Artículo 408 del Código Aduanero
Artículo 408 del C.A.
Sección EXPORTACION
Título SALIDA DE LA MERCADERIA
Capítulo Disposiciones generales
Reglamentado por: Art. 047 del Decreto Reglamentario Nº 1001/1982 PEN
Detalle
Llave Operativa Aduanera

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Ley:

Boletín/Of

Vigencia:

LEY 22415/1981 – Código Aduanero

23/03/1981

24/09/1981

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Sección:

Exportación

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Título:

Salida de la Mercadería

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Capítulo:

II – Disposiciones Generales

 Artículo:

408

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Artículo: 408

La reglamentación establecerá las condiciones con arreglo a las cuales los medios de transporte indicados en los artículos 146, 152, 158, 159 y 166 podrán quedar total o parcialmente exceptuados del cumplimiento de las obligaciones impuestas en este Capítulo.

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