los procesos de privatizaciones y desregulación y
en general. todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones objeto
de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las
Provincias. |
10.- Coordinar
en todo lo atinente a opciones de Cooperación y Asistencia Nacional e
Internacional, Bilaterales y Multilaterales, disponibles para las Provincias
y Municipios en apoyo de sus políticas y acciones fiscales, económicas y
financieras. |
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SUBSECRETARIA
DE INVERSION PUBLICA OBJETIVOS |
1. - Evaluar y
proponer las prioridades de los proyectos de inversión pública nacional y de
los programas con financiamiento externo. |
2.- Entender en el Sistema
Nacional de Inversiones Públicas e intervenir en los proyectos, sujetos a sus
disposiciones. |
3.- Elaborar el Plan
Nacional de Inversiones Públicas y asegurar su actualización permanente. |
4.- Interactuar con la
actividad privada de los efectos del cumplimiento de la Ley N° 24.354 de creación del Sistema Nacional de Inversiones
Públicas. |
5.- Intervenir en las
negociaciones con los Organismos Internacionales de crédito y en el control y
seguimiento de los programas y proyectos con financiamiento externo. |
6.- Colaborar con la SECRETARIA DE
HACIENDA en la elaboración del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de
Recursos de la Administración Nacional, específicamente en lo
relativo a los proyectos de inversión pública nacional, con el alcance
establecido en la Ley N° 24.354, y
a los proyectos financiados por organismos internacionales de crédito. |
7.- Asegurar el
desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información
destinados a lograr una eficiente ejecución de los programas con los
organismos internacionales de crédito. |
8.- Resolver sobre las
medidas correctivas que coadyuven a la buena administración de los préstamos
con los organismos internacionales de crédito y a la mayor eficiencia para la
ejecución de los proyectos y programas de inversión
pública. |
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SUBSECRETARIA
DE BANCOS Y SEGUROS OBJETIVOS |
1.- Ejecutar las políticas
relativas al desarrollo de los servicios de seguros y mercado de valores. |
2.- Asistir al Secretario
de Programación Económica en lo que respecta a las relaciones con la COMISION NACIONAL
DE VALORES y SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION. |
3.- Asistir en la
coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones con el BANCO
DE LA NACION
ARGENTINA, el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL y el BANCO DE
INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA (BICE). |
4.- Coordinar el análisis
y realizar propuestas de alternativas para el diseño de la política del
sector financiero. |
5.- Ejecutar las acciones
para coordinar la venta de los paquetes accionarios en poder del Estado
Nacional. |
6.- Coordinar las
políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de
las participaciones accionarias o de capital de
empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario y estén en proceso de
total privatización, e instruir a los representantes del Estado Nacional en
las citadas empresas. |
7.- Instrumentar las
políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de
las participaciones accionarias o de capital de empresas
donde el Estado Nacional sea socio minoritario, e instruir a los
representantes del Estado Nacional en las citadas empresas. |
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SECRETARIA
DE COORDINACION OBJETIVO |
1.- Dirigir y coordinar el
desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la
jurisdicción, y fiscalizar el desarrollo de las mismas en sus organismos
descentralizados. |
2.- Intervenir en la
elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones
administrativas y resoluciones vinculadas con las actividades sustantivas de
la jurisdicción. |
3.- Coordinar la
aplicación de políticas administrativas y financieras en la jurisdicción
ministerial. |
4.- Coordinar la política
de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos y
sumarios administrativos-disciplinarios. |
5.- Elaborar y supervisar
la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las relaciones
institucionales del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
tanto en las diversas áreas de la
Administración Pública Nacional, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y el PODER
JUDICIAL DE LA NACION,
como con los diferentes sectores del ámbito público y privado. |
6.- Coordinar la
aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial
del sector público nacional. |
7.- Coordinar la dirección
y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del
ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, cuando
correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los proceso de saneamiento de los
pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el sector público. |
8.- Coordinar lo vinculado
a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos
respecto del Estado Nacional, en lo que es materia de su competencia. |
9.- Coordinar las
relaciones entre la
DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES y el PODER EJECUTIVO NACIONAL. |
10 - Supervisar
lo vinculado al desarrollo de las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI). |
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SUBSECRETARIA
LEGAL OBJETIVOS |
1.- Coordinar el servicio
jurídico y mantener ordenados los textos de la normativa vinculada con la
actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los
servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados. |
2. Intervenir en todos los
proyectos de leyes. decretos, decisiones administrativas o resoluciones que
introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la
jurisdicción. |
3.- Intervenir en todos
aquellos proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o
modifiquen normas -vinculadas a la gestión empresaria y en resguardo de los
intereses de la participación accionaria del Estado
Nacional. |
4.- Coordinar el control
de los servicios de carácter contencioso en los que el MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS o sus entes descentralizados, sean parte. |
|
SUBSECRETARIA
DE ADMINISTRACION OBJETIVOS |
1.- Efectuar la
compatibilización y coordinación administrativa de
las áreas integrantes de la jurisdicción ministerial, ya sea centralizada o
descentralizada, así como la planificación de las actividades de
administración. |
2.- Coordinar
la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas
administrativos e informáticos, la sustanciación de los sumarios
administrativos-disciplinarios de la jurisdicción ministerial y el accionar
del Centro de Documentación e Información. |
3. - Coordinar la
ejecución de los programas de propiedad participada. |
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SUBSECRETARIA
DE NORMALIZACION PATRIMONIAL OBJETIVOS |
1.- Coordinar las
actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a favor del
TESORO NACIONAL. |
2.- Coordinar la
aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de
los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades
que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier
causa. |
3.- Coordinar la
aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector
Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes. |
4.- Asistir en la
dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y
empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los
pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el sector público
nacional. |
5.- Ejecutar las acciones
vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus
pasivos respecto del Estado Nacional, en lo que es materia de su competencia. |
|
SUBSECRETARIA
DE RELACIONES INSTITUCIONALES OBJETIVOS |
1. - Asistir en la
elaboración y coordinar la ejecución de las políticas inherentes al
sostenimiento de las relaciones institucionales del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, tanto con las diversas áreas de la
Administración Pública, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y el PODER
JUDICIAL DE LA NACION
como con los diferentes sectores del ámbito público y privado. |
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SECRETARIA
DE HACIENDA OBJETIVOS |
1.- Dirigir la
administración financiera del Sector Público Nacional a través de los
sistemas de presupuesto, tesorería, contabilidad y crédito público. |
2.- Coordinar el diseño de
un sistema impositivo, aduanero, y de los recursos de la seguridad social,
adecuado a las circunstancias de orden económico y social. Asegurar la
correcta interpretación de las normas tributarias. |
3.- Entender en el diseño
de regímenes de promoción económica con responsabilidad directa en los
aspectos tributarios y los fines extra-fiscales que se persigan a través de
los mismos, actuando como autoridad de control en la utilización de
beneficios promocionales a partir de la información
suministrada por los organismos de aplicación y fiscalización competentes en
la materia y de aplicación cuando las normas respectivas así lo establezcan. |
4.- Coordinar la
negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera con
el fin de armonizar la aplicación de las normas nacionales con las vigentes
internacionalmente, e intervenir en aquellos que traten recursos de la
seguridad social. Asimismo coordinar los aspectos impositivos y aduaneros
referidos a armonización tributaria en procesos de integración regional. |
5.- Supervisar el accionar
del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION. |
6.- Coordinar la
aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera
del gasto público nacional. |
7.- Entender en lo
relativo a las políticas, normas y sistemas de contrataciones del Sector
Público Nacional. |
8.- Coordinar la
administración y control del crédito público interno y externo. |
9.- Preservar el crédito
público. |
10.- Coordinar la
formulación, propuesta e implementación de las políticas relativas al
financiamiento interno y externo del Estado Nacional. |
11.- Supervisar y
coordinar la aplicación de todo acto o negociación de financiamiento a
celebrarse por la
Nación, las provincias o sus organismos o empresas, por las
que se originen, o puedan eventualmente originar obligaciones de pago en
moneda extranjera. |
12.- Proponer la política
salarial del Sector Público. |
13.- Coordinar los
aspectos contables entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y
el GOBIERNO DE LA CIUDAD
DE BUENOS AIRES. |
14.- Mantener un mecanismo
de enlace permanente con la
UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO. |
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SUBSECRETARIA
DE PRESUPUESTO OBJETIVOS |
2.- Coordinar el
desarrollo y aplicación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector
Público Nacional. |
3.- Coordinar el sistema
de administración de fondos del Sector Público Nacional. |
4.- Coordinar la política
salarial del Sector Público Nacional. |
5.- Desarrollar y
coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Física y
Financiera. |
6.- Asistir en la
coordinación de los aspectos contables entre el Gobierno Nacional, los
Gobiernos Provinciales y el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS
AIRES. |
7.- Proponer las
políticas, normas y sistemas relativos a las contrataciones del Sector
Público Nacional. |
|
SUBSECRETARIA
DE POLITICA TRIBUTARIA OBJETIVOS |
1.- Diseñar un sistema
impositivo aduanero, y de los recursos de la seguridad social, adecuado a las
circunstancias de orden económico y social. Asegurar la correcta
interpretación de las normas tributarias. |
2.- Asistir al señor
Secretario de Hacienda en el diseño de regímenes de promoción económica con
responsabilidad directa en los aspectos tributarios y los fines
extra-fiscales que se persigan a través de los mismos, así como en su
actuación como autoridad de control en la utilización de beneficios
promociónales, y de aplicación cuando las normas respectivas así lo
establezcan. |
3. - Negociar
acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera con el fin de
armonizar la aplicación de las normas nacionales con las vigentes
internacionalmente, e intervenir en aquellos que traten recursos de la
seguridad social, como así también asistir al Secretario de Hacienda en la
coordinación de los aspectos impositivos y aduaneros comprendidos en los
procesos de armonización tributaria en el marco de las integraciones regionales. |
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SUBSECRETARIA
DE FINANCIAMIENTO OBJETIVOS |
1. - Asistir en
la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera. |
2.- Coordinar la ejecución
de las políticas y medidas relativas al financiamiento externo e interno del
Estado Nacional, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con
entes financieros nacionales, extranjeros, públicos o privados. |
3.- Coordinar el sistema
de información sobre el mercado de capitales de crédito y de apoyo y
orientación a las negociaciones. |
4.- Proponer la
normalización de los procedimientos de emisión, colocación y rescate de
empréstitos, así como los de negociación, contratación y amortización de
préstamos en todo el ámbito del Sector Público Nacional. |
5.- Fiscalizar que los
medios de financiamiento obtenidos mediante operaciones de crédito público se
apliquen a sus fines específicos. |
6.- Coordinar la
administración de la deuda pública y mantener un registro actualizado sobre
el endeudamiento público, debidamente integrado al sistema de contabilidad
gubernamental. |
7.- Establecer las
estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública
y supervisar su cumplimiento. |
|
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA OBJETIVOS |
1.- Definir la política
industrial y el diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para
contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector, actuando
como autoridad de aplicación de los regímenes de promoción, cuando las normas
respectivas así lo establezcan. |
2.- Analizar la
problemática de los diferentes sectores industriales , detectando las
necesidades de asistencia financiera y tecnológica ,entre otras. |
3.- Promover los procesos
de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial como regional. |
4.- Realizar y definir
negociaciones sectoriales en el área industrial del proceso de integración
regional y/o acuerdos especiales con otros países en lo que es materia de su
competencia. |
5.- Promover el
mejoramiento de los estándares de competitividad del sector industrial a
través de una adecuada asistencia tecnológica. |
6.- Definir políticas y
acciones específicas que atiendan la problemática de la pequeña y mediana
empresa industrial, comercial y minera. |
7.- Ejercer el control
superior del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRlAL
(INTI). |
8.- Definir, ejecutar y
controlar dentro del país, las políticas del Comercio Exterior de la Nación, en la
programación de la estructura arancelaria, las políticas de defensa de la
competencia leal internacional, entendiendo en las funciones inherentes a las
negociaciones económicas y comerciales internacionales. ya sea bilaterales,
regionales o multilaterales. en particular en los aspectos comerciales e
industriales de la integración regional y/o convenios especiales con otros
países. |
9.- Definir,
controlar y ejecutar la política comercial interna, en la organización y
fiscalización del abastecimiento, en las políticas vinculadas con la lealtad
comercial, la defensa del consumidor y la competencia. |
10- Coordinar a
los fines del comercio y la inversión, los distintos planes, programas y
proyectos con los lineamientos de la política económica, así como también los
correspondientes a la integración económica regional y hemisférica. |
11.- Coordinar
lo vinculado con la promoción y registro de inversiones extranjeras en el
país, en las áreas de su incumbencia. |
12.- Coordinar la
aplicación de las políticas de desregulación establecidas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, tanto en lo relativo a la desregulación de procedimientos
internos de la Administración Pública Nacional. que coadyuven
al logro de la política económica trazada, como en lo relativo al
funcionamiento de la economía privada. |
13.- Centralizar y
coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS se establezcan con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, así como también de las que surjan de su
requerimiento, dirigidas a cualquier área de la jurisdicción ministerial. |
14.- Supervisar las
acciones tendientes a facilitar el financiamiento de la reestructuración
productiva. |
15.- Supervisar el
accionar de la
COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR y de la COMISION NACIONAL
DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA. |
16.- Elaborar, ejecutar y
fiscalizar la política minera nacional, fomentar el crecimiento
económico-minero y crear las condiciones para impulsar la inversión en el
sector. |
17.- Entender como
autoridad de aplicación en la definición del régimen jurídico-minero, normas
de procedimiento conexas, inversiones mineras y seguridad e higiene minera,
promoviendo las acciones conducentes a su sanción legislativa. |
18.- Promover y participar
en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte,
y supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los organismos
crediticios internacionales, a fin de impulsar la reactivación del sector. |
19.- Entender en la
ejecución de la carta geológica y prospección minera de base de LA REPUBLICA ARGENTINA. |
20.- Promover los estudios
e investigaciones geológico-mineras, economico-financieras,
estadísticas y de mercado necesarios para evaluar, planificar y coordinar el
racional aprovechamiento de los recursos mineros del país, contemplando la
preservación del medio ambiente. |
|
SUBSECRETARIA
DE INDUSTRIA OBJETIVOS |
1.- Efectuar la propuesta,
ejecución y control de la política industrial, coordinar los estudios que
sirvan de base para la elaboración de instrumentos tendientes al desarrollo
del sector y fiscalizar su utilización. |
2.- Promover propuestas
tendientes a crear nuevos regímenes sectoriales y generales de carácter
industrial. |
3.- Promover los estudios
sobre la evolución de las diferentes ramas industriales en el mercado local e
internacional, de manera de facilitar los procesos de reconversión productiva
en interacción con el sector privado. |
4.- Promover y proponer
acciones tendientes a lograr mejoras en los sistemas de calidad y
productividad en el sector industrial. |
5.- Proponer y desarrollar
instrumentos de asistencia a las pequeñas y medianas empresas del sector
industrial y entender en los aspectos vinculados a la instrumentación de los
planes que se establezcan. |
|
SUBSECRETARIA
DE COMERCIO EXTERIOR OBJETIVOS |
1.- Proponer, ejecutar y
realizar el control de gestión de la política de comercio exterior de la Nación. |
2.- Entender en la
formulación y ejecución de la política arancelaria. |
3.- Entender en la
elaboración, propuesta y ejecución de las políticas de reembolsos y
reintegros a la exportación, de seguro de crédito a la exportación y demás
instrumentos relacionados con el comercio exterior y la promoción de
exportaciones. |
4.- Entender en lo
referente a las prácticas antidumping, a las subvenciones
y medidas compensatorias en el ámbito de su competencia. |
5.- Intervenir en las
negociaciones económicas y comerciales internacionales así como también en el
seguimiento y negociación de los procesos de integración regional y
hemisférica, así como también en las gestiones ante bloques económicos y
zonas de integración, negociaciones multilaterales y con los países de la
región Asia- Pacífico, a fin de mantener su consistencia con la política económica
global. |
6.- Intervenir en la
fijación de la política de promoción comercial y participación en ferias,
exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio con el
exterior. A estos fines administrará servicios de estudio y asesoramiento en
apoyo a las exportaciones, tales como oportunidades y acceso a mercados
externos, actuales y potenciales áreas con normas de restricciones al
comercio multilateral libre, estándares y procedimientos de exportación. Se
procurará organizar estos servicios especializándolos por país y por región,
o grupos de países según la importancia comercial de cada uno. |
7.- Intervenir juntamente
con las demás áreas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
con competencia en la producción y los servicios, en la elaboración de la
normativa y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los
productos destinados a la exportación. |
8.- Asistir al señor
Secretario de Industria, Comercio y Minería, a los fines del comercio
exterior y la inversión, en la coordinación de los distintos planes,
programas y proyectos con los lineamientos de política económica en el plano
fiscal, monetario y de ingresos, así como también los correspondientes a la
integración económica regional y hemisférica. |
9.- Coordinar y
desarrollar estudios destinados a la evaluación de la situación del comercio
internacional, en sus aspectos reales y financieros y su relación con la
política económica general y con la comercial externa en particular. |
10.- Asistir al señor
Secretario de Industria, Comercio y Minería en el estudio y análisis sobre
oportunidades de financiamiento externo, para el comercio exterior y las
inversiones. |
11.- Centralizar y
coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS se establezcan con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en lo relativo al comercio exterior y la
integración regional y hemisférica. |
|
SUBSECRETARIA
DE COMERCIO INTERIOR OBJETIVOS |
1.- Efectuar la
propuesta, seguimiento y control de aplicación de la política de desregulación
en todos los ámbitos de la actividad económica, tanto en lo concerniente a la
propia gestión de la administración, a las actividades del sector privado
sujetas a regulación, así como también la asistencia técnica en materia de
desregulación a otras jurisdicciones. |
2.- Efectuar la propuesta,
evaluación y control de las políticas y normas tendientes a mejorar la
organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicos como
privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad
funcional y la modernización de las normas técnicas, adoptando los marcos
normativos necesarios para afianzar la competencia, los derechos del
consumidor y el aumento en la oferta de bienes y servicios. |
3.- Efectuar la propuesta,
ejecución y control de la política comercial interna, supervisar las
actividades relacionadas con la organización de los mercados, fiscalización
del abastecimiento, la promoción y asistencia a las pequeñas y medianas
empresas del sector comercial interno y en especial, el seguimiento y
verificación de todo lo relacionado con metrología legal, la lealtad
comercial, la defensa del consumidor y la defensa de la competencia. |
|
SUBSECRETARIA
DE MINERIA OBJETIVOS |
1.- Proponer, ejecutar y
controlar la política minera de la Nación, tendiendo al aprovechamiento, uso
racional y desarrollo de los recursos geológico-mineros. |
2.- Promover y coordinar
la política tecnológico-minera, estableciendo las medidas tendientes al
desarrollo e incorporación de nuevas tecnologías. |
3.- Centralizar la
información elaborada por los organismos incorporados al sistema del Banco Unico de Datos Geológico-Minero y coordinar y planificar
las tareas de recepción, procesamiento y difusión del material, siendo
responsable de su custodia, preservación e inventario. |
4.- Participar en la
política de integración regional y dinamización
Nacional en todo lo referido a recursos geológico-mineros, coordinando con
los organismos competentes la política arancelaria y de comercialización de productos minerales. |
5.- Supervisar el accionar
del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR). |
6.- Proponer, ejecutar y
controlar los servicios públicos geológico-mineros, tendiendo a la
consolidación y desarrollo de la inversión privada en el Sector. |
|
SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION OBJETIVOS |
1.- Elaborar y
ejecutar planes, programas y políticas de producción, comercialización,
tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, pesquera, forestal y
agro industrial, coordinando y conciliando los intereses del Gobierno
Nacional, las Provincias y los diferentes subsectores. |
2.- Promover la
utilización y conservación de los recursos naturales destinados a la
producción agrícola, ganadera, forestal y pesquera a fin de acrecentar el
capital productivo del país y el desarrollo económico del sector. |
3.- Realizar el
seguimiento de la producción, de los mercados nacionales e internacionales y
de los programas, proyectos y actividades de su competencia. Asimismo,
efectuar el seguimiento del accionar de los organismos descentralizados del
sector, a fin de evaluar su desempeño y realimentar los procesos de
formulación de políticas y toma de decisiones. |
4.- Definir las políticas
referidas al desarrollo, promoción, calidad y sanidad de productos,
industrializados o no, para consumo alimentario de origen animal o vegetal. |
5.- Entender en el control
comercial del mercado de granos, ganados, carnes y subproductos de la
ganadería, como así también en lo relativo a la aplicación de la política
comercial interna y externa de productos agropecuarios. |
6.- Controlar la
aplicación de los marcos regulatorios y el
cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del sector
agropecuario que son brindados por el sector privado. |
7.- Promover y desarrollar
la actividad hípica, controlando la aplicación de las normas referidas a
dicha actividad e impulsando el conocimiento de la producción nacional de
ejemplares equinos en el exterior. |
8.- Establecer
delegaciones en las distintas regiones del país con el fin de desconcentrar
la ejecución de las políticas de la jurisdicción y facilitando la integración
con los distintos sectores del quehacer agropecuario, agroindustrial,
forestal, alimentario, pesquero y agrícola. |
9.- Promover la creación
de un sistema integral de gestión agropecuaria a fin de permitir una
actuación coordinada de la Secretaría y sus organismos descentralizados. |
10- Actuar como
Autoridad Nacional de Aplicación y Contralor de la Ley N° 9643, en lo relativo a warrants
y certificados de depósito. |
|
SUBSECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION OBJETIVOS |
1.- Coordinar el estudio
de los distintos factores que afectan el desarrollo de la actividad
agropecuaria y forestal, la evaluación de sus tendencias, tanto en el país
como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global o
sectorial que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha actividad. |
2.- Efectuar propuestas y
coordinar la ejecución de políticas de promoción, desarrollo y financiamiento
de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, procurando la sostenibilidad de los recursos naturales. |
3.- Asistir al Secretario
en su relación con los Gobiernos Provinciales en materia de producción y
servicios agropecuarios y forestales. |
4.- Asistir y coordinar
las actividades de cooperación técnica internacional y de financiamiento
externo. |
5.- Proponer y coordinar
las actividades de desarrollo rural. |
6.- Asistir al Secretario
en el seguimiento de los programas. proyectos y actividades de los organismos
descentralizados, en especial el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA
AGROPECUARIA (INTA) y el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), así como en
la evaluación de su desempeño. |
|
SUBSECRETARIA
DE PESCA OBJETIVOS |
1.- Efectuar la propuesta
y coordinar la ejecución de políticas de fomento y regulación de la pesca y
agricultura, así como también la industrialización, comercialización y
transporte de sus productos. |
2.- Asistir al Secretario
de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en la promoción de la
utilización y conservación de los recursos pesqueros destinados a la
producción. |
3.- Proponer y ejecutar
medidas tendientes a aumentar la productividad e incrementar las
exportaciones con valor agregado, sin afectar la conservación de los
recursos. |
4.- Coordinar la
celebración de acuerdos bilaterales y/o multilaterales que permitan una mejor
administración, conservación y ordenamiento de los recursos, incluyendo los
de alta mar y asistir al Secretario en las negociaciones internacionales en
las que se traten temas de interés para la actividad. |
5.- Asistir al señor
Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el seguimiento
de los programas, proyectos y actividades del INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), así como en la evaluación de su
desempeño. |
|
SUBSECRETARIA
DE ALIMENTACION Y MERCADOS OBJETIVOS |
1.- Coordinar el estudio
de los distintos factores que afectan el desarrollo de la producción de
alimentos, evaluar sus tendencias, tanto en el país como en el exterior,
proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que posibiliten
impulsar el desarrollo de dicha actividad. |
2.- Efectuar la propuesta
y coordinar la ejecución de políticas de desarrollo, promoción y calidad de
productos, industrializados o no, para consumo alimentario de origen animal
y/o vegetal. |
3.- Realizar la propuesta
y coordinar la ejecución de las políticas de comercialización, regulación y
fiscalización de la producción agroalimentaria y el seguimiento de los
mercados agropecuarios y agroindustriales, así como las negociaciones
internacionales, comerciales y sanitarias de estos rubros. |
4.- Asistir al señor
Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el seguimiento
de los programas, proyectos y actividades de los organismos descentralizados,
en especial el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
(SENASA) y el INSTITUTO DE VITIVINICULTURA (INV), así como en la evaluación de sus respectivos
desempeños. |
|
SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE OBJETIVOS |
1.- Entender en la
elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de
obras públicas y transporte, terrestre, aerocomercial y fluvial y marítimo,
supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas y proyectos
vinculados a ellas. Asimismo, proponer el marco regulatorio
destinado a facilitar su ejecución, ejerciendo las atribuciones conferidas
directamente por la normativa vigente sobre la materia o las que en el futuro
se le deleguen. |
2.- Conducir la gestión y
obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países
u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos
y políticas de la
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE. |
3.- Entender en la
formulación, seguimiento y control de aplicación de las políticas relativas a
los bienes físicos de propiedad del Estado Nacional e implementar y mantener
actualizado un sistema de información que facilite la operación de dichos
bienes. |
4.- Supervisar y coordinar
todos los actos de administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional
correspondientes a la Administración Centralizada, su adquisición,
disposición, conservación, mantenimiento y asignación, y en la
racionalización de los espacios físicos, formulando las políticas relativas a
su conservación y mantenimiento, y efectuar su seguimiento y control. |
5.- Ejercer las
atribuciones encomendadas a la COMISION VENTA INMUEBLES ESTATALES creada por
Decreto N° 2137 del 10 de octubre de 1991 y ejercer
las atribuciones encomendadas por la
Ley N°
24383. |
6.- Entender en la
elaboración, propuesta y ejecución de las políticas relativas a la gestión de
los recursos hídricos, incluyendo los servicios e infraestructuras
comprendidos, supervisando su cumplimiento y coordinando los planes,
programas y proyectos de desarrollo vinculados a los mismos en todas sus
manifestaciones, a fin de proveer a su uso correcto y eficiente, y a la
determinación de políticas tarifarias y de
participación pública y privada en las diversas facetas de la gestión. |
7.- Entender en el
funcionamiento de un sistema integrado de transportes interno e internacional
coordinando sus acciones y elaborando las medidas que permitan el desarrollo
de los modos aéreo, terrestre y fluvial y marítimo, en condiciones de máxima
eficiencia, de conformidad con las facultades otorgadas por la legislación y
la normativa vigente. |
8.- Definir y controlar
las políticas y planes de corto, mediano y largo plazo para transporte
interno e internacional que faciliten una adecuada coordinación, orientadas
en especial a favorecer la integración latinoamericana y promover los
estudios y acciones que posibiliten distintas formas de desregulación,
privatización y/o concesión parcial o total de los servidos en la medida que
tienda al perfeccionamiento del sistema. |
9.- Supervisar el control
y fiscalización de los servicios de transporte que se prestan a través de los
diferentes modos, asegurando la máxima calidad del servicio y protección al
usuario en condiciones racionales de economicidad,
y coordinar las acciones relativas a prevención, accidentes y seguridad vial. |
10- Participar en las
reuniones de consulta, reuniones técnicas o negociaciones con autoridades del
transporte aerocomercial de los demás países, necesarios para la elaboración
de los instrumentos de regulación de las relaciones aerocomerciales
internacionales. |
11- Ejercer las facultades
de controlar respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas
privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretaría
cuando tengan una vinculación funcional con la misma, y hacer cumplir los
marcos regulatorios correspondientes. |
12.- Asistir en la
resolución de los recursos de carácter administrativo que se interpongan en
contra de las actividades especificas del accionar de los entes mencionados
en el párrafo anterior. |
13.- Conducir las acciones
tendientes a aplicar la política sectorial orientando el proceso de
adaptación de los nuevos operadores al interés general. |
|
SUBSECRETARIA
DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS OBJETIVOS |
1. - Asistir al
Secretario de Obras Públicas y Transporte en la ejecución de la política
hídrica nacional y en la elaboración y propuesta del marco regulatorio relativo a la gestión de los recursos
hídricos, en conjunción con las políticas de preservación que determine la SECRETARIA DE
RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE, y vinculando la acción de las
jurisdicciones y organismos intervinientes en la
problemática hídrica. |
2.- Asesorar al Secretario
de Obras Públicas y Transporte en la planificación de la política exterior de
la Nación
en materia de recursos hídricos internacionales compartidos, sus cuencas,
cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de agua en general, asumiendo
la representación técnica nacional en los organismos de cuencas respectivos,
y asistirlo en la ejecución de programas y acciones vinculados a la gestión
de dichos cuerpos hídricos. |
3.- Asistir al Secretario
de Obras Públicas y Transporte en la ejecución de los programas y acciones
orientados a la gestión Integral de cuencas y regiones hídricas
interprovinciales, representando al Estado Nacional cuando corresponda a la
legislación vigente, en concordancia con los lineamientos que determine la SECRETARIA DE
RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE y en coordinación con los
organismos y jurisdicciones involucrados. |
4.- Asistir al Secretario
de Obras Públicas y Transporte en la programación, diseño y ejecución de
programas y acciones de gestión y desarrollo de infraestructura y servicios
vinculados a los recursos hídricos, promoviendo mecanismos de construcción,
operación y mantenimiento y de control y regulación que, en lo posible,
contemplen la participación empresaria privada y de la comunidad involucrada. |
5.- Asistir al Secretario
de Obras Públicas y Transporte en la planificación y ejecución de la política
nacional referida a la prestación de los servicios públicos de abastecimiento
de agua potable, evacuación y tratamiento de excretas y otros
complementarios. |
6.- Asistir al Secretario
de Obras Públicas y Transporte en la Gestión y obtención de cooperación técnica y
financiera, provenientes de organismos internacionales o de otro origen,
destinada a la concreción de los objetivosde la
Subsecretaría. |
7.- Celebrar convenios con
las provincias, municipios y/u otras entidades para el desarrollo e
implementación de los programas y acciones de su competencia. |
8.- Asistir al Secretario
de Obras Públicas y Transporte en la supervisión del accionar de los
organismos descentralizados de su Jurisdicción. |
|
SUBSECRETARIA
DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL, MARITIMOS OBJETIVOS |
1.- Efectuar la
propuesta y el control de ejecución de las políticas, planes y programas
referidos al transporte aerocomercial, fluvial y marítimo. |
2.- Coordinar los estudios
para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades
operativas, régimen tarifario y toda otra normativa
vinculada con las acciones de su competencia. |
3.- Elaborar y proponer
políticas de desregulación, privatización y/o concesión de los servicios de
transporte. |
4.- Coordinar todo lo
relativo a planes de ruta como así también la modificación o actualización de
la legislación y el funcionamiento del sistema de transporte aerocomercial. |
5.- Participar en la
reestructuración del sistema nacional de aeropuertos. |
6.- Aplicar las
prescripciones del Código Aeronáutico, los Acuerdos Internacionales y las
normas reglamentarias en todo lo concerniente al transporte aerocomercial. |
7.- Supervisar el accionar
de los organismos descentralizados de su jurisdicción. |
8.- Propiciar el sistema
de promoción a través de la complementación económica. |
|
SUBSECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS OBJETIVOS |
1.- Elaborar el plan
operativo de obras de la
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE y conducir su ejecución. |
2.- Coordinar la
programación de la inversión en obra pública. Coordinar el análisis y la
elaboración de las propuestas sobre el marco regulatorio
que facilite la concreción de las mismas. |
3.- Elaborar los pliegos e
intervenir en el proceso de contratación de la obra pública de
responsabilidad de la
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE. |
4.- Asistir al Secretario
de Obras Públicas y Transporte en el ejercicio de las facultades que le han
sido delegadas o le fueren delegadas en el futuro respecto de las normas
rectoras sobre obras públicas y/o sobre concesiones de obras públicas. |
5.- Asistir en la
planificación de las políticas de concesiones de obras públicas, en especial,
del sistema vial nacional. |
6.- Asistir a los
organismos de contralor respectivos en la fiscalización de las concesiones
viales. |
7.- Entender en la
formulación, seguimiento y ejecución de las políticas relativas a la
construcción, conservación y reciclaje de edificios fiscales y a la
restauración y conservación de monumentos históricos nacionales. |
8.- Entender en la
elaboración, ejecución, modificación, reformulación y rescisión de los
contratos celebrados y las licitaciones o contrataciones que se efectúen con
motivo de las acciones vinculadas a la restauración, conservación,
preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje de los monumentos y
lugares históricos e inmuebles fiscales, como así también la administración
de obras solicitadas por otros organismos o reparticiones del Estado
Nacional. |
9.- Brindar la asistencia
técnica y administrativa al Tribunal Arbitral de Obras Públicas. |
10- Supervisar
el accionar de los organismos descentralizados de su jurisdicción. |
|
SUBSECRETARIA DE
TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LARGA DISTANCIA OBJETIVOS |
1.- Efectuar la propuesta
y el control de ejecución de las políticas, planes y programas referidos al
transporte automotor y ferroviario de carga y pasajeros, tanto metropolitano
como de larga distancia. |
2.- Coordinar los estudios
para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades
operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, régimen tarifario
y toda otra normativa vinculada con las acciones de su competencia. |
3.- Elaborar y proponer
políticas de desregulación, privatización y/o concesión de los servicios de
transporte. |
4.- Contribuir a la
estructuración y planificación del transporte en el Area
Metropolitana de Buenos Aires. |
5.- Supervisar el accionar
de los organismos descentralizados de su jurisdicción. |
|
SECRETARIA
DE ENERGIA Y PUERTOS OBJETIVOS |
1.- Entender en la
elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de
energía, actividad portuaria y de las vías navegables, supervisando su
cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio
destinado a facilitar su ejecución. |
2.- Ejercer las facultades
de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de los
servicios públicos privatizados o concesionados en el área de la Secretaría,
cuando los mismos tengan una vinculación funcional con la misma y hacer
cumplir los marcos regulatorios correspondientes. |
3.- Asistir en la
resolución de los recursos de carácter administrativo que se interpongan en
contra del accionar de los Entes Reguladores de las actividades específicas. |
4.- Conducir las acciones
tendientes a aplicar la política sectorial orientando el proceso de
adaptación de los nuevos operadores al interés general. |
|
SUBSECRETARIA DE ENERGIA |
OBJETIVOS |
1.- Efectuar la propuesta
y control de ejecución de las políticas sectoriales. |
2.- Monitorear las
relaciones con y entre los diferentes operadores del sistema eléctrico,
asegurando la adecuada información acerca de las condiciones de demanda y
oferta en el corto, mediano y largo plazo. |
3.- Evaluar los recursos
naturales disponibles para el aprovechamiento energético, asistir en la
elaboración de las propuestas relativas a la normativa específica para las
distintas etapas de la industria eléctrica, evaluar su impacto ambiental en
coordinación con las áreas competentes y promocionar programas conducentes al
uso racional de la energía y al desarrollo de las fuentes nuevas y
renovables. |
|
SUBSECRETARIA
DE COMBUSTIBLES OBJETIVOS |
1.- Efectuar la propuesta
y control de la ejecución de la política nacional de hidrocarburos, carbón
mineral y otros combustibles, en lo que hace a la promoción y regulación de
sus etapas de exploración, explotación, transporte y distribución. |
2.- Estudiar y analizar el
comportamiento del mercado desregulado de
hidrocarburos y carbón mineral, promoviendo políticas de competencia y de
eficiencia en la asignación de recursos. |
3.- Promover y supervisar
la explotación racional de los recursos hidrocarburíferos
y la preservación del ambiente en todas las etapas de la industria petrolera
y ejecutar las demás acciones de control y fiscalización previstas para la
autoridad de aplicación de la
Ley N°
17.319 y del Decreto N° 44/91 y ejercer el poder de
policía en materia de gas licuado envasado. |
|
SUBSECRETARIA
DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES OBJETIVOS |
1.- Efectuar la propuesta
y control de ejecución de las políticas y planes referidos a la actividad
portuaria y de las vías navegables. Ejercer todas las responsabilidades y
funciones de la autoridad portuaria nacional. |
2.- Elaborar y proponer
políticas de desregulación, privatización y/o concesión de los puertos,
servicios portuarios y de vías navegables. |
3.- Coordinar los estudios
para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades
operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, régimen tarifario
y toda otra normativa vinculada a las acciones de su competencia. |
|
DECRETO
1450/1996 |
ANEXO
II |
MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS |
UNIDAD DE AUDITORIA
INTERNA |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Verificar el mantenimiento
de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la
jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y
eficacia. |
|
ACCIONES |
1.- Establecer la
planificación de la auditoria interna de la jurisdicción, conforme a las
normas generales de Control Interno y Auditoría
Interna. |
2.- Elaborar el Plan Anual
de la Auditoría Interna. |
3.- Evaluar el
cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la
autoridad superior. |
4.- Asesorar en la
determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control
Interno. |
5.- Tomar conocimiento
integralmente de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia
económica. |
6.- Verificar si en las
erogaciones e ingresos de la jurisdicción, se cumplen los principios
contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente. |
7.- Constatar la
confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los
informes y/o estados informativos contables. |
8.- Precisar la exactitud
del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su
protección. |
9.- Emitir opinión, en el
ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las
unidades ejecutoras. |
10.- Producir informes
periódicos sobre las auditorias desarrolladas y otros controles practicados. |
11.- Comunicar a las
autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de los desvíos
que se detecten con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen. |
12- Efectuar el
seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas. |
13.- Informar sobre los
temas que la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo
de sus actividades. |
|
MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DIRECCION
GENERAL DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS RESPONSABIUDAD PRIMARIA |
Asegurar la recepción y
salida de la documentación administrativa del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS y la proveniente de otras jurisdicciones ministeriales,
Secretarías de la
PRESIDENCIA DE LA
NACION, Jefatura de Gabinete de Ministros y entes
descentralizados o dirigida a los mismos; recibir y despachar la
documentación de particulares efectuar el registro, protocolización de
resoluciones del señor Ministro, de los señores Secretarios, disposiciones de
los señores Subsecretarios y archivo de la documentación administrativa de
todas las áreas de la jurisdicción, con excepción de las notas y otra
documentación de carácter interno; coordinar la publicación de las normas en
el Boletín Oflcial autenticar las firmas de
funcionarios de este Ministerio y de Bancos Oficiales, llevar el despacho del
señor Ministro elevando para su intervención todos aquellos proyectos que se
encuentren analizados desde el punto de vista técnico-legal; efectuar el
seguimiento de los trámites administrativos de la jurisdicción, cumpliendo y
haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos administrativos,
asimismo determinar, para cada trámite administrativo, la unidad o unidades
de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el mismo. |
Asesorar al señor Ministro
respecto al grado de cumplimiento de los plazos establecidos para el
diligenciamiento de la documentación así como también supervisar dentro de su
ámbito especifico la tramitación de aquellos proyectos de carácter
prioritario, efectuando el control de gestión administrativo que corresponda. |
|
ACCIONES |
1.- Coordinar la
recepción, registro, tramitación, protocolización y comunicación de
expedientes y proyectos de leyes, decretos. decisiones administrativas y
resoluciones del señor Ministro, señores Secretarios y disposiciones de los
señores Subsecretarios, así como toda la documentación destinada al señor
Ministro. |
2.- Coordinar el giro de
la documentación a las distintas unidades conforme la responsabilidad
primaria asignada a cada una de ellas, controlando el cumplimiento de los
plazos de tramitación. |
3.- Supervisar el
seguimiento de los trámites y asesorar e informar al señor Ministro cuando
éste lo requiera. |
4.- Brindar Información a
los que acrediten condición de parte acerca del estado de tramitación de
expedientes y proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas,
Resoluciones del señor Ministro, señores Secretarios y disposiciones de los
señores Subsecretarios. |
5.- Coordinar el registro
y guarda de los expedientes y resoluciones del señor Ministro, Secretarios
Ministeriales y disposiciones de los Subsecretarios Ministeriales; así como
proceder a la protocolización de las resoluciones y disposiciones indicadas. |
6.- Otorgar vistas. |
7.- Elaborar planillas de
seguimiento y control de gestión administrativa de los trámites para
información del señor Ministro y Secretarios Ministeriales. |
|
MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS SECRETARIA PRIVADA Y CEREMONIAL RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Asistir al Señor Ministro
en lo relativo a los trámites administrativos originados en la correspondencia
dirigida a su nombre. |
Asistir al Señor Ministro
en todo lo concerniente a ceremonial y protocolo, requiriendo de las
dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, o en su
caso de otros organismos, la colaboración necesaria para el cumplimiento de
sus funciones. |
Organizar y mantener un
sistema de información que permita el seguimiento de los trámites que se
desarrollen dentro de la Secretaría Privada. |
|
ACCIONES |
1. Coordinar y mantener
actualizada la agenda del Señor Ministro. |
2.- Asistir al Señor
Ministro en lo relativo a los trámites administrativos originados en la
correspondencia dirigida a su nombre. |
3.- Organizar y mantener
un sistema de información que permita el seguimiento de los trámites que se
desarrollen dentro de la secretaría privada. |
4.- Organizar y mantener
un sistema de información y archivo de documentación relativa a las
solicitudes de audiencias recibidas y trámites administrativos que se
originen en la correspondencia enviada al Señor Ministro. |
5.- Monitorear el
desarrollo y conclusión de los trámites originados por el área o que estén
relacionados con cuestiones relativas a la Unidad Ministro. |
6.- Efectuar el análisis y
derivación a los organismos competentes de aquellas solicitudes cuyos temas
no hicieran necesario la intervención directa del señor Ministro. |
7.- Intervenir en la
organización y desarrollo de todo acto, ceremonia o reunión a la que asista
el Señor Ministro. |
8.- Entender en temas
propios a las actividades protocolares de concertación, preparación y
atención que involucre la recepción de visitas extranjeras, ya sea
delegaciones oficiales o privadas. |
9- Efectuar lo vinculado a
los aspectos de su competencia en los viajes que realice el Señor Ministro al
interior o exterior del país. |
10- Asistir, en los casos
que le sea requerido, a los funcionarios del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, en temas relativos al ceremonial y protocolo. |
11.- Intervenir, según lo
determine la superioridad, en toda reunión, simposio, congreso o
acontecimiento internacional, nacional o provincial, al cual asista el Señor
Ministro o delegue su representación. |
|
MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS OFICINA DE PRENSA Y DIFUSION RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Coordinar la
centralización y dirigir la difusión de la información del área económica del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. |
|
ACCIONES |
1.- Coordinar la
centralización y suministrar a todos los medios de difusión nacionales y
extranjeros la información producida por el Ministerio y demás organismos que
lo integran. |
2.- Participar en la
organización de las reuniones de prensa y actos de difusión. |
3.- Efectuar la
organización editorial en todas las etapas requeridas para la producción de
las publicaciones del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
que, por su naturaleza y contenido, resulte de interés nacional difundir en
el país y en el exterior. |
4.- Organizar y mantener
en funcionamiento regular las estructuras que sirvan al objetivo de difusión
informativa del Ministerio, así como también, la Sala de Periodistas. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA DIRECCION NACIONAL DE
PROGRAMACION DEL GASTO SOCIAL RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Realizar estimaciones del
Gasto Público Social Consolidado con la finalidad de medir la participación
del mismo en el total del gasto programado y ejecutado por las distintas
jurisdicciones. |
Efectuar la evaluación de
programas para las políticas de gasto social consolidado, su financiamiento y
su impacto sobre la población. |
Elaborar
estudios de los niveles de vida de la población. |
|
ACCIONES |
1. - Asistir al Secretario
de Programación Económica en los aspectos vinculados con las políticas de
gastos sociales consolidadas y niveles de vida y pobreza. |
2.- Participar en el
Consejo Asesor para el estudio de la pobreza en la Argentina (CAP) y en
el Comité Ejecutivo para el estudio de la pobreza en la Argentina (CEPA). |
3.- Crear y mantener una
base de datos sobre el gasto público de los gobiernos nacional, provincial y
municipal, sistemas de seguridad social y entes públicos no estatales. |
4.- Evaluar la evolución y
los resultados de los gastos sociales consolidados. |
5.- Participar en la
confección anual del proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de
Recursos de la Administración Nacional en lo referente a los
gastos sociales. |
6.- Efectuar proyecciones
de mediano plazo de los gastos sociales acordes con los encuadres
macroeconómicos y metas definidas . |
7- Coordinar los estudios
sobre niveles de vida y pobreza y de indicadores de seguimiento de las
políticas sociales. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA SUBSECRETARIA DE PROGRAMACIÓN
MACROECONOMICA DIRECCION NACIONAL DE CUENTAS NACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Realizar la estimación del
Producto Bruto Interno en términos reales y corrientes, los cálculos
relacionados con la demanda agregada y sus componentes y la estimación de
distribución de ingreso. |
Realizar revisiones
metodológicas y estudios vinculados al Sistema de Cuentas Nacionales a fin de
mejorar la medición del nivel de actividad económica y sus determinantes a
nivel nacional. |
|
ACCIONES |
1.- Coordinar el cálculo
del producto bruto interno, sectorial y global, así como también el del
consumo, la inversión, las exportaciones y las importaciones, con
periodicidad anual y trimestral a precios constantes y corrientes. |
2.- Coordinar la
realización de pruebas y análisis de consistencia de las estimaciones de
oferta y demanda global y de sus distintas desagregaciones proponiendo
revisiones o cambios metodológicos cuando ello fuere necesario. |
3.- Supervisar la
realización de estudios específicos tales como la matriz de insumo-producto,
la distribución del ingreso por tramos y las cuentas de los Sectores
Institucionales. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION
MACROECONOMICA DIRECCION NACIONAL DE CUENTAS INTERNACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Realizar la estimación
oficial y las proyecciones de la
Balanza de Pagos y sus componentes, cuenta de capital,
cuenta corriente y variaciones de reservas internacionales, para el
diagnóstico macroeconómico. |
Programar, supervisar y
dirigir el calculo actual e histórico del Balance de Pagos y de la posición
de inversión internacional y los estudios específicos derivados de ellos. |
|
ACCIONES |
1.- Coordinar la
elaboración del Balance de Pagos y de la posición de inversión internacional
y de sus distintos componentes, con periodicidad anual y trimestral, y los
estudios específicos derivados de ellos. |
2.- Recopilar y analizar
la información básica proveniente de otras áreas gubernamentales necesarias
para estimar las cuentas del Balance de Pagos. |
3.- Coordinar la
realización de tareas tendientes a estimar las cuentas con el exterior que lo
requieran. |
4.- Efectuar análisis y
proyecciones de las distintas cuentas del Balance de pagos y de la posición
de inversión internacional. |
5.- Brindar apoyo a la Dirección Nacional
de Coordinación de Políticas Macroeconómicas para la elaboración de las
proyecciones macroeconómicas, y a la Dirección Nacional
de Cuentas Nacionales para el cálculo de dichas cuentas. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA |
SUBSECRETARIA DE
PROGRAMACION MACROECONOMICA |
DIRECCION NACIONAL DE
COORDINACION DE POLITICAS MACROECONOMICAS |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Programar, coordinar y
dirigir las tareas tendientes al seguimiento de la coyuntura, a la
elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica y al
análisis de consistencia de las políticas macroeconómicas. |
|
ACCIONES |
1.- Coordinar
la elaboración, el análisis y la publicación de indicadores mensuales y trimestrales
de coyuntura. |
2.- Coordinar la
elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica. |
3.- Efectuar proyecciones
y análisis macroeconómicos de mediano y largo plazo y coordinar la
realización de los estudios básicos que lo posibiliten. |
4.- Supervisar la
realización de informes anuales sobre las perspectivas de la economía, que
cubran como mínimo un período trienal. |
5.- Brindar apoyo a la SECRETARIA DE
HACIENDA para la elaboración del Presupuesto Nacional, a fin de
compatibilizar la política fiscal con los objetivos macroeconómicos. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACIÓN
ECONOMICA SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL DIRECCION NACIONAL DE
PROGRAMACION ECONOMICA REGIONAL RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Realizar el análisis
sistemático de la situación regional, a fin de formular propuestas y cursos
de acción que permitan la programación económica y faciliten las gestiones y
negociaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de los objetivos de la
política económica global. |
|
ACCIONES |
1.- Coordinar la
elaboración de propuestas y proponer alternativas para la fijación de
políticas y medidas de carácter regional en el marco de la política económica
nacional. |
2.- Coordinar la
elaboración de estudios e instrumentos destinados a la programación económica
regional y participar en las gestiones y negociaciones con instituciones
cuyas propuestas de alcance regional requieran ser armonizadas con el
programa económico. |
3.- Coordinar las tareas
que se efectúen en materia de estudios y formulación de políticas sectoriales
y regionales. |
4.- Asistir al señor
Subsecretario en la coordinación de políticas y medidas globales con
organismos nacionales, provinciales y regionales referidos a la programación
económica regional. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA |
SUBSECRETARIA DE
PROGRAMACION REGIONAL |
DIRECCION NACIONAL DE
COORDINACION FISCAL CON LAS PROVINCIAS |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Realizar la coordinación
de todo lo referente a los aspectos fiscales y financieros de la relación
entre la Nación
y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales, a fin de asegurar la
integración y compatibilización con las Cuentas
Públicas Nacionales. |
Realizar el seguimiento y
proyección de las Cuentas Públicas Locales, a través de la instrumentación de
un Sistema de Información de Gestión Financiera. |
Coordinar el relevamiento del endeudamiento provincial y municipal, y
evaluar su impacto en las finanzas públicas. |
|
ACCIONES |
1.- Coordinar los aspectos
fiscales y financieros de la relación entre el Gobierno Nacional y los
Sectores Públicos Provinciales y Municipales y su compatibilización
con las Cuentas Fiscales Nacionales. |
2.- Intervenir en la
puesta en marcha del sistema de información de Gestión Financiera Provincial
y Municipal ,compatible con los sistemas de información financiera
provinciales que se diseñen en el marco de la Ley N° 24.156,
a efectos de compilar, sistematizar y analizar la
información fiscal y financiera vinculada con los Sectores Públicos
Provinciales y Municipales. |
3.- Efectuar la
coordinación y compatibilización de las políticas fiscales
nacionales y provinciales elaborando propuestas de Regímenes de
Coparticipación de Impuestos Nacionales, transferencias de la Administración
Nacional, reformas tributarias nacionales, refinanciación
de pasivos, seguimiento de las metas fiscales y financieras acordadas con las
Jurisdicciones Provinciales. |
4.- Intervenir en el
diseño y seguimiento de los acuerdos celebrados y a celebrarse entre el
Estado Nacional y los Gobiernos Provinciales, en lo que respecta a los
aspectos financieros y fiscales que involucran a cada nivel de Gobierno. |
5.- Analizar e implementar
los aspectos financieros de la transferencia de los Sistemas Provinciales de
Previsión Social al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) y
realizar el estudio de alternativas para su financiamiento. |
6.- Intervenir en el
diseño, elaboración y seguimiento de los programas financiados por Organismos
Multilaterales de Crédito en relación a los aspectos fiscales y financieros
de las provincias, a efectos de homogeneizar las políticas públicas
nacionales. |
7. - Participar
en Comisiones, Consejos y/u Organismos de carácter federal con intervención
del Gobierno Nacional, que traten temas relativos a las relaciones fiscales y
financieras entre el Estado Nacional y los Estados Provinciales y
Municipales. |
|
SECRETARIA
DE PROGRAMACION ECONOMICA SUBSECRETARIA DE INVERSION PUBLICA DIRECCION NACIONAL DE INVERSION PUBLICA RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Elaborar estrategias de
inversión pública de mediano y largo plazo, para alcanzar las metas de
crecimiento macroeconomicas, sectoriales y
regionales. |
Evaluar, proponer
prioridades y seleccionar los proyectos de inversión pública y elaborar el
Plan Nacional de Inversiones Públicas. |
|
ACCIONES |
1.- Realizar los estudios
y análisis que permitan elaborar la estrategia de inversión pública nacional |
2.- Examinar la
formulación y evaluación de los proyectos de inversión pública nacional que
requieren dictamen de la
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA. |
3.- Asesorar en la
definición de prioridades de inversión pública a nivel nacional, necesarias
para la confección anual del proyecto de Presupuesto de la Administración
Nacional. |
4.- Elaborar el Plan
Nacional de Inversiones Públicas. |
5.- Crear y mantener una
base de datos sobre programas y proyectos de inversión pública nacionales y,
cuando correspondiere, los originados a nivel provincial y municipal. |
6.- Proponer y difundir
los lineamientos metodológicos a utilizar en la formulación y evaluación de
Proyectos de Inversión Pública. |
7.- Diseñar y ejecutar
programas de capacitación para la formulación y evaluación de Proyectos de
Inversión Pública para organismos del sector público nacional, y asistir a
provincias y municipios, a su requerimiento. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA |
SUBSECRETARIA DE INVERSION
PUBLICA |
DIRECCION NACIONAL DE
PROYECTOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES DE CREDITO RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Programar con los
organismos financieros internacionales de crédito los prestamos que se
formulen en el corto y mediano plazo, conforme a las prioridades fijadas por
el Gobierno Nacional. |
Supervisar la
administración de programas de préstamo en el ámbito del Sector Público y
efectuar su seguimiento, control y evaluación. |
|
ACCIONES |
1.- Programar con los
organismos internacionales de crédito los préstamos que se formulen en el
corto y mediano plazo. |
2.- Coordinar la
negociación de los programas y las relaciones institucionales con organismos
internacionales de crédito. |
3.- Supervisar, controlar
y evaluar la ejecución de dichos programas de créditos. |
4.- Participar en la
programación presupuestaria de los programas con financiamiento de organismos
internacionales de crédito. |
5.- Coordinar con la SECRETARIA DE
HACIENDA y las jurisdicciones que correspondan, los aspectos vinculados con
la presupuestación y contabilización de los
desembolsos, de los recursos de crédito y las contrapartidas de los programas
con organismos internacionales de crédito. |
6.- Analizar los informes
de auditoria financiera y de gestión, sobre la ejecución de prestamos con
organismos internacionales de crédito. |
7.- Informar a la SUBSECRETARIA DE
INVERSION PUBLICA las desviaciones detectadas en la ejecución de los
proyectos. Proponer medidas correctivas o de mejoramiento a la ejecución de
los mismos. |
8.- Revisar anualmente con
cada organismo internacional la cartera de préstamos y su evolución. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS OBJETIVOS |
1.- Orientar y ejercer la Dirección
superior de todas las actividades estadísticas oficiales que se realicen en
el territorio de la Nación. |
2.- Conducir, mediante la
articulación y coordinación de los servicios estadísticos nacionales,
provinciales y municipales, el Sistema Estadístico Nacional, aplicando los
principios de centralización normativa y descentralización ejecutiva. |
3.- Elaborar el Programa
Anual de Estadística y Censos Nacionales, y garantizar su cumplimiento
mediante la producción de las respectivas estadísticas básicas, por si o por
terceros, en el marco de la
Ley N°
17.622. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA |
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS |
DIRECCION ASISTENTE DE
ESTADISTICAS SOCIODEMOGRAFICAS Y ECONOMICAS |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Diseñar y proponer el
programa anual de estadísticas sociodemográficas y económicas elaborando
metodologías y ejecutando las acciones de programación, diseño y ejecución,
por si o por terceros, de las estadísticas oficiales. |
Unificar la orientación
metodológica de todas las estadísticas producidas por el Sistema Estadístico
Nacional. ACCIONES |
1. - Programar anualmente
las estadísticas sociodemográficas y económicas y participar en la
elaboración del Programa Nacional de Estadística y Censos del Sistema
Estadístico Nacional. |
2.- Establecer
definiciones, normas y clasificaciones homogéneas que permitan garantizar la comparabilidad de la información requerida por el
Programa Anual de Estadística y Censos. |
3.- Elaborar las
metodologías tendientes a racionalizar la recolección e integración de la
producción estadística del Sistema Estadístico Nacional, estableciendo normas
y procedimientos que permitan la desagregación de la información de censos y
encuestas a nivel provincial, departamental y municipal. |
4.- Desarrollar las normas
técnicas y procedimientos vinculados con la programación, diseño,
coordinación, implementación y evaluación de los Censos Poblacionales,
Económicos y Agropecuarios; encuestas a hogares, a los sectores primarios,
secundarios y terciarios de la economía; índices de precios al consumidor, al
por mayor y de la construcción, y la explotación de diversos registros
administrativos relacionados con la producción de estadísticas oficiales,
dirigiendo y supervisando su ejecución. |
5.- Asegurar la
actualización permanente de los marcos maestrales nacionales para la
realización de encuestas de representatividad nacional, regional, subregional y provincial en el territorio nacional. |
6.- Asistir técnicamente a
todos los organismos integrantes del Sistema Estadístico Nacional en el
diseño, programación, ejecución y análisis para la producción de estadísticas
e indicadores sociales y económicos. |
7.- Realizar por si los
censos y todas las estadísticas programadas que, por razones de agregación,
complejidad o secreto estadístico, convenga que sean efectuados
centralizadamente |
8.- Decidir e instrumentar
qué partes del Programa Anual de Estadística y Censos serán realizadas por
los integrantes del Sistema Estadístico Nacional. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA |
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS |
DIRECCION ASISTENTE DE
ESTADISTICAS SOCIODEMOGRAFICAS Y ECONOMICAS |
DIRECCION NACIONAL DE
ESTADISTICAS Y PRECIOS DE LA
PRODUCCION Y EL COMERCIO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Diseñar, programar,
coordinar y ejecutar las actividades relacionadas con la elaboración de
estadísticas de los sectores primario, secundario y terciario, y de la
economía global. |
|
ACCIONES |
1.- Programar, organizar e
instrumentar los Censos Económicos y Agropecuarios, los relevamientos
permanentes y las encuestas especiales de las actividades productivas y de
servicios, a nivel nacional, regional y provincial. |
2.- Desarrollar e
implementar las metodologías a utilizarse en la elaboración de índices de
precios y volumen físico. |
3.- Elaborar y difundir
los índices de precios al por mayor y de la construcción con sus distintas
aperturas y clasificaciones. |
4.- Elaborar indicadores
de volumen físico de la producción. |
5.- Colaborar en la
elaboración de indicadores de coyuntura económica y otros estudios e
investigaciones especiales que requieran los organismos del ámbito estatal y
privado. |
6.- Elaborar
recomendaciones tendientes a racionalizar la recolección de información sobre
las actividades productivas con perspectiva nacional y de integración
regional, brindando asistencia técnica a los organismos del Sistema
Estadístico Nacional y a otras instituciones, y participar de las reuniones
técnicas nacionales e internacionales donde se traten esquemas conceptuales y
metodológicos. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA |
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS |
DIRECCION ASISTENTE DE
ESTADISTICAS SOCIODEMOGRAFICAS Y ECONOMICAS |
DIRECCION NACIONAL DE
ESTADISTICAS DEL SECTOR EXTERNO |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Diseñar, programar,
coordinar y ejecutar las actividades relacionadas con la elaboración de las
estadísticas básicas necesarias para la confección del balance de pagos en
sus diversos componentes: cuenta comercial, cuenta corriente y cuenta de
capital. |
Elaborar metodologías y
ejecutar las acciones relacionadas con la obtención y determinación de
precios internacionales y términos de intercambio externo. |
|
ACCIONES |
1.- Elaborar y desarrollar
metodologías para la producción de las estadísticas básicas necesarias sobre
la balanza de pagos y el comercio exterior del país. |
2.- Elaborar las
estadísticas de comercio exterior argentino en base a los datos provistos por
la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, conforme con
las clasificaciones internacionales en vigor. |
3.- Relevar, en forma
directa y a través de otros integrantes del Sistema Estadístico Nacional, la
información básica sobre las cuentas de servicios reales, servicios
financieros y de capital de la balanza de pagos. |
4.- Elaborar criterios y
metodologías para la estimación de los términos del intercambio externo del
país y relevar datos de precios internacionales. |
5.- Recopilar,
sistematizar y procesar información estadística internacional relevante. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACIÓN
ECONOMICA |
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS |
DIRECCION ASISTENTE DE
ESTADISTICAS SOCIODEMOGRAFICAS Y ECONOMICAS |
DIRECCION NACIONAL DE
ESTADISTICAS SOCIALES Y DE POBLACION |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Diseñar, programar y
ejecutar las acciones que comprendan los procesos de programación, diseño y
ejecución, por si o por terceros, de las estadísticas básicas de población y
de sectores sociales. |
Ejecutar los Censos
Nacionales de Población y Vivienda, analizar sus resultados y elaborar las
proyecciones de población a nivel nacional, regional y provincial. |
Realizar análisis e
Investigaciones estadísticas relativas a los sectores sociales a través de la
utilización de datos derivados de registros administrativos, censos y
encuestas en el territorio nacional. |
|
ACCIONES |
1.- Diseñar las
metodologías a aplicar en los Censos de Población y Vivienda y efectuar el
análisis poblacional de los datos
censales. |
2.- Elaborar las
proyecciones de población a nivel nacional, regional y provincial y asistir
metodológicamente a los sistemas estadísticos provinciales en el análisis de
los datos censales y en la aplicación de los métodos para la confección de
proyecciones de población a nivel departamental y municipal. |
3.- Asistir
metodológicamente a los organismos del Sistema Estadístico Nacional en el
diseño, programación, ejecución y análisis de relevamientos
censales y en los relacionados con el diagnóstico sectorial, educación,
salud, grupos sociales vulnerables, turismo, etc. |
4.- Diseñar, programar e
implementar un Programa Nacional de información social basado en el uso de
registros administrativos como fuente primaria de datos. |
5.- Asistir
metodológicamente a los organismos sectoriales en el diseño e implementación
de metodologías e instrumentos de captación de datos orientados al
mejoramiento de los registros administrativos para su explotación
estadística. |
6.- Desarrollar e
implementar metodologías a utilizarse en la elaboración de estadísticas
referidas a grupos poblacionales tales como mujeres, niños, jóvenes, personas
de tercera edad, discapacitados, etc. |
7.- Desarrollar e
implementar metodologías y elaborar indicadores de Necesidades Básicas
Insatisfechas. |
8.- Realizar estudios y
producir índices e indicadores para el análisis de series temporales
relativas a los sectores sociales. |
9.- Participar en la
elaboración de sistemas clasificatorios de aplicación al tratamiento de
información social, tales como los de ocupaciones, estratificación social,
etc. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA |
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS |
DIRECCION ASISTENTE DE
ESTADISTICAS SOCIODEMOGRAFICAS Y ECONOMICAS |
DIRECCION NACIONAL DE
ENCUESTAS A HOGARES |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Diseñar, programar y
ejecutar las acciones que comprendan los procesos de programación, diseño,
coordinación y ejecución, por sí o por terceros, de un sistema integrado de
estadísticas derivadas de la realización de encuestas a hogares, de
representatividad nacional, regional, subregional,
provincial y/o municipal, que permitan contar con datos actualizados y
confiables sobre las condiciones de vida de la población y las
características del mercado laboral en el
país. |
|
ACCIONES |
1.- Diseñar metodologías y
programar la definición de un sistema integrado de Encuestas a Hogares,
asegurando la comparabilidad de la información
derivada de las mismas con otras fuentes alternativas de datos. |
2.- Elaborar el diseño
metodológico, programar y coordinar la ejecución de encuestas especiales
orientadas al estudio de problemas sociales que por sus características
requieran la realización de operativos estadísticos cuyas unidades de
observación son los hogares, los que se incorporarán al Programa Anual de
Estadística y Censos. |
3.- Programar, realizar la
actualización metodológica y ejecutar la Encuesta Permanente
de Hogares con énfasis particular en la medición del empleo y de las
características del mercado laboral en el territorio nacional. |
4.- Elaborar el diseño
metodológico, programar y ejecutar la Encuesta Nacional
de Gastos de los Hogares. |
5.- Elaborar el diseño
metodológico, programar y ejecutar la Encuesta Nacional
de Condiciones de Vida de la Población. |
6.- Elaborar y analizar
las canastas de consumo de los distintos grupos poblacionales. |
7.- Desarrollar e
implementar metodologías para la elaboración de indicadores de niveles de
ingreso y consumo de la población. |
8.- Desarrollar
metodologías y elaborar los Indices de Precios al
Consumidor. |
9.- Mantener actualizado
en forma permanente el Marco Nacional Urbano de Encuestas a Hogares. |
10.- Asistir
técnicamente a los restantes integrantes del Sistema Estadístico Nacional
sobre las áreas de su competencia. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y OPERACIONES RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Diseñar, programar y
ejecutar las actividades vinculadas con la gestión económica, financiera,
patrimonial, jurídica, y de logística operacional, en el marco de una
concepción de apoyo logístico a todas las actividades permanentes o
periódicas que realiza el Instituto. |
|
ACCIONES |
1.- Diseñar,
programar y ejecutar los programas de logística de los operativos
estadísticos, determinando las características y cantidades de los materiales
necesarios. |
2.- Coordinar las tareas
operativas con las estructuras nacionales y provinciales a fin de garantizar
el normal funcionamiento y desarrollo de los operativos censales y encuestas
especiales, y supervisar los mismos. |
3.- Asistir en la
formulación del presupuesto anual así como en la planificación, análisis y
control de los créditos presupuestarios respectivos. |
4.- Ejecutar las registraciones contables, preparación de balances, liquidación
de gastos, operaciones de compra y suministro de bienes y servicios y la
administración del patrimonio del Instituto. |
5.- Asesorar en los
aspectos legales de los actos administrativos vinculados con las
contrataciones, el personal y las actividades sustantivas del Instituto,
especialmente en cuestiones legales derivadas de la Ley 17.622 y su Decreto
Reglamentario N° 3110/70 y sus modificatorios. |
6.- Centralizar y
contestar oficios judiciales y remitir información estadística solicitada por
el PODER JUDICIAL DE LA NACION. |
7.- Ejecutar las tareas de
Despacho y Mesa de Entradas del Instituto. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS |
DIRECCION NACIONAL DE
METODOLOGIA ESTADISTICA, TECNOLOGIA Y COORDINACION DEL SISTEMA ESTADISTICO
NACIONAL |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Diseñar, programar y
ejecutar las actividades vinculadas al desarrollo y normalización de métodos
estadísticos y al procesamiento electrónico de los datos resultantes de
censos, encuestas y registros, en el marco de una concepción integral de
administración y suministro de todos los recursos científicos y técnicos
necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Instituto. |
Coordinar las actividades
de los organismos centrales y periféricos que integran el Sistema Estadístico
Nacional en relación a la producción y recopilación de información
estadística sectorial para la articulación, seguimiento y control del
Programa Anual de Estadística y Censos. |
Atender las actividades
derivadas de las relaciones técnicas, científicas e Informáticas que el
-Gobierno Nacional mantiene con organismos internacionales y países
extranjeros en el área estadística. |
|
ACCIONES |
1.- Desarrollar e
implementar metodologías y procedimientos estadísticos a ser aplicados por
las distintas áreas del Instituto y organismos integrantes del Sistema
Estadístico Nacional, en operativos censales, encuestas y registros
administrativos. |
2.- Estudiar y desenrollar
normas metodológicas, métodos de estimación y estimadores. |
3.- Programar el
procesamiento informático del Instituto y del Sistema Estadístico Nacional
bajo la filosofía de procesamiento distribuido, bases de datos y
normalización del uso de los recursos informáticos. |
4.- Proponer estrategias
sobre la evolución tecnológica del equipamiento y software y administrar el
cambio de los sistemas de computación, conforme a una concepción integral de
los recursos. |
5.- Centralizar las
acciones de coordinación, seguimiento y control del Programa Anual de
Estadística y Censos en los organismos integrantes del Sistema Estadístico
Nacional. |
6.- Coordinar la gestión y
seguimiento de misiones de cooperación técnica y estadística que reciba o
brinde el Instituto. |
7.- Coordinar el
desarrollo de Bancos de Datos Nacionales y provinciales y de sistemas de
información a nivel nacional. |
8.- Establecer las normas
de producción y actualización cartográfica para el Sistema Estadístico
Nacional, y coordinar la implementación del Sistema Integrado de Información Georreferencial. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA |
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS |
DIRECCION NACIONAL DE
RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Planificar, diseñar y
supervisar las estructuras organizativas, procesos de trabajo, perfiles de
puestos, metodologías de selección y programas de capacitación del personal
que participa en operativos estadísticos nacionales y/o provinciales a través
de la realización de censos, encuestas o explotación de registros
administrativos, en el marco del Programa Anual de Estadística y Censos,
tanto en el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS como en organismos que
integran el Sistema Estadístico Nacional. |
Programar, diseñar,
ejecutar y evaluar la formación técnico profesional y el desarrollo
permanente de los recursos humanos del Instituto y del Sistema Estadístico
Nacional a fin de asegurar eficiencia y cantidad en la producción estadística
nacional. |
Administrar las políticas
y las normas que regulan la actividad del personal del Instituto, el
planeamiento de la carrera administrativa, las relaciones laborales, y la
planificación y diseño organizacional, con el objeto de mejorar los niveles
de productividad y satisfacción laboral, y la calidad en la prestación de los
servicios. |
|
ACCIONES |
1.- Elaborar el análisis y
descripción de puestos de trabajo, sus perfiles y las estrategias de
selección de personal para los distintos operativos estadísticos nacionales
que integran el Programa Anual de Estadística y Censos. |
2.- Planificar, coordinar,
implementar y evaluar las actividades de formación técnico profesional en
estadística, economía, demografía y disciplinas conexas para el personal del
Instituto y de Sistema Estadístico Nacional, con ajuste a un programa
integral de carrera. |
3.- Planificar, coordinar,
implementar y evaluar las estrategias, programas y recursos de capacitación
para el personal que participa en las distintas etapas de censos, encuestas y
explotación estadística de registros administrativos. |
4.- Elaborar el
planeamiento de los recursos humanos del Instituto y tramitar las
adecuaciones de estructuras orgánicas en función de los procesos de trabajo
de la institución, proponiendo las modificaciones y simplificaciones permanentes
en los procesos, flujos y procedimientos de trabajo. |
5.- Brindar asistencia
técnica a los organismos integrantes del Sistema Estadístico Nacional en lo
relativo al desarrollo organizacional y al planeamiento de sus recursos
humanos. |
6.- Realizar la
planificación e implementación de los sistemas de información y control que
permitan una adecuada administración de los recursos humanos del Instituto. |
7.- Coordinar la
implementación de la
Evaluación de Desempeño Anual del personal permanente del
Instituto. |
8.- Mantener relaciones
permanentes con los representantes gremiales en la administración y
negociación de acuerdos y convenios. |
9.- Asistir técnicamente a
la
Delegación Jurisdiccional de la
Comisión Permanente de Carrera. |
|
SECRETARIA DE PROGRAMACION
ECONOMICA INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS |
DIRECCION DE DIFUSION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Diseñar, programar y
ejecutar las actividades de difusión en toda la producción estadística y
analítica del Instituto y del Sistema Estadístico Nacional. |
|
ACCIONES |
1.- Desarrollar y ejecutar
un plan de difusión estadístico sobre la base de estudios de las demandas de
información, la definición de productos, el diseño de sistemas de
comercialización y la incorporación de criterios de gestión comercial en la
administración de los temas de esta área. |
2.- Elaborar y ejecutar
programas de difusión de datos utilizando soporte informático. y proponer la normatización de formatos, contenidos, etc., a utilizar
en el Sistema Estadístico Nacional. |
3.- Desarrollar y ejecutar
las estrategias de difusión institucional de las tareas del Instituto. |
4.- Diseñar y ejecutar
programas de intercambio de información con organismos nacionales e
internacionales, y dar respuesta a demandas de información estadística por
parte de terceros. |
5.- Coordinar las
actividades del Centro de Atención a Usuarios, asegurando la calidad en la
prestación de los servicios brindados por el Instituto. |
6.- Programar, implementar
y supervisar la elaboración de las publicaciones estadísticas del Instituto,
así como la impresión de los materiales requeridos para la realización de los
operativos masivos de relevamiento de información. |
|
SECRETARIA
DE COORDINACION SUBSECRETARIA LEGAL |
DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Asesorar en todos los
asuntos de carácter jurídico de competencia de la jurisdicción ministerial,
con el fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y
reglamentarias, en el análisis de los anteproyectos de legislación económica
y en la revisión y compatibilización de las medidas
de legislación económica originadas en otros organismos. Asumir la
representación y patrocinio del Estado Nacional en los juicios
correspondientes a la jurisdicción ministerial. |
|
ACCIONES |
1.- Asesorar y redactar,
desde el punto de vista jurídico, los proyectos de actos administrativos,
convenios y demás instrumentos que se sometan a la consideración del
Ministerio, sus Secretarías y Subsecretarías. |
2.- Disponer la
representación y el patrocinio del Estado Nacional en todas las causas
Judiciales en que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, o
sus entes descentralizados, deba intervenir, estableciendo los sistemas que
permitan controlar la marcha de las actuaciones. |
3.- Emitir dictámenes y
tramitar recursos, reclamaciones y denuncias interpuestas contra actos
administrativos producidos en la jurisdicción ministerial. |
4.- Entender en la
revisión y compatibilizacion de las medidas de
legislación económica originadas en otros organismos, siempre que éstas
afecten temas de competencia específica del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS. |
5.- Entender en la
realización de los estudios vinculados con su especialidad, con el objeto de
promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias
en vigor. |
6.- Dictaminar en las
solicitudes de autorización que presente la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS para apelar las sentencias del TRIBUNAL FISCAL DE LA
NACION. |
7.- Asesorar en los
aspectos Jurídicos y legales, en todas las negociaciones económicas
nacionales e internacionales, ya sean bilaterales o multilaterales. |
8.- Representar al
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ante otras autoridades
oficiales, ya sean Nacionales, Provinciales o Municipales, en toda gestión
que requiera específicos conocimientos jurídicos. |
9.- Instruir los sumarios
por infracciones a los regímenes de promoción Industrial y minera. |
|
SECRETARIA DE COORDINACION
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Efectuar todo lo vinculado
con la información y/o sumarios administrativos disciplinarios que
corresponda promover al personal de la jurisdicción ministerial. |
|
ACCIONES |
1.- Realizar las
investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la realización
del sumario. |
2.- Realizar las
investigaciones de aquellos hechos u omisiones que, tomado conocimiento, se
infiera pudiera dar lugar a la realización de un sumario. |
3.- Supervisar la
recopilación de los informes y la documentación necesaria para determinar el
perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a
los organismos competentes el ejercicio de las acciones de recupero. |
4.- Fiscalizar la
realización de diligencias a que alude el reglamento de investigaciones y de
toda otra que resulte necesaria. |
5.- Mantener actualizado
un registro unificado de todos los sumarios en trámite en el ámbito del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. |
|
SECRETARIA DE COORDINACION |
SUBSECRETARIA DE
ADMINISTRACION |
CENTRO DE DOCUMENTACION E
INFORMACION |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Facilitar el acceso al
insumo de información. |
|
ACCIONES |
1.- Desarrollar y
coordinar investigaciones bibliográficas. |
2.- Capacitar los recursos
necesarios para el procesamiento de la información. |
3.- Facilitar el
intercambio de información con las distintas bibliotecas, del país y del
exterior. |
4- Asistir y asesorar a
las distintas unidades y al público usuario en general en lo que es materia
de su competencia. |
5.- Coordinar la Red NAPLAN Argentina. |
6.- Mantener y actualizar
la base de datos de información general, de Planes y Programas Nacionales, de
Evaluación de Proyectos de Institutos de Investigación, de Especialistas, de
Proyectos, de Publicaciones Periódicas y el Catálogo Institucional. |
7.- Coordinar la
recopilación y actualización de la legislación nacional en materia económica,
sus normas interpretativas y antecedentes. |
|
SECRETARIA DE COORDINACION |
SUBSECRETARIA DE
ADMINISTRACION |
DIRECCION DE ORGANIZACION
Y SISTEMAS ADMINISTRATIVOS |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Efectuar la evaluación y
propuesta de proyectos relativos a organizaciones pertenecientes a
dependencias de la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS y la fiscalización de la correcta aplicación de la
normativa vigente en la materia. |
Coordinar la correcta
administración de tecnologías y sistemas de información administrativa y la
racional utilización edilicia. |
|
ACCIONES |
1.- Realizar la evaluación
técnica de los proyectos de estructuras y propuestas de organizaciones
funcionales de los organismos de la jurisdicción, así como también los de
creación, transferencia o fusión de organismos y otras formas que impliquen
cambios en las organizaciones, controlando la efectiva aplicación de las normas
vigentes en la materia. |
2.- Asesorar y evaluar
técnicamente a nivel jurisdiccional en materia de análisis de tareas,
sistemas administrativos, métodos y medición de trabajo administrativo,
análisis y diseño de formularios. |
3.- Realizar la evaluación
técnica y asesorar en materia de administración de espacios físicos y
equipamiento de oficinas. |
4.- Realizar relevamientos integrales o parciales, cuando se lo
considere conveniente, de las distintas unidades de la jurisdicción
ministerial, en los distintos aspectos de su competencia específica. |
5.- Realizar el análisis y
diagnóstico organizacional de los organismos de la Administración
Centralizada y Descentralizada de la Jurisdicción. |
6.- Representar a la
jurisdicción en los temas de su competencia. |
|
SECRETARIA DE COORDINACION
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DIRECCION
GENERAL DE RECURSOS HUMANOS RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Administrar las políticas
y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera
administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y el
servicio de medicina del trabajo, procurando mejorar los niveles de
productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los
servicios a cargo de la jurisdicción. |
|
ACCIONES |
1.- Monitorear el estado
de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y
medidas pertinentes. |
2.- Dirigir la gestión de
las actividades inherentes al desarrollo de la carrera administrativa:
selección, integración, evaluación de desempeño, promoción y capacitación. |
3.- Administrar y
actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las
herramientas del sistema de administración de recursos humanos, aplicando los
controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal. |
Asegurar la adecuada
aplicación de la legislación en materia de recursos humanos y de la medicina
del trabajo. |
4.- Participar y asistir
técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios
y unidades a cargo de la jurisdicción y en aquellos vinculados con la mejora
de la atención al público. |
5.- Asegurar la adecuada
aplicación de la legislación en materia de recursos humanos y de la medicina
del trabajo. |
6.- Analizar el esquema
general de incentivos y proponer las medidas pertinentes. |
7.- Proponer las normas de
administración internas de personal y efectuar los estudios y formular las
propuestas tendientes a optimizar los regímenes vigentes. |
8.- Mantener relaciones
con los representantes gremiales en la administración y negociación de
acuerdos o convenios. |
9.- Proponer y establecer
canales de comunicación institucional en los temas de su competencia. |
10.- Coordinar la
prestación del servicio médico de la jurisdicción. |
11.- Asistir técnicamente
a la
Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente
de Carrera. |
|
SECRETARIA DE COORDINACION
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DIRECCION
GENERAL DE ADMINISTRACION RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Dirigir las actividades
relativas a los servicios contables, económicos, financieros, de
administración, de mantenimiento, suministros y sistematización de datos y al
servicio de higiene y seguridad laboral. |
|
ACCIONES |
1.- Supervisar y coordinar
todo lo relacionado con registraciones contables y
presupuestarias, preparación de balances, estados de ejecución, rendiciones
de cuentas y liquidaciones de haberes y gastos. |
2.- Supervisar y coordinar
el manejo y custodia de fondos y valores, así como también lo vinculado a
contrataciones, actos licitatorios y contratos de locación. |
3.- Supervisar y coordinar
las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes
patrimoniales de la jurisdicción. |
4.- Supervisar y coordinar
el funcionamiento del servicio de informática. |
5.- Supervisar y coordinar
todo lo relacionado con los servicios generales, de maestranza, de vigilancia
y seguridad, de automotores y el mantenimiento de los edificios y bienes de
la jurisdicción ministerial. |
6.- Supervisar el
cumplimiento de los servicios contratados a terceros en materia de
infraestructura. |
7.- Coordinar lo
relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros. |
8.- Determinar, promover y
mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares de trabajo y el más
alto nivel de seguridad. |
|
SECRETARIA DE COORDINACION
SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL DIRECCION
NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Realizar la coordinación
de las actividades tendientes a la normalización y saneamiento de los activos
y pasivos del Estado Nacional, incluyendo las vinculadas a los procesos de
saneamiento encarados en el marco de la Ley N° 24.522, y realizar, también, la coordinación de las
acciones relacionadas con los procesos de reconversión empresaria. |
|
ACCIONES |
1.- Participar en la
coordinación de las actividades prejudiciales orientadas al recupero de los
créditos a favor del Estado Nacional. |
2.- Elaborar, proponer y
evaluar los programas de administración y liquidación de bienes, derechos y
obligaciones remanentes de las empresas o entidades subsistentes luego del
proceso de privatización, así como de los entes que fueren disueltos o que
dejen de operar por cualquier causa. |
3.- Coordinar las
actividades post-liquidatorias correspondientes a los
procesos liquidatorios concluidos. |
4.- Asistir y asesorar
técnicamente a las autoridades que entienden en el régimen de compensación de
créditos y deudas entre el Sector Público y el Sector Privado. |
5.- Participar y asistir
en la coordinación de los procesos de saneamiento de los pasivos del sector
privado en los que resulte acreedor el sector público, en el marco de los
procedimientos regidos por la
Ley N°
24.522. |
6.- Participar en la
coordinación y asistir a las autoridades que entienden en la dirección y
unificación de la representación de los organismos y empresas del ámbito del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en los procedimientos
regidos por la Ley N° 24.522. |
7.- Participar en la
coordinación y asistir a las autoridades que entienden en las actividades
vinculadas a los procesos de reconversión empresaria. |
|
SECRETARIA DE HACIENDA |
DIRECCION OBLIGACIONES A
CARGO DEL TESORO |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Programar, ejecutar,
registrar y controlar la ejecución de las partidas presupuestarias asignadas
a la jurisdicción 91 - Obligaciones a cargo del Tesoro y ejercer las
funciones de coordinación de los programas presupuestarios de la SECRETARIA DE
HACIENDA, en sus fases de elaboración, ejecución y control, todo ello de
acuerdo con lo puntualmente determinado por la Ley de Administración Financiera y en el
contexto de la normativa general. |
|
ACCIONES |
1.- Aplicar y controlar
los procedimientos administrativos contables a la ejecución presupuestaria de
la jurisdicción 91, siendo responsable del estado de compromisos y fondos
disponibles conforme el Presupuesto de Gastos y Recursos correspondiente. |
2.- Elaborar los estados
contables mensuales y la
Cuenta de Inversión Anual de la jurisdicción. |
3.- Cumplimentar lo
dispuesto en el Decreto N° 1929/93. |
4.- Asistir en la
elaboración, y consolidar la información para el anteproyecto de Presupuesto
de los Programas correspondientes a la SECRETARIA DE
HACIENDA. |
5.- Controlar y evaluar la
ejecución presupuestaria de los Programas de la SECRETARIA DE
HACIENDA. |
6.- Ejercer las funciones
de enlace permanente con la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION en lo vinculado
con los recursos humanos, financieros y patrimoniales asignados a la SECRETARIA DE
HACIENDA, tomando la pertinente intervención en las tramitaciones y actos
administrativos a que hubiere lugar en cumplimiento de la reglamentación
vigente. |
7.- Asesorar, en materia
de su competencia, al señor Secretario de Hacienda. |
|
SECRETARIA DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO UNIDAD DE
INFORMATICA RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Entender en todo lo
relacionado con la planificación, integración y administración de la
plataforma informática y de comunicaciones, el desarrollo de sistemas, la
capacitación, apoyo a usuarios y asesoría informática para la SECRETARIA DE
HACIENDA y unidades organizacionales vinculadas al Sistema de Administración
Financiera, con vistas a lograr eficacia y eficiencia en el procesamiento de
la información. |
|
ACCIONES |
1.- Entender en la
formulación de la estrategia y planes Informáticos a corto y mediano plazo. |
2.- Dar soporte y
asesoramiento informático a las autoridades, administradores de sistemas de
los distintos sectores y usuarios finales. |
3.- Ejecutar las acciones
destinadas a asegurar el correcto funcionamiento del equipamiento informático
central y su vinculación con los de las unidades del Sector Público Nacional
que participan del Sistema de Administración Financiera. |
4.- Entender en la
definición y/o adaptación de metodología y normas de desarrollo de sistemas y
su documentación, así como en la selección de la plataforma informática y el
ambiente de desarrollo y ejecución de los
sistemas. |
5.- Intervenir en la
definición de la plataforma de comunicaciones que permita la vinculación a
nivel sistemas con los Servicios Administrativos Financieros del Sector
Público Nacional. |
|
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Proponer las políticas,
normas y sistemas relativos a las contrataciones de bienes y servicios del
Sector Público Nacional, en coordinación con los demás órganos rectores del
sistema de administración financiera y control. |
|
ACCIONES |
1.- Proponer políticas
generales y particulares, así como la adopción de medidas en materia de
contrataciones del Sector Público Nacional. |
2.- Aprobar las normas
destinadas a instrumentar las políticas y las medidas definidas en materia de
contrataciones y formular propuestas destinadas al mejoramiento de la
normativa vigente que tenga vinculación con el sistema de contrataciones. |
3.- Diseñar e instrumentar
los sistemas destinados a facilitar la gestión operativa eficaz y eficiente
de las contrataciones, entre ellos los sistemas de información sobre
proveedores, precios y normativa. |
4.- Organizar el sistema
estadístico en materia de contrataciones, para lo cual requerirá y producirá
la información necesaria a tales efectos, interactuando con las contrapartes
designadas por las jurisdicciones y entidades y con las unidades operativas
de contrataciones. |
5.- Difundir las
políticas, normas, sistemas, procedimientos e instrumentos a ser aplicados
por el Sistema en el ámbito del Sector Público Nacional, así como capacitar a
las jurisdicciones y entidades en la utilización de los instrumentos
diseñados. |
6.- Asesorar a las
jurisdicciones y entidades en la elaboración de sus programas anuales de
contrataciones, destinados a integrar la información presupuestaria básica en
materia de gastos y elaborar los formularios, instructivos y programas
informáticos para la programación de las contrataciones. |
7.- Organizar los
registros requeridos para el seguimiento y evaluación del funcionamiento del
sistema y elaborar los programas que facilitarán la consulta y utilización de
los mismos por parte de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el
sistema. |
|
SECRETARIA DE HACIENDA |
SUBSECRETARIA DE
PRESUPUESTO |
OFICINA NACIONAL DE
PRESUPUESTO |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Planificar, dirigir,
coordinar y controlar el funcionamiento del sistema presupuestario del Sector
Público Nacional. |
|
ACCIONES |
1.- Participar en la
formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que,
para el Sector Público Nacional, elabore la SECRETARIA DE
HACIENDA. |
2.- Elaborar y proponer al
Subsecretario de Presupuesto la política presupuestaria del Sector Público
Nacional. |
3.- Preparar el proyecto
de Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración
Nacional y fundamentar su contenido. |
4.- Dictar las normas
técnicas para la formulación, modificación y evaluación de los presupuestos
de la
Administración Nacional y las Empresas Públicas. |
5.- Aprobar, juntamente
con la TESORERIA
GENERAL DE LA
NACION, la programación de la ejecución del presupuesto de la Administración
Nacional preparada por las jurisdicciones y entidades que
la conforman. |
6.- Coordinar los procesos
de ejecución presupuestaria. |
7.- Presentar a
consideración del Subsecretario de Presupuesto o aprobar, según lo determinen
las reglamentaciones, las solicitudes de modificaciones presupuestarias
presentadas por las jurisdicciones y entidades ejecutoras de los respectivos
presupuestos. |
8.- Normalizar y evaluar
la ejecución de los presupuestos. |
9.- Elaborar y elevar el
presupuesto consolidado del Sector Público Nacional y efectuar proyecciones
financieras del Sector Público Nacional y de su subsectores
integrantes. |
10- Informar los proyectos
de presupuesto de las Empresas Públicas y elevarlos para su aprobación por el
PODER EJECUTIVO NACIONAL. |
11.- Asesorar en materia
presupuestaria a todos los organismos del Sector Público Nacional. |
12.- Preparar la
información presupuestaria prevista por la Ley N° 24629 (Normas para la ejecución del Presupuesto y la Reorganización
Administrativa). |
|
SECRETARIA DE HACIENDA |
SUBSECRETARIA DE
PRESUPUESTO |
DIRECCION NACIONAL DE
OCUPACION Y SALARIOS DEL SECTOR PUBLICO |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Analizar, coordinar y
fiscalizar la elaboración de niveles salariales y sistemas de remuneraciones
del Sector Público Nacional, en el marco de la política salarial establecida
por el GOBIERNO NACIONAL. |
Participar en el
desarrollo, coordinación y ejecución del Sistema Integrado de Información
Física y Financiera en la parte correspondiente a los recursos humanos y
salariales. |
Atender las tareas de
apoyo técnico y administrativo necesarias para el funcionamiento de la COMISION TECNICA
ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO. |
|
ACCIONES |
1.- Analizar las
propuestas sobre modificaciones salariales o retributivas en el SECTOR
PUBLICO NACIONAL, determinando sus costos e incidencias presupuestarias,
proponiendo alternativas para su financiamiento. |
2.- Intervenir en las
negociaciones salariales del SECTOR PUBLICO en representación del Estado con
el alcance establecido en las Leyes Nros. 14.250,
24.185 y la normativa reglamentaria. |
3.- Implementar y
administrar la
Plataforma Mínima de Información Salarial Presupuestaria en
los términos del Decreto N° 645 del 4 de mayo de
1995 y el artículo 43 de la
Ley N°
24.624 y desarrollar a partir de la misma el Sistema Integrado de Recursos
Humanos. |
4.- Coordinar con la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS la definición e implementación de sistemas de
procesamiento integral de Recursos Humanos del Sector Público. |
5.- Administrar el Sistema
de Formulación de Presupuesto de Gastos en Personal (PROA). |
6.- Mantener Información
actualizada de ocupación y salarios del Sector Público |
7.- Elaborar estadísticas
relacionadas con los temas de su competencia. |
8.- Mantener las
relaciones que correspondan con el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y
CENSOS, en el marco del SISTEMA ESTADISTICO NACIONAL (Decreto N° 1831/93, Anexo 1, punto 14). |
9.- Asistir y asesorar
técnicamente en el análisis de los temarios de las reuniones con organismos
nacionales o internacionales en los que traten asuntos que se refieran o
afecten temas de su competencia. |
10. - Entender en las
funciones de la
Secretaría de la COMISION TECNICA
ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO |
|
SECRETARIA
DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE
PRESUPUESTO TESORIA GENRAL DE LA NACION RESPOSABILIDAD
PRIMARIA |
Planificar, dirigir,
coordinar y evaluar el sistema de administración de fondos del Sector Público
Nacional No Financiero. |
ACCIONES |
1.- Participar en la
formulación de los aspectos monetarios de la política financiera que elabore la SECRETARIA DE
HACIENDA para el Sector Público Nacional. |
2.- Elaborar juntamente
con la OFICINA
NACIONAL DE PRESUPUESTO la programación de la ejecución del
presupuesto de la Administración Nacional y programar el flujo de
fondos de la Administración Central. |
3.- Centralizar la
recaudación de los recursos del Tesoro Nacional y disponer los pagos de las
obligaciones que se generen. |
4.- Administrar el fondo
unificado de la Administración Nacional y la Cuenta Unica
del Tesoro. |
5.- Elaborar anualmente y
por períodos, el presupuesto de caja del Sector Público Nacional no
financiero y realizar el seguimiento de evaluación de su ejecución. |
6.- Emitir opinión previa
sobre las inversiones temporales de fondos que realicen las entidades del
Sector Público Nacional no financiero en instituciones financieras del país o
del extranjero. |
7.- Custodiar los títulos
y valores de propiedad de la Administración
Central o de terceros, que se pongan a su cargo. |
8.- Proponer la colocación
de instrumentos de financiamiento de corto plazo. |
9.- Ejercer la supervisión
técnica de todas las tesorerías que operen en el ámbito del Sector Público
Nacional No Financiero. |
10- Incorporar el registro
del movimiento diario de fondos operado en la Caja y Cuentas Bancarias administradas por el
Tesoro Nacional al Sistema Integrado de Información Financiera. |
11.- Efectuar el recupero
de créditos y la gestión de cobranzas de las contribuciones y otros recursos
no tributarios que deban ingresar al Tesoro Nacional. |
|
SECRETARIA DE HACIENDA DE
PRESUPUESTO CONTADURIA GENERAL DE LA NACION RESPOSABILIDAD
PRIMARIA |
Prescribir, dirigir,
coordinar, sustentar evaluar el desarrollo y aplicación del Sistema de
Contabilidad Gubernamental en el ámbito del Sector Público Nacional. |
|
ACCIONES |
1.- Establecer las normas
de contabilidad gubernamental para el Sector Público Nacional, determinando
la metodología contable a aplicar y la periodicidad, estructura y
características de los estados contables y financieros a producir por los
entes alcanzados. |
2.- Prescribir sistemas
contables a ser desarrollados e implantados por los entes públicos de acuerdo
a su naturaleza jurídica, características operativas y requerimientos de
información y evaluar su funcionamiento. |
3.- Asesorar y asistir
técnicamente a las entidades públicas en la aplicación del sistema de
contabilidad gubernamental. |
4.- Coordinar los
procedimientos necesarios que posibiliten el registro contable primario de
las actividades desarrolladas por los entes que conforman el Sector Público
Nacional. |
5.- Llevar la contabilidad
general de la Administración Central, consolidando datos de
los servicios jurisdiccionales, a efectos de producir estados contables y
financieros. |
6.- Administrar un sistema
de información financiera que permita conocer permanentemente la gestión
presupuestaria, de caja y patrimonial, y los resultados operativo, económico
y financiero de la Administración Central, de cada entidad
descentralizada y del Sector Público Nacional en su conjunto. |
7.- Elaborar las cuentas
económicas del Sector Público Nacional de acuerdo con el sistema de cuentas nacionales. |
8.- Preparar anualmente la Cuenta de Inversión, de
acuerdo a lo establecido por el artículo 75, inciso 8° de la
Constitución Nacional. |
9.- Mantener el archivo
general de documentación financiera de la administración nacional. |
10.- Coordinar con las
provincias y con el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES los aspectos inherentes
a los sistemas de información financiera que permitan consolidar la
información contable de todo el Sector Público Argentino. |
11.- Organizar y mantener
un sistema permanente de compensación de deudas de los entes del Sector
Público Nacional. |
12.- Elaborar trabajos de
investigación contable sobre la base de relevamientos
de la legislación comparada a nivel nacional e internacional a los fines de
perfeccionar la gestión del Sector Público Nacional. |
|
SECRETARIA DE HACIENDA |
SUBSECRETARIA DE POLITICA
TRIBUTARIA |
DIRECCION NACIONAL DE
INVESTIGACIONES Y ANALISIS FISCAL |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Efectuar estudios y
proyecciones de los recursos tributarios del Sector Público, analizar su
impacto sobre las cuentas fiscales y su interrelación con las variables
macroeconómicas fundamentales y con las demás políticas públicas. |
|
ACCIONES |
1. - Supervisar la
elaboración del cálculo de recursos tributarios para el presupuesto nacional
y todos aquellos requeridos por las autoridades. |
2.- Coordinar estudios e
investigaciones sobre la incidencia de la política fiscal en la economía
nacional; así como también la evaluación de los efectos de cambios en las
condiciones económicas locales e internacionales sobre los recursos
tributarios. |
3.- Coordinar los estudios
tendientes a determinar el grado de cumplimiento de los objetivos en materia
de recursos tributarios y proponer las medidas para subsanar los desvíos que
se produzcan. |
4.- Intervenir en la
evaluación del costo fiscal de los regímenes de promoción de actividades
económicas y del comercio exterior y proponer las modificaciones necesarias para
compatibilizar los objetivos fiscales con los objetivos sectoriales y
regionales. |
Asesorar a la comisión
creada por la Ley N° 23.658. |
5.- Intervenir en la
evaluación de la política tributaria sobre los servicios públicos. |
|
SECRETARIA DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA DIRECCION
NACIONAL DE IMPUESTOS RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Coordinar la elaboración y
propuesta de la normativa relacionada con la materia tributaria; asesorar en
la interpretación de los sistemas impositivos, aduaneros y de los recursos de
la seguridad social y en los aspectos referidos a estímulos, franquicias,
desgravaciones, exenciones impositivas y aduaneras, ya sean específicos o
contenidos en regímenes especiales; asesorar en los aspectos relacionados con
la supervisión que la
SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, a través de la SUBSECRETARIA DE
POLITICA TRIBUTARIA, ejerce sobre el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, participar en las
negociaciones de acuerdos impositivos y aduaneros internacionales y asesorar
en la interpretación de los mismos; intervenir en las sesiones que lleven a
cabo organismos nacionales o internacionales cuando se traten aspectos
relacionados con las materias impositivas, aduaneras y de los recursos de la
seguridad social. |
|
ACCIONES |
1.- Asesorar en
todo lo relacionado con los sistemas nacionales impositivos, aduanero y de
los recursos de la seguridad social; proponer las reformas que se introduzcan
a los mismos y coordinar la participación en la elaboración de proyectos de
normas legales sobre dichas materias. Asesorar en todo lo relacionado con los
instrumentos de estímulo y promoción contenidos en los sistemas nacionales
impositivo y aduanero y en las leyes de creación de regímenes especiales y
sus normas complementarias. |
Participar en la
elaboración de proyectos de creación, otorgamiento, fijación y modificación
de cada uno de los regímenes especiales de estímulo y de promoción económica,
en los aspectos con incidencia en materia impositiva y aduanera, y en la
interpretación de las leyes de creación de dichos regímenes en los aspectos
antes citados. |
2.- Asesorar en lo
concerniente a la superintendencia de la SECRETARIA DE HACIENDA
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS sobre el TRIBUNAL
FISCAL DE LA NACION
y sobre aspectos
relacionados con las acciones de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, en la resolución de los
recursos y apelaciones interpuestas contra actuaciones de dichos organismos,
intervenir en el trámite de oficios y recursos que guarden relación con temas
vinculados a aspectos impositivos, aduaneros y de los recursos de la
seguridad social. |
3.- Asesorar en las
presentaciones de carácter general o particular relacionadas con las normas
legales vigentes en materia impositiva, aduanera, de los recursos de la
seguridad social, de estímulos, de regímenes especiales y de acuerdos
tributarios internacionales, como asimismo asesorar en el dictado de actos
administrativos particulares relacionados con dichas materias y en la
elevación de propuestas de otorgamiento de cualquier tipo de estímulo,
franquicias, desgravación o exención fiscal, asistir a la Comisión Asesora
creada por el artículo 18 de la Ley N° 23.658. |
4- Participar
en las negociaciones sobre acuerdos tributarios internacionales para evitar
la doble imposición y asesorar en la interpretación de las cláusulas
convencionales, a través de la SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA, de
acuerdo con la competencia que le atribuyen específicamente los tratados a la SECRETARIA DE
HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS;
el análisis del funcionamiento de los convenios amplios suscriptos con otros
países; y la realización de estudios sobre legislación tributaria interna en
vigor. |
5- Participar por medio de
sus representantes en la
COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS, en la COMISION ARBITRAL
DEL CONVENIO MULTILATERAL, en los distintos comités de la ORGANIZACION MUNDIAL
DE LAS ADUANAS (ex-Consejo de Cooperación Aduanera) y de la ORGANIZACION MUNDIAL
DEL COMERCIO (ex- GATT), de la ASOCIACION
LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI), DEL MERCADO COMUN
DEL SUR (MERCOSUR), DE LA
ORGANIZACION DE ESTADOS AMERICANOS (OEA) y en las sesiones
de otros organismos o grupos de trabajo nacionales e internacionales de
carácter técnico relacionados con los temas de su competencia en materia
aduanera, impositiva y de recursos de la seguridad social; asesorar en los
aspectos vinculados con los temas involucrados en dicha participación. |
|
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA DIRECCION
NACIONAL DE INCENTIVOS PROMOCIONALES RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Elaborar y proponer planes
y programas de control de utilización de beneficios promocionales
que sean requeridos, para complementar los que desarrollen los organismos con
competencia en dicho control, analizando los resultados obtenidos y
asesorando sobre las distintas alternativas a seguir. |
Intervenir en la
evaluación de la concesión de beneficios y asesorar en todos los aspectos
-excepto técnico tributarios- relacionados con los regímenes de promoción
económica cuando la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICOS PUBLICOS actúe como Autoridad de Aplicación. |
|
ACCIONES |
1.- Coordinar la
elaboración y proponer planes y recomendaciones sobre el control de la
utilización de beneficios promocionales para ser
aplicados por organismos que por su competencia, originaria o delegada, actúen
en el control de los proyectos promovidos, coordinando el accionar de dichos
planes; asesorar sobre las propuestas de aplicación de sanciones por
infracciones a los regímenes de promoción económica e intervenir en la
tramitación de las denuncias que realice la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS u otros organismos o particulares. |
2.- Asesorar en todos los
aspectos-excepto técnico tributarios-relativos a la normativa y correcta
utilización de la promoción económica, elaborar y proponer la modificación a
la normativa promocional y sus criterios y metodologías de uso, participar en
sesiones de organismos o grupos de trabajo, nacionales, o internacionales, de
carácter técnico vinculadas a la materia promocional
económica. |
3.- Coordinar el análisis
y asesorar sobre el dictado de actos administrativos particulares. que
prevean o no el otorgamiento de incentivos promocionales,
pudiendo proponer modificaciones a dichos actos aun cuando la propuesta
provenga de organismos en los que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS hubiera delegado ciertas funciones y en
las presentaciones de carácter general o particular relacionadas con la
normativa promocional. |
4.- Diseñar, proyectar y
coordinar el relevamiento de datos de regímenes de
promoción económica que contengan incentivos, así como también su evaluación
a fin de proponer modificaciones o sustitución a la modalidad de los mismos
por otro sistema. |
5. - Coordinar
la asistencia a la
Comisión Asesora a que se refiere el Artículo 18 de la Ley N° 23658, en materia de su competencia. |
|
SECRETARIA DE HACIENDA |
SUBSECRETARIA DE
FINANCIAMIENTO |
OFICINA NACIONAL DE
CREDITO PUBLICO |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Programar, ejecutar y
controlar las Operaciones de Crédito Público del Sector Público Nacional. |
|
ACCIONES |
1.- Participar en la
formulación de los aspectos crediticios de la política financiera que, para
el Sector Público Nacional, elabore el órgano coordinador de los sistemas de
administración financiera. |
2.- Entender en la
formulación y mantenimiento de un sistema de información a los mercados
financieros internos y externos, manteniendo las relaciones con los
participantes de los mismos, los organismos de control y las agencias de
calificación de riesgo crediticio. |
3.- Asesorar y sugerir
mecanismos para el fortalecimiento del Crédito Público. |
4.- Coordinar las
operaciones de financiamiento del Sector Público Nacional. |
5.- Normalizar los
procedimientos de emisión, colocación y rescate de empréstitos, así como los
de negociación, contratación y amortización de préstamos, en todo el ámbito
del Sector Público Nacional. |
6.- Apoyar y orientar las
negociaciones que se realicen para emitir empréstitos o contratar préstamos e
intervenir en las mismas. |
7.- Intervenir, en los
aspectos vinculados al crédito público, en la formulación del proyecto de Ley
de Presupuesto Anual de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración
Nacional. |
8.- Intervenir en las
operaciones de Crédito Público del Tesoro Nacional |
9. - Preparar los
proyectos de contratos de la Administración Pública Centralizada y organismos
descentralizados a excepción de aquellos con los organismos multilaterales de
crédito. |
10.- Realizar la
negociación de contratos de crédito público, incluyendo la colocación de
empréstitos, tanto internos como externos. |
11.- Requerir de los
organismos que gestionan operaciones de crédito público, información completa
sobre los objetivos perseguidos, destino específico de los recursos,
viabilidad de la operación y mecanismos que aseguren el repago. |
12.- Dictaminar sobre los
proyectos de contratos de crédito público de las Empresas y Sociedades del
Estado. |
13. Participar en la
negociación de contratos de crédito público interno y externo de las Empresas
y Sociedadesdel Estado. |
14.- Analizar la
composición por moneda y tipo de interés de la Deuda Pública,
así como posibilidades de arbitraje que hagan a un adecuado manejo de la
misma. |
15- Ejecutar las
operaciones de manejo de pasivos. |
16.-
Desarrollar un sistema de medición de riesgos financieros de los pasivos del
Gobierno Nacional. |
17- Monitorear el
comportamiento del mercado secundario de los instrumentos de crédito público,
tanto en el país como en el exterior. |
18- Mantener un registro
actualizado sobre el endeudamiento público debidamente integrado al sistema
de contabilidad gubernamental. |
19- Llevar el registro de
la emisión y seguimiento de los avales otorgados por el Tesoro Nacional, así
como el estado de vigencia de los mismos. |
20- Ejercer el control y
supervisión del destino de los fondos provenientes de la utilización del
crédito interno y externo, cuando la operación determine una utilización
específica. Controlar que los recursos provenientes de las operaciones de
crédito público cumplan el destino y las condiciones estipuladas en los
distintos contratos. |
21.- Atender todo lo
relativo a la consolidación de la Deuda Pública dispuesta por la Ley N° 23.982 y sus modificatorias y complementarias,
originada en las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional. |
|
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR OBJETIVOS |
Conducir las actividades
de análisis, investigación y regulación en la determinación de los efectos de
la competencia comercial internacional sobre la producción nacional, bien sea
como autoridad de aplicación de la legislación sobre la materia o como órgano
asesor de la
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. |
|
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
GERENCIA GENERAL RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Supervisar la actividad
del personal técnico y de apoyo a la Comisión. Dirigir
las investigaciones, estudios técnicos y de las normas y relaciones
vinculadas con el comercio exterior, dentro de las funciones establecidas en
las normativas vigentes. |
|
ACCIONES |
1.- Proponer al Directorio
el plan de acción del área en forma periódica. |
2.- Proponer al Directorio
las normas referidas a la metodología de trabajo e investigación, la forma de
presentación de informes. y las fuentes de información a utilizar. |
3.- Producir los informes
solicitados por los miembros del Directorio. |
4.- Realizar el
seguimiento técnico de los contratos realizados con terceros en el ámbito de
los Servicios a su cargo. |
5.- Organizar el trabajo
del personal y aplicar los reglamentos relativos al mismo. |
|
SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y MINERIA |
COMISION NACIONAL DE
COMERCIO EXTERIOR |
GERENCIA GENERAL |
GERENCIA DE NORMAS
COMERCIALES Y ASUNTOS INSTITUCIONALES |
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Actuar respecto de los
aspectos normativos del comercio internacional y coordinar las relaciones
institucionales de la Comisión Nacional de Comercio Exterior. |
|
ACCIONES |
1.- Confeccionar los
dictámenes que le sean requeridos, sobre el ajuste a derecho de los informes,
normas y otros instrumentos jurídicos relacionados con las competencias de la
institución. |
2.- Emitir informes sobre
cuestiones legales relacionadas con el comercio internacional, en el ámbito
del derecho internacional, público y privado. |
3.- Recopilar y actualizar
periódicamente la normativa sobre comercio internacional y toda la
legislación de uso habitual en la Comisión. |
4.- Organizar las
relaciones con los organismos nacionales e internacionales, públicos y
privados relacionados con el comercio exterior de la REPUBLICA ARGENTINA,
dentro de los lineamientos establecidos por el Directorio. |
5.- Proponer al Presidente
acuerdos de cooperación con otras instituciones, efectuar su seguimiento y
analizar sus resultados. |
6.- Preparar el proyecto
de Informe Anual de la
Comisión, para su tratamiento por parte del Directorio, y
producir los informes solicitados por el mismo. |
|
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
GERENCIA GENERAL GERENCIA DE INVESTIGACIONES RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Asistir a la Gerencia General
en todo lo relativo a las investigaciones por denuncias de dumping o subsidios y a la determinación del daño a la
producción nacional. |
|
ACCIONES |
1.- Conducir las
investigaciones en las denuncias por dumping o
subsidios en las importaciones, dentro de las competencias de la COMISION NACIONAL
DE COMERCIO EXTERIOR y en los plazos y formas establecidas por las normas vigentes. |
2.- Analizar y determinar
el daño a la producción nacional en los casos de investigaciones de
Importaciones realizadas bajo prácticas desleales de comercio. |
3.- Apoyar y supervisar la
labor de los instructores en las distintas investigaciones, previo a su
elevación al Presidente de la Comisión para su posterior consideración por el
Directorio, efectuando las consultas que correspondan a las Gerencias
respectivas. |
4.- Solicitar informes,
audiencias, publicaciones, documentación y actuaciones ante la Justicia o ante otros
organismos estatales. |
5.- Analizar regularmente
las medidas adoptados sobre el comercio desleal e informar sobre la necesidad
de su continuidad o discontinuidad. |
|
SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y MINERIA COMISION NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA OBJETIVOS |
Asegurar el correcto
funcionamiento de los mercados garantizando la libre competencia,
investigando, previniendo y aconsejando la sanción respecto a actos o
conductas relacionadas con la producción e intercambio de bienes y servicios
que limiten, restrinjan o distorsionen la competencia, o que constituyan
abuso de posición dominante en los
mercados. |
|
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA DIRECCION
NACIONAL DE INDUSTRIA RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Ejecutar, administrar y
supervisar la aplicación de la política industrial general y/o sectorial del
PODER EJECUTIVO NACIONAL. en lo referente a los regímenes específicos
sectoriales para la industria, y la difusión nacional e internacional de la
información industrial, así como también toda aquella dirigida en forma
específica a la
Pequeña y Mediana Empresa. |
Participar y/o asesorar, cuando
corresponda, en las negociaciones vinculadas con su competencia específica. |
|
ACCIONES |
1.- Evaluar el desempeño
de los regímenes vigentes, generales y/o sectoriales de política industrial,
así como también los específicos para la pequeña y mediana empresa. |
2.- Efectuar propuestas
que tiendan a mejorar el efecto económico de los mismos, tanto a través de la
implementación de medidas correctivas respecto de los instrumentos
establecidos, así como también por intermedio de nuevos mecanismos. |
3.- Analizar los
resultados cuantitativos y cualitativos producidos por la aplicación de los
distintos regímenes. |
4.- Controlar el
cumplimiento de los objetivos emergentes de la normativa vigente sobre
política industrial y la referida a la pequeña y mediana empresa. |
5.- Asegurar una adecuada
difusión de los instrumentos de política industrial y para pequeñas y
medianas empresas existentes, con el objetivo de garantizar el
aprovechamiento de los mismos por las empresas situadas en todo el territorio
nacional. |
6.- Establecer los
criterios a ser aplicados en los análisis sectoriales y de competitividad
industrial. |
7.- Coordinar el análisis
y seguimiento de las negociaciones sectoriales en el área industrial del
proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países, en
lo que es materia de su competencia. |
8. - Coordinar o asistir,
según corresponda, a las tareas de los Subgrupos- de trabajo del Grupo
Mercado Común-Mercado Común del Sur - MERCOSUR-en los que se traten asuntos
que se refieran a materia de su estricta competencia. |
|
SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y MINERIA SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR DIRECCION NACIONAL DE POLITICA COMERCIAL EXTERNA RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Elaborar y proponer los
lineamientos estratégicos de Comercio Exterior y de la Promoción Comercial,
definiendo programas, normas y procedimientos e instrumentos comerciales que
permitan contribuir a cumplimentar el objetivo nacional de aumentar la
inserción de las transacciones argentinas en el mercado internacional.
Intervenir en la administración del Mercado Común del Sur -MERCOSUR- y el
proceso de integración, en los temas de su competencia, como así también
diseñar los lineamientos e instrucciones con Organismos Multilaterales.
Participar en la coordinación de políticas de fomento a las exportaciones en
aspectos de ejecución de las disposiciones emanadas, vinculadas al Comercio
Externo. |
Coordinar acciones con
fundaciones afines a la inversión y exportación. Proceder a la difusión y
capacitación del sector privado en relación a los aspectos vinculados con el
Comercio Externo, especialmente a las pequeñas y medianas empresas, como así
también a los organismos públicos provinciales y municipales. |
|
ACCIONES |
1.- Dirigir la elaboración
y evaluación de estudios de mercados para colocación de productos argentinos,
identificando aquellos bienes que cuentan con ventajas diferenciales en el
Comercio Internacional y en mercados específicos. Realizar estudios sobre regiones
y países en materia económica y comercial. |
2.- Dirigir el diseño de
instrumentos y normas de política comercial que se adapten a las
características que se observan en el Comercio Internacional, principalmente
a la
Organización Mundial del Comercio y el Mercado Común del
Sur -MERCOSUR-. |
3.- Administrar tópicos
referidos al MERCOSUR, tales como la participación en la Comisión de
Comercio MERCOSUR, atención de consultas del sector privado, el análisis de
las recomendaciones emanadas de los Comités Técnicos, el seguimiento de la
aplicación de los instrumentos de política comercial común del MERCOSUR; y el
apoyo técnico al Grupo Mercado Común. |
4.- Elaborar y proponer
lineamientos para las negociaciones comerciales económicas de la REPUBLICA ARGENTINA
a nivel bilateral y multilateral, en particular a las relaciones MERCOSUR con
países y regiones de extrazona. |
5.- Desarrollar la
capacitación, organización y difusión e información sobre aspectos normativos
y eventos vinculados al Comercio Exterior e implementar una base de datos que
permita la presentación de informes de estudios económicos. |
|
SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y MINERIA SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR DIRECCION NACIONAL DE GESTION COMERCIAL EXTERNA RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Asegurar la administración
eficiente de los instrumentos de política comercial referentes a la promoción
de exportaciones, competencia desleal y zonas francas. |
Atender los requerimientos
del sector privado en lo referente a la interpretación de las normas
pertinentes al Comercio Exterior y brindar información disponible de carácter
cuantitativo y cualitativo sobre temas vinculados a las transacciones
comerciales. |
|
ACCIONES |
1.- Atender las
presentaciones sobre aspectos vinculados con la competencia desleal
internacional y administrar los regímenes vinculados a las importaciones y
otras normas relacionadas con la Organización Mundial
del Comercio en lo que hace a temas de su competencia específica. |
2.- Coordinar la
elaboración y propuesta de los aspectos normativos vinculados a, aranceles y
nomenclaturas; reintegros, normas tendientes a la promoción de exportaciones,
Cupos y Sistema General de Preferencias, Dra. Back, Admisión Temporaria y
otros regímenes específicos. |
3.- Analizar los
reglamentos y las licitaciones referidas a las Zonas Francas, proponiendo las
acciones que correspondan. |
|
SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y MINERIA SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR DIRECCION NACIONAL DE DESREGULACION ECONOMICA RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Efectuar el diseño y
ejecutar las medidas tendientes a aplicar la política de desregulación
económica que fije el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. |
|
ACCIONES |
1.- Efectuar los estudios
necesarios para la elaboración de medidas de desregulación. |
2.- Efectuar el
seguimiento y evaluación de los resultados de las normas de desregulación
proponiendo las adecuaciones que correspondan. |
3.- Colaborar con los
organismos competentes en cada materia específica en la formulación e
implementación de las medidas de desregulación. |
4.- Coordinar las medidas
de desregulación con otras políticas públicas asegurando su coherencia y
consistencia interna. |
5.- Asegurar, cuando
corresponda, la función de contraparte local en los proyectos de reforma del
sector público y desregulación tanto financieros como de asistencia técnica
dentro del ámbito de su competencia. |
|
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Ejecutar la política
comercial interna, en lo que hace al análisis del funcionamiento de los
mercados y a la fiscalización en todo lo vinculado con la normativa de
Lealtad Comercial, Metrología Legal y Defensa del Consumidor. |
|
ACCIONES |
1.- Realizar las tareas
relacionadas con el análisis del funcionamiento de los mercados. |
2.- Diseñar y dirigir los
estudios vinculados a la elaboración de normas y fiscalizar su aplicación
para asegurar la lealtad comercial. |
3.- Controlar las
actividades relacionadas con metrología legal, publicidad y normalización de
productos con el objeto de proteger los intereses nacionales, públicos y
privados. |
4.- Elaborar y proponer
normas y medidas tendientes a la defensa del consumidor y fiscalizar su
cumplimiento. |
|
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA SUBSECRETARIA DE MINERIA DIRECCION NACIONAL
DE MINERIA RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Asistir a la SUBSECRETARIA DE
MINERIA en el diseño de la Política Minera Nacional, proponiendo
parámetros que faciliten el dictado de normas especificas. |
Participar en la dinamización de regiones mineras, coordinando con otros
organismos del Estado Nacional y las Provincias la disponibilidad de infraestructura
física que posibilite la radicación de actividades mineras. |
Elaborar y proponer la
planificación estratégica y análisis permanente del escenario minero,
mediante el estudio de indicadores económicos, políticos, institucionales y
sociales, coordinando con otros organismos estatales acciones tendientes al
desarrollo armónico de factores económicos complementarios a la actividad
minera. |
|
ACCIONES |
1.- Administrar y efectuar
el control del régimen estatuido en las Leyes Nros.
24.196 y 24.402. |
2.- Dirigir los estudios y
la planificación necesaria para la aplicación de planes y programas de
mediano y largo plazo, coordinando el Sistema de Planeamiento Estratégico
Minero. |
3.- Evaluar mediante
estudios económico-estructurales el Impacto que la actividad ejerce sobre la
población y regiones en coordinación con los actores sectoriales. |
4.- Evaluar la normativa
administrativa y legal de competencia sectorial y jurisdiccional, proponiendo
medidas de actualización y mejora. |
5.- Controlar la
aplicación de la normativa legal de competencia sectorial y jurisdiccional. |
6.- Elaborar, editar y
difundir la
Estadística Minera de la REPUBLICA ARGENTINA,
con periodicidad anual. |
7.- Participar en la
coordinación de la planificación de obras de infraestructura en conjunto con
organismos nacionales, provinciales y en consulta con el sector usuario. |
8.- Promover acciones para
fortalecer a la pequeña y mediana empresa minera y colaborar en la
conformación y/o arraigo de microemprendimientos
mineros productivos. |
9.- Integrar comisiones
para favorecer el incremento del comercio regional y en extrazona. |
10.- Entender en
el tratamiento de normas aduaneras, técnicas arancelarias y medios de facilitación
a las exportaciones e importaciones de origen minero. |
|
SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION DIRECCION NACIONAL DE SERVICIOS AGROPECUARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Coordinar el seguimiento,
supervisión y fiscalización del cumplimiento de los compromisos contractuales
y de las normas y regulaciones a que deben sujetarse los servicios públicos
concesionados y/o privatizados por la Secretaria, la evaluación de los planes y
programas de la jurisdicción y la interacción con las Delegaciones Regionales. |
|
ACCIONES |
1.- Administrar el sistema
de seguimiento, control de gestión y evaluación de resultados de las
actividades de los adjudicatarios de las concesiones y de las privatizaciones
de servicios necesarios para el funcionamiento del sector. |
2.- Proponer normas y
mecanismos para el desarrollo de las actividades mencionadas, consolidando y
difundiendo la información correspondiente. |
3.- Proponer las sanciones
derivadas del incumplimiento de los compromisos contraídos y de la normativa
establecida para la prestación de los servicios agropecuarios concesionados
y/o privatizados. |
4.- Intervenir en la
superación de los diferendos derivados de la prestación de los servicios
agropecuarios concesionados y/o privatizados a requerimiento de los usuarios
y/o prestadores. |
5.- Coordinar el
seguimiento y evaluación de resultados de los planes y programas vinculados
al que hacer de la
Secretaria y sus organismos descentralizados. |
6.- Coordinar el accionar
de las delegaciones y su interrelación con las distintas áreas de la
Secretaria. |
|
SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA. PESCA Y ALIMENTACION SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
FORESTACION DIRECCION NACIONAL DE PRODUCCION Y ECONOMIA AGROPECUARIA Y
FORESTAL RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Entender en la elaboración
y ejecución de políticas nacionales de producción agrícola, ganadera,
agroindustrial no alimentaria y forestal, estableciendo
mecanismos permanentes de consulta y concertación con los gobiernos
provinciales y entidades representativas de los diferentes sectores de la
producción. |
Coordinar la elaboración
de propuestas de políticas de desarrollo sectorial, la formulación y
seguimiento de proyectos sectoriales con financiamiento interno y/o externo y
consolidar la planificación del sector público agropecuario. |
|
ACCIONES |
1.- Analizar la evolución
y promover la producción agrícola, forestal y ganadera y sus derivados,
mediante actividades que propendan a mejorar la productividad a través del
desarrollo y difusión de nuevas tecnologías y la conservación de los
recursos. |
2.- Diseñar y proponer
políticas de desarrollo sectorial, compatibilizándolas con las políticas
macroeconómicas, coordinando la preparación de planes, programas y proyectos
de inversión de desarrollo sectorial y rural, identificando fuentes de
financiamiento nacionales e internacionales. |
3.- Elaborar y ejecutar
políticas de promoción, desarrollo y fiscalización de las diferentes fases
del proceso de producción agrícola, agroindustrial no alimentario, ganadero y
forestal, en coordinación con los organismos nacionales y provinciales que
correspondan. |
4.- Asesorar sobre pautas
a seguir en materia de control ambiental durante las distintas etapas del que
hacer específico de su área, coordinando dicho accionar con los organismos
competentes. |
5.- Coordinar la obtención
de información básica en materia agropecuaria y forestal elaborado los
indicadores que posibiliten evaluar el comportamiento del sector. |
6.- Dirigir la realización
de estudios e investigaciones macro y microeconómicas
para la formulación de políticas destinadas a evitar inequidades y/o corregir
distorsiones estructurales en los sectores agropecuario y forestal en sus
cadenas primaria y agroindustrial, tendientes al fomento de la competitividad
e inserción externa de la producción
nacional. |
7.- Administrar y
coordinar la red de capacitación de información georeferencial
a utilizar en el análisis y preservación de los recursos naturales. |
8.- Coordinar la gestión
de las negociaciones de cooperación técnica y/o financiera internacionales,
bilaterales o multilaterales, con organizaciones públicas y/o privadas. |
|
SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION SUBSECRETARIA DE PESCA
DIRECCION
NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Ejecutar las políticas de
fomento y regulación de la pesca y la acuicultura, la industrialización,
comercialización y transporte de sus productos en forma racional y eficiente,
de conformidad a los fines e instrumentos que conduzcan al necesario equilibrio
entre el esfuerzo de pesca y dimensión industrial, así como el requerimiento
sostenible a largo plazo de las especies que componen el ecosistema, evitando
la sobrecapitalización y consecuentemente, la sobrepesca. |
|
ACCIONES |
1.- Evaluar propuestas o
proyectos en materia de pesca con fines comerciales, de captura y
transformación, investigación, deportivos y educativos. |
2.- Evaluar los proyectos
de otorgamiento de permisos, habilitaciones, autorizaciones para el
arrendamiento e incorporación de buques, requeridos para el desarrollo de
actividades pesqueras, manteniendo un registro permanente de los mismos. |
3.- Realizar la
inspección, control y vigilancia de las actividades pesqueras realizadas en
el país, de conformidad con la normativa vigente, con apoyo y coordinación de
instituciones nacionales y provinciales. |
4.- Coordinar con los
organismos nacionales y/o provinciales competentes, las actividades
tendientes a la conservación y explotación racional de los recursos
pesqueros. |
5.- Intervenir en la
exportación de los productos pesqueros a través de la tipificación, control
de calidad y fijación de precios mínimos de exportación, coordinando su
actividad con los organismos de competencia en la materia. |
6- Difundir información
relativa a la explotación, comercialización y consumo de los recursos
pesqueros y promover la formación y capacitación de personal científico y
técnico en esas áreas. |
7.- Asesorar a lo
vinculado a excedentes disponibles y áreas y épocas de veda, métodos de
captura y equipos y artes de pesca prohibidos. |
8.- Coordinar el
desarrollo de las acciones de promoción y contralor de la acuicultura, su
industrialización, comercialización y transporte a través de la preservación
y utilización racional de sus recursos. |
9.- Instruir los sumarios
por infracciones a la legislación vigente. |
10.- Coordinar la
obtención de información básica en materia pesquera y acuícola elaborando los
indicadores que posibiliten evaluar el comportamiento del sector, realizando
los estudios e investigaciones macro y microeconómicas
para la formulación de políticas tendientes al fomento de la competitividad e
inserción externa de la producción nacional. |
11.- Coordinar los
estudios relativos al otorgamiento de beneficios de promoción sectorial |
12.- Participar en la
formación negociación, ejecución y evaluación de los proyectos que cuenten o
requieran fínanciamiento externo. |
|
SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION SUBSECRETARIA DE ALIMENTACION Y MERCADOS
DIRECCION NACIONAL DE ALIMENTACION RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Diseñar planes, programas
y proyectos, de nivel global y sectorial, destinados a maximizar el aporte de
la industria alimentaria a la economía nacional
mediante el incremento cualitativo y cuantitativo de la producción y la
seguridad higiénico sanitaria, promoviendo a una mayor competitividad de las
empresas y los productos alimentarios argentinos, coordinando la ejecución de
los mismos. |
|
ACCIONES |
1.- Coordinar los estudios
tendientes a la identificación de los factores que afectan la competitividad
de los productos alimentarios a nivel nacional e internacional, promoviendo
su superación. |
2.- Coordinar con los
distintos organismos con competencia en la materia y las cámaras
representantes del sector alimentario acciones conducentes a promover la
calidad de los productos, desde el punto de vista organoléptico y sanitario. |
3.- Promover la adopción
de procesos que aseguren la calidad y de mecanismos de certificación
voluntaria de los alimentos. |
4.- Proponer y ejecutar
programas de capacitación y asesoramiento en materia de producción,
transformación, industrialización y aplicación de la innovación tecnológica
conducentes a mejorar la competitividad del sector alimentario. |
5- Proponer políticas
dirigidas a la unificación y simplificación de normativas y estrategias
vinculadas a la producción de alimentos. |
6.- Participar en los
foros técnicos que entiendan en la problemática alimentaria
nacional. |
7- Asistir al señor
Subsecretario de Alimentación y Mercados en los aspectos relacionados con el Codex Alimentarius y el Código
Alimentario Argentino, todo ello en el ámbito de su competencia especifica. |
8.- Coordinar las tareas
vinculadas a la aplicación y contralor de la Ley N° 9643, warrants y certificados
de depósito. |
|
SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
SUBSECRETARIA DE
ALIMENTACION Y MERCADOS DIRECCION
NACIONAL DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Entender en la promoción,
desarrollo, seguimiento, análisis, evaluación y fiscalización de mercados
agroalimentarios y agroindustriales. |
|
ACCIONES |
1- Promover el desarrollo
de mercados agroalimentarios y agroindustriales en el ámbito nacional e
internacional. |
2- Coordinar la
elaboración de propuestas de negociación bilateral y multilateral,
participando, además, en procesos de integración regional en materia
agroalimentaria y/o afines. |
3- Efectuar el seguimiento
de los mercados nacionales e internacionales, evaluando sus potencialidades y
tendencias, difundiendo la información correspondiente. |
4- Diseñar, proponer y
ejecutar políticas tendientes a mejorar la evolución, transparencia y el
desempeño de los mercados agroalimentarios y agroindustriales nacionales. |
5- Fiscalizar el proceso
de formación de precios en los Mercados, Bolsas y Cámaras de granos y
subproductos en el país, sean estas gremiales o arbitrales,
supervisando los mercados de futuro y opciones de naturaleza agropecuaria,
proponiendo las acciones que correspondan, conforme a la normativa vigente en
la materia. |
6- Proponer la fijación de
los valores FOB mínimos e índices de exportación. |
7- Elaborar y ejecutar
programas de extensión a los operadores sectoriales en aspectos vinculados
con el comercio agroalimentario. |
8- Coordinar las
actividades de las Consejerías Agrícolas en el exterior. |
|
SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Fiscalizar el estricto
cumplimiento de las normas de comercialización en el sector agropecuario, a
fin de asegurar un marco de transparencia y libre concurrencia para estas
actividades, conforme lo previsto por la Ley N°
21.740 y el Decreto Ley N° 6698/63, sus normas
modificatorias y reglamentarias; coordinando su accionar con los distintos
organismos con competencia en la materia. |
|
ACCIONES |
1- Realizar todas las
acciones destinadas a observar y hacer cumplir las normas y procedimientos de
fiscalización, emanados de la Ley N° 21.740 y el
Decreto Ley N° 6698/63, sus complementarios y
modificatorios, en todo el territorio nacional. |
2- Fiscalizar las
distintas operatorias de las personas físicas o jurídicas que intervengan en
la comercialización del sector agropecuario. |
3- Participar en la
suscripción de convenios de cooperación con organismos nacionales o
provinciales, tendientes a lograr el cumplimiento de las obligaciones
fiscales e impositivas en los sectores de su área de competencia |
4- Disponer la realización
de inspecciones, operativos y auditorias de carácter técnico y/o
administrativo, tendientes a verificar y supervisar el cumplimiento de la
normativa vigente, coordinando su accionar con otros organismos competentes
cuando ello resultare necesario. |
5- Efectuar los
requerimientos necesarios que permitan evaluar el grado de cumplimiento de
las normas de comercialización, obligaciones previsionales
y fiscales. |
6- Elaborar y proponer
normas en materia de comercialización de ganados y carnes, a fin de lograr un
sistema uniforme, a nivel nacional, en materia de identificación. |
7- Proponer la aplicación
de sanciones que correspondan por acciones u omisiones que importen prácticas
o conductas desleales en lo relativo al comercio de ganado, carnes,
productos, subproductos y derivados. así como también de granos y sus
subproductos, de acuerdo a lo establecido en el Capitulo IX de la
Ley N°
21.740 y en el Capítulo X del Decreto
Ley N° 6698/63. según corresponda. |
8- Efectuar el seguimiento
de los Registros de Inscripciones, de competencia del área. |
9- Proponer las medidas
necesarias para lograr un ágil y moderno abastecimiento del mercado interno y
externo. |
10.- Organizar y
coordinar las tareas de control administrativo y comercial del tráfico
internacional y federal de ganado, carnes, productos, subproductos, derivados
y material reproductivo de origen animal, así como también en lo referente a
granos y sus subproductos. |
|
SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE DIRECCION NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Coordinar las políticas,
normas y procedimientos relacionadas con la
administración de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL, y mantener el
control permanente de la actividad inmobiliaria estatal. |
|
ACCIONES |
1- Proponer las políticas
y procedimientos respecto de la utilización y disposición de los bienes
físicos del ESTADO NACIONAL y administrar un sistema de información y
evaluación del cumplimiento de las mismas. |
2- Proponer e implementar
la realización del Inventario General de Bienes del Estado Nacional y los
distintos registros que determine la legislación vigente. |
3- Pronunciarse, con
carácter previo a su emisión, en toda decisión administrativa que disponga la
celebración de los siguientes actos con relación a inmuebles estatales: |
a)
adquisición
o enajenación y |
b) constitución,
transferencia, modificación o extinción de otros derechos reales o personales
y tramitar la venta de inmuebles estatales innecesarios. |
4.- Realizar
los análisis de factibilidad económica y financiera de las locaciones y
concesiones existentes y determinar las condiciones a exigir para la
celebración de nuevos contratos o renovación de los ya existentes, en los
casos en que el Estado Nacional sea locador. |
5.- Efectuar el
saneamiento y perfeccionamiento dominial, catastral y registral
de los títulos inmobiliarios estatales y requerir al organismo técnico
competente las acciones judiciales necesarias para la preservación del
patrimonio inmobiliario estatal. |
6.- Proponer, de acuerdo
con la política de inmuebles fiscales,la
asignación en uso, la transferencia patrimonial a entidades autárquicas,
empresas y sociedades del Estado Nacional, la disponibilidad automática de
bienes raíces cuyas características no se correspondan funcionalmente con el
destino que le atribuye el organismo o entidad de revista, la enajenación, y
la administración transitoria de los inmuebles fiscales que entre tanto
quedaran disponibles. |
7. - Dirigir e impulsar
las operaciones relacionadas con la aplicación de la LEY N° 24. 146 y su modificatoria LEY N°
24.383, así como también proponer la transferencia de inmuebles fiscales de
acuerdo con lo establecido en ambas
normas. |
|
SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS Y TRANSPORTE SUBSECRETARIA DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS
DIRECCION NACIONAL DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Elaborar propuestas para
la programación, gestión y ejecución de la política hídrica nacional, y
supervisar su cumplimiento, coordinando los planes, programas, proyectos,
obras y acciones vinculados a los recursos hídricos, a fin de lograr su uso
racional y su preservación. |
|
ACCIONES |
1.- Asistir al
Subsecretario de Gestión de los Recursos Hídricos en la planificación y
ejecución de la política exterior de la Nación en materia de recursos hídricos
internacionales compartidos, sus cuencas, cursos de ríos sucesivos y
contiguos y cuerpos de agua en general, asesorando a tal efecto a las áreas
pertinentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO. |
2.- Asistir al
Subsecretario de Gestión de los Recursos Hídricos en la planificación y
ejecución de los programas y acciones orientadas a la gestión integral de
cuencas y regiones hídricas interprovinciales coordinando, con los organismos
y jurisdicciones involucrados, la elaboración de proyectos comunes de uso múltiple
del recurso hídrico, a fin de asegurar su aprovechamiento racional. |
3- Elaborar, ejecutar y
efectuar la supervisión técnico-económica de proyectos y obras de propósitos
múltiples (riego y drenaje, avenamiento y desagües, energéticos,
industriales, agropecuarios, de navegación, pesca, recreación, saneamiento,
provisión de agua, atenuación de crecidas, etc.) que se efectúen por si, a
través de otros organismos públicos o mediante la participación de la empresa
privada, velando por su compatibilidad y su racionalidad. |
4- Ejercer la
representación nacional ante los programas y redes internacionales relacionados con la gestión de los recursos hídricos. |
5- Elaborar y proponer
normas técnicas, administrativas y legales que regulen el uso de los recursos
hídricos, velando por su cumplimiento y coordinando su accionar con los
organismos competentes de las diversas jurisdicciones. |
6- Mantener un registro
actualizado de los estudios, programas, proyectos, obras y acciones a ejecutar
en el corto, mediano y largo plazo, convenios marco, regulaciones nacionales,
provinciales y municipales, coordinar la planificación y operación del
sistema nacional de información hídrica, y efectuar el seguimiento y control
de todas las gestiones que hacen al uso de los recursos hídricos. |
|
SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS Y TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE
TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE
AEROCOMERCIAL RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Proponer y ejecutar las
políticas, planes y programas referidos al modo aerocomercial y asistir en lo
concerniente a la gestión operativa, la política aerocomercial y en la
actualización de la normativa vigente. |
|
ACCIONES |
1.- Asistir en la
aplicación de las prescripciones del Código Aeronáutico, los Acuerdos
Internacionales y las normas reglamentarias en todo lo concerniente al
transporte aerocomercial. |
2.- Asistir en las
propuestas de modificaciones al funcionamiento del sistema en lo relativo a
autorizaciones o denegación de autorización y/o permisos; aptitud de las
aeronaves, desafectación de las mismas, designación
de empresas de bandera, régimen tarifario, seguros,
garantías y coordinar las acciones relativas a infraestructura, seguridad y
protección al usuario. |
3- Coordinar los estudios
para determinar el Plan de Rutas de Interés General y la red de rutas
internacionales con origen y/o destino en el país. Efectuar los análisis y
evaluaciones para la determinación de las rutas de especial interés para la
Nación. |
4- Proponer la
actualización de la normativa vigente en el ámbito de su competencia. |
5- Participar en las
propuestas de políticas aerocomerciales. |
6-
Efectuar los estudios, análisis y estadísticas relativos al área de su
competencia. |
|
SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DIRECCION
NACIONAL DE ARQUITECTURA RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Entender en la
planificación, dirección y control de las actividades destinadas a la
restauración, conservación, preservación, mantenimiento, construcción y
reciclaje de los monumentos y lugares históricos e inmuebles fiscales, y en
la administración de obras solicitadas por otros organismos o reparticiones
del Estado Nacional. |
|
ACCIONES |
1- Entender en la
restauración, mantenimiento, conservación y preservación de Monumentos y
Lugares Históricos nacionales, coordinando las tareas con la COMISION NACIONAL
DE MUSEOS, MONUMENTOS Y LUGARES
HISTORICOS. |
2- Entender en las
acciones vinculadas con la construcción, mantenimiento y reciclaje de
inmuebles y edificios fiscales. |
3.- Entender en las tareas
de estudio, anteproyecto, proyecto, dirección, ejecución, construcción,
inspección y supervisión de obras. |
4.- Proponer la
realización de estudios de factibilidad técnica, económica y financiera
inherentes al área de su competencia. |
5.- Proponer y participar
en las licitaciones o contrataciones que se efectúen con motivo de las
acciones vinculadas al área de su competencia. |
6.- Participar en los
procedimientos de contratación de las obras de responsabilidad del área de su
competencia. |
7.- Entender en las
relaciones con los entes públicos nacionales, provinciales y municipales,
universidades, fundaciones, asociaciones civiles y cualquier otro organismo
vinculado a funciones de su competencia. |
8. - Asesorar a
las distintas jurisdicciones de la Administración Pública
Nacional sobre el mantenimiento y conservación de los edificios fiscales, así
como el cumplimiento de las políticas y normas establecidas en la materia. |
|
SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION Y CONTROL RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Efectuar la evaluación y
control de las inversiones en obras públicas. Asistir en las negociaciones y
otorgamiento de concesiones del área de su competencia y efectuar el
seguimiento presupuestario de las distintas áreas de la Subsecretaria. |
Conducir lo vinculado con
el Registro de Constructores de Obras Públicas. |
|
ACCIONES |
1.- Asistir al
Subsecretario de Obras Públicas en la evaluación y control de las inversiones
en obras públicas del ámbito de su competencia. |
2.- Asistir al
Subsecretario de Obras Públicas en las negociaciones de los contratos de
concesiones de obras públicas presentes o futuros, entre el Estado Nacional y
los distintos concesionarios, resguardando los derechos de los usuarios y los
intereses de la Nación.
Como así también realizar los estudios para la
interpretación y la adecuación de los contratos de concesión de los
corredores viales nacionales. |
3.- Asistir al
Subsecretario de Obras Públicas, a su requerimiento, en el proceso de
otorgamiento de concesiones y declaratorias para la ejecución de obras. |
4.- Coordinar lo
relacionado con el Registro de Constructores de Obras Públicas. |
5.- Proponer el proyecto
de presupuesto de la
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS y efectuar el seguimiento
de la ejecución presupuestaria de las distintas áreas de la misma. |
6.- Diseñar, proponer y
ejecutar el sistema de control de los proyectos de su competencia. |
|
SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS Y TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS
DIRECCION NACIONAL DE
PROGRAMACION Y EJECUCION DE PROYECTOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Programar y ejecutar las
inversiones en obras públicas, formulando los estudios y propuestas del marco
regulatorio más conveniente. Asistir al
Subsecretario de Obras Públicas en todo lo vinculado con las contrataciones o
concesiones del área de su competencia. |
|
ACCIONES |
1.- Asistir al
Subsecretario de Obras Públicas en la programación y ejecución de inversiones
en obras públicas. |
2.- Elaborar los estudios
técnicos de los diferentes proyectos de obra pública y formular las
propuestas sobre el marco regulatorio que facilite
la concreción de los mismos. |
3.- Proponer y participar
en las licitaciones, concesiones de obras públicas o contrataciones que se
efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia. |
4.- Coordinar y ejecutar
por si o por medio de terceros, las obras públicas en el área de su
competencia. |
|
SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE
SUBSECRETARIA
DE TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LARGA DISTANCIA DIRECCION NACIONAL DE
POLITICAS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Asistir al Subsecretario
de Transporte Metropolitano y de Larga Distancia en la formulación de
políticas, en la elaboración y actualización normativa del sistema de
transporte automotor de carga y pasajeros, así como en la determinación y el
control del régimen tarifario a aplicar en las
empresas prestadoras de los servicios. |
|
ACCIONES |
1.- Proponer al
Subsecretario el otorgamiento de permisos de explotación de transporte
automotor. |
2.- Proponer al
Subsecretario el dictado de normas reglamentarias referidas a aspectos
técnicos, operativos y funcionales del transporte automotor. |
3.- Realizar los estudios
de demandas y necesidades públicas para la determinación de las trazas,
prolongación, ramificación y supresión de recorridos, fraccionamiento y
fusión de servicios, variación de frecuencias y del parque móvil. |
4.- Establecer bases para
el calculo de las tarifas de los servicios públicos
de transporte automotor. |
5.- Homologar equipos y
materiales de uso especifico en el transporte
automotor de pasajeros, de acuerdo a la normativa
aplicable. |
6.- Publicar los
principios generales que deberán observar los operadores para acceder a la
prestación de servicios de transporte por automotor. |
7.- Proponer al
Subsecretario planes de desregulación y/o concesión de los servicios de
transporte automotor. |
8.- Proponer las
modificaciones al funcionamiento del sistema de transporte automotor de su
competencia. en lo relativo a, renovación y/o
caducidad de permisos, modificación de las modalidades operativas, estaciones
terminales, estaciones de intercambio, aptitud técnica de los equipos,
seguros y régimen tarifario, evaluación psicofísica
del conductor, y demás asuntos relacionados con la seguridad. |
|
SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS Y TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE
TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LARGA DlSTANCIA
DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE TRANSPORTE FERROVIARIO RESPONSABILIDAD
PRIMARIA |
Asistir al Subsecretario
de Transporte Metropolitano y de Larga Distancia en la formulación de
políticas, en la elaboración y actualización normativa del sistema de
transporte ferroviario, en la interpretación y modificación de los contratos
de concesión ferroviarios, así como en la determinación y el control del
régimen tarifarlo a aplicar en las empresas ferroviarias o concesionarias
prestadoras de los servicios. |
|
ACCIONES |
1.- Proponer al
Subsecretario de Transporte Metropolitano y de Larga Distancia el
otorgamiento de permisos de explotación de transporte ferroviario. |
2.- Proponer al
Subsecretario el dictado de normas reglamentarias referidas a aspectos
técnicos, operativos y funcionales del transporte ferroviario. |
3.- Elaborar planes y
programas destinados a cubrir las necesidades de la demanda en materia de
viajes por ferrocarril. |
4.- Realizar estudios
tendientes a aplicar políticas de desregulación y privatización en el sector. |
5.- Realizar los estudios
para la interpretación y modificación de los contratos de concesión del
transporte ferroviario de superficie. |
6.- Asistir al
Subsecretario de Transporte Metropolitano y de Larga Distancia en la
proposición a la Autoridad
de Aplicación de las tarifas básicas, su modificación y el reconocimiento del
derecho del Concesionario a superar dichas tarifas básicas cuando haya
mejorado la calidad del servicio u otras circunstancias, de acuerdo a las
previsiones del respectivo contrato de concesión. |
7.- Intervenir en la
delimitación de las áreas operativas de la concesión. |
8.- Proponer las
modificaciones al funcionamiento del sistema de transporte ferroviario de su
competencia, en lo relativo a, renovación y/o caducidad de permisos,
modificación de las modalidades operativas, estaciones terminales, estaciones
de intercambio, aptitud técnica de los equipos, seguros y régimen tarifario, evaluación psicofísica del conductor. y demás asuntos relacionados con la seguridad. |
|
SECRETARIA DE ENERGIA Y
PUERTOS
DIRECCION GENERAL DE
COOPERACION Y ASISTENCIA FINANCIERA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Preparar, programar y
realizar el seguimiento físico, económico y financiero de la SECRETARIA DE
ENERGIA Y PUERTOS, mediante la administración de los recursos asignados.
Programar y ejecutar los préstamos internacionales asignados al sector.
Coordinar los proyectos con financiamiento internacional en el ámbito de la Secretaria e
intervenir en las negociaciones vinculadas a la obtención de asistencia
financiera sectorial. |
|
ACCIONES |
1.- Garantizar la
aplicación de los principios de regularidad financiera, legalidad, economicidad y eficiencia en la obtención y aplicación de
los recursos públicos asignados a la SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS. |
2.- Sistematizar las
operaciones de programación, gestión y evaluación de los recursos que
administra la Secretaria. |
3.- Desarrollar sistemas
que proporcionen información oportuna y confiable, útil para la toma de
decisiones del Secretario de Energía y Puertos y evaluar la gestión de los
responsables de cada una de las áreas administrativas. |
4.- Coordinar la
elaboración del presupuesto de la SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS y controlar la
ejecución presupuestaria a los efectos de la toma de decisiones. |
5.- Realizar las
propuestas de prioridades presupuestarias en general sobre la base de
políticas nacionales y juntamente con proyecciones de variables
macroeconómicas. |
6.- Asistir a la SECRETARIA DE
ENERGIA Y PUERTOS en el desarrollo de tareas vinculadas a la culminación del
proceso de privatización de las empresas prestadoras de servicios del área de
su competencia y las empresas generadoras pertenecientes al Estado Nacional y
a Entes Binacionales. |
7.- Coordinar la
elaboración de estudios relativos a la evolución tarifaria
de los sectores del área de su competencia, a los efectos de la comparación y
respectiva toma de decisiones. |
8.- Coordinar los sistemas
de información de la
SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS manteniendo compatibilidad
entre los bancos de datos de otros organismos relacionados a los sectores del
área de su competencia. |
9.- Participar en las
etapas de negociación, a través del asesoramiento financiero con los
representantes de los entes del sector privado y estatal
vinculados a los servicios de competencia de la Secretaria. |
10.- Proponer y evaluar el
seguimiento de los diferentes convenios que se realicen entre la SECRETARIA DE
ENERGIA Y PUERTOS y los consultores o instituciones participantes en sus
proyectos. |
11.- Participar en las
reuniones de coordinación de proyectos con financiamiento internacional. |
|
SECRETARIA DE ENERGIA Y
PUERTOS
SUBSECRETARIA DE ENERGIA
DIRECCION NACIONAL DE
PROSPECTIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Realizar estimaciones
sobre las condiciones de oferta y demanda futuras en el mercado energético. |
|
ACCIONES |
1.- Supervisar, en
colaboración con las áreas especificas de la SUBSECRETARIA DE
COMBUSTIBLES, la elaboración de escenarios futuros para la evolución del
sector energético. |
2.- Definir criterios
técnicos, económicos y ambientales para el desarrollo de la normativa del
despacho eléctrico y otras cuestiones vinculadas con el poder concedente del
Estado Nacional en materia de Servicio Público de Electricidad. |
3.- Administrar el Banco
de Datos Sectorial. |
4.- Pronosticar tendencias
sobre los precios de la energía en los distintos segmentos del mercado eléctrico
mayorista, distribuidor, minorista y transportista frente a los escenarios
alternativos, evaluando tendencias internacionales y locales de los
diferentes mercados energéticos. |
5.- Elaborar y publicar
los planes energéticos orientativos. |
6.- Definir criterios para
la actualización de la normativa vinculada con el diagnostico, evaluación del
impacto y monitoreo del ambiente , en relación con
la actividad energética. |
7.- Desarrollan esquemas
básicos de aprovechamiento de cuencas hídricas coordinando con otras áreas
las compatibilidades y usos prioritarios. |
8.- Evaluar las
posibilidades de intercambios comerciales e integración energética con pases
de la Región,
particularmente del Mercado Común del Sur (MERCOSUR). |
|
SECRETARIA DE ENERGIA Y
PUERTOS
SUBSECRETARIA
DE ENERGIA DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION RESPOSABILIDAD PRIMARIA |
Promover el desarrollo de
actividades de conservación de energía, utilización de nuevas fuentes,
incorporación de oferta hidroeléctrica convencional y de investigación
aplicada a estos campos. |
|
ACCIONES |
1.- Colaborar con las
áreas especificas de la
SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS, y del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, así como con otras áreas del Gobierno Nacional que
en cada caso pudiera corresponder, en la programación y ejecución de
actividades vinculadas con el Uso Racional de la Energía, la diseminación
de nuevas fuentes de energía renovable, el desarrollo de proyectos
demostrativos de nuevas tecnologías y la incorporación de oferta
hidroeléctrica. |
2.- Evaluar y proponer
proyectos que resulten prioritarios en el ámbito provincial y en los campos
de su incumbencia específica, a través de acuerdos con los Gobiernos
Provinciales respectivos. |
3.- Coordinar con la Dirección Nacional
de Prospectiva, la elaboración de hipótesis a incorporar en los diferentes
escenarios de los planes orientativos, en relación
con resultados esperables de acciones de promoción del uso racional de la
energía y el desarrollo de fuentes alternativas, así como la propuesta de
normativa en relación con la eficiencia energética y el uso de recursos
renovables. |
4.- Proponer y promover la
ejecución de programas sectoriales que se hagan factibles en la medida de la
disponibilidad técnica y de la viabilidad económica, de nuevas tecnologías
energéticas. |
5.- Proponer y promover
proyectos de demostración de tecnologías innovativas
en el área de la energía general, que se evalúen como de alto impacto
potencial a nivel Nacional y Regional. |
6.- Entender en el
desarrollo de estudios sobre inserción institucional sustentable de las
actividades de su incumbencia. |
7.- Coordinar las acciones
de Cooperación Internacional, asegurando la adecuada aplicación de estos
recursos en cuanto a su temática, calidad y oportunidad. |
8.- Poner a disposición
publica, las bases de datos del Banco de proyectos y toda otra información
que pueda facilitar la toma de decisiones sobre estas actividades del sector
energético. |
|
SECRETARIA DE ENERGIA Y
PUERTOS
SUBSECRETARIA DE
COMBUSTIBLES
DIRECCION NACIONAL DE
ECONOMIA DE LOS HIDROCARBUROS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Efectuar los estudios
pertinentes en materia de economía de hidrocarburos integrando cada una de
las etapas productivas, supervisando, controlando y fiscalizando los aspectos
económicos de todas las actividades del sector y asistir, en materia de
análisis económico, financiero y contable, a las distintas áreas de la SUBSECRETARIA DE
COMBUSTIBLES. |
|
ACCIONES |
1.- Mantener un
sistema de información actualizado sobre los distintos mercados de petróleo
crudo y derivados, y efectuar análisis y proyecciones sobre su evolución. |
2.- Coordinar las tareas
de actualización del registro de operadores y operaciones en el mercado
mayorista de gas natural, efectuando los estudios y análisis que resulten
necesarios |
3.- Participar en el
análisis de tarifas reguladas de servicios de transporte por ductos y monoboyas, y la
actualización de tarifas del Gas Natural Comprimido (GNC). |
4.- Analizar el impacto
sobre el sector, de la política Impositiva nacional, provincial y municipal,
y de la política arancelaria y pararancelaria, y
participar en los trabajos y estudios económicos vinculados a los procesos de
integración regional, en el área de combustibles. |
5.- Analizar el impacto
económico de las políticas ambientales, sobre el sector hidrocarburífero
y carbonífero. |
6.- Evaluar el
cumplimiento, por parte de los operadores del sector de hidrocarburos, de los
requisitos económicos, fínancieros y societarios
requeridos para la inscripción en registros sectoriales y para la obtención
de permisos y concesiones en el sector. |
7.- Participar en la
fiscalización y control de regímenes de reintegros impositivos y subsidios en
materia de hidrocarburos y fiscalizar el régimen de canon. |
8.- Asistir a la Comisión de Control y
Fiscalización de la concesión del complejo Carbonífero y Ferroportuario
de Río Turbio, en sus tareas específicas. |
9.- Asistir a la SUBSECRETARIA DE
COMBUSTIBLES en el análisis económico de los marcos regulatorios
de la actividad y sus eventuales modificaciones. |
|
SECRETARIA DE ENERGIA Y
PUERTOS
SUBSECRETARIA DE
COMBUSTIBLES
DIRECCION NACIONAL DE
RECURSOS HIDROCARBURIFEROS Y COMBUSTIBLES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Desarrollar planes y
programas de exploración y explotación de los recursos hidrocarburíferos,
para lograr un adecuado horizonte de
reservas y una racional y coordinada explotación de las mismas, y
consecuentemente elaborar y ejecutar planes y programas de
combustibles a fin de efectivizar la política nacional en el área. |
|
ACCIONES |
1.- Implementar, ejecutar,
fiscalizar y coordinar los planes de otorgamiento de permisos de
reconocimiento superficial, permisos de exploración y concesiones de
explotación y de transporte. |
2.- Mantener actualizadas
las normas técnicas en materia de venteo de gas y explotación racional de los
yacimientos. |
3.- Receptar y analizar
las auditorias de reservas hidrocarburíferas en
todo el país. |
4.- Proponer normativa en
función de la regulación del almacenaje y de transporte de productos de
petróleo crudo y subproductos y controlar el cumplimiento del marco regulatorio vigente. |
5.- Implementar los
programas y proponer normativas, en materia de nafta ecológica, refinación de
petróleo y seguridad de gas licuado, ejerciendo el poder de policía sobre
este tipo de gas. |
6.- Realizar la
caracterización técnica de los derivados del petróleo, a los efectos de su
comercialización interna y externa, y de la aplicación del régimen
impositivo. |
7.- Diseñar programas y
desarrollar normas vinculadas a nuevas fuentes de energía y a la protección
ambiental en todas las etapas de la actividad. |
8.- Fiscalizar el régimen
de canon, superficiarios y expedición de servidumbres, y fiscalizar y
controlar las obligaciones de permisionarios y concesionarios en materia de
pago de regalías. |
9.- Supervisar el relevamiento de información estadística de su competencia
y procesar y analizar la información y documentación generada como
consecuencia del ejercicio de sus funciones. Supervisar su aplicación al
banco de datos y a los registros de empresas petroleras (Exploración y
Explotación) y empresas operadoras (Refinación y Distribución de
Combustibles). |
|
SECRETARIA
DE ENERGIA Y PUERTOS SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES DIRECCION
NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Efectuar la propuesta y
control de ejecución de las políticas y planes referidos a la actividad en
las vías navegables. |
|
ACCIONES |
1.- Elaborar y proponer
políticas de privatizaciones y/o concesión de vías navegables y la promoción
de emprendimientos que involucren la participación del personal y los activos
de la Dirección. |
2.- Coordinar estudios
para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades
operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, régimen tarifario
y toda otra norma vinculada con las acciones de su competencia. |
3.- Asistir al
Subsecretario del área en la elaboración y desarrollo de las políticas del
sector. |
4.- Ejercer el control de
los trabajos de dragado, balizamiento y relevamiento
de las vías navegables troncales. |
5.- Participar en el
proceso de otorgamiento de concesiones y dictado de declaratorias para la
ejecución de obras en las vías navegables |
6.- Intervenir y preparar
la documentación y especificaciones relativas a los trabajos de dragado, relevamiento y señalización por administración o por
terceros. |
7.- Programar y supervisar
la distribución y movimiento de embarcaciones y equipos para el cumplimiento
de sus objetivos. |
|
SECRETARIA DE ENERGIA Y
PUERTOS
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y
VIAS NAVEGABLES
DIRECCION NACIONAL DE
INFRAESTRUCTURA PORTUARIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA |
Elaborar, proponer y
ejecutar las políticas, planes y programas definidos por la Autoridad Portuaria
Nacional. |
|
ACCIONES |
1. -
Planificar y controlar el cumplimiento de las políticas, planes y programas
de la Autoridad
Portuaria Nacional conforme la Ley de Puertos N° 24.093. |
2.- Asesorar
técnicamente en materia portuaria a la Autoridad Portuaria
Nacional y a los Organismos públicos y/o privados que lo requieran. |
3.- Asesorar en los
procedimientos de habilitación de Puertos. |
4.- Coordinar la acción de
los distintos organismos del Estado Nacional y entes privados que interactúan
en el ámbito portuario. |
5.- Fiscalizar las
actividades operativas de los puertos de acuerdo a la legislación vigente. |
6.- Intervenir en la
aplicación del régimen disciplinario por el incumplimiento de las
disposiciones legales y/o reglamentarias en que incurrieran los titulares de
las administraciones portuarias públicas y privadas. |
7. - Intervenir en la
aplicación del régimen disciplinario por el incumplimiento de las
disposiciones legales y/o reglamentarias en que incurrieran los titulares de
las administraciones portuarias públicas y privadas. |
|
|