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Ley:
Boletín/Of
Vigencia:
23/03/1981
24/09/1981
Sección:
Título:
Capítulo:
Artículo:
328
Artículo: 328
La reglamentación establecerá el plazo de validez de la solicitud de exportación, transcurrido el cual la misma no surtirá efectos respecto de la mercadería no cargada.
Ver Art. 38: - Decreto Reglamentario Nº 1001/1982 PEN
02/05/1982
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