Artículo 146 del Código Aduanero
Artículo 146 del C.A.
Sección IMPORTACION
Título ARRIBO DE LA MERCADERIA
Capítulo Arribo por vía acuática
Reglamentado por: Art. 015 del Decreto Reglamentario Nº 1001/1982 PEN
Detalle
Llave Operativa Aduanera

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Ley: Boletín/Of Vigencia:
LEY 22415/1981 – Código Aduanero 23/03/1981 24/09/1981
 
Sección: Importación    
Título: Arribo de la Mercadería      
Capítulo: II – Arribo por Vía Acuática  Artículo: 146
 

Artículo: 146

La reglamentación establecerá las condiciones con arreglo a las cuales los ferribotes, las balsas para cruce fluvial de transporte automotor, los buques de pesca, de recreo, de investigación científica y deportivos podrán quedar, total o parcialmente, exceptuados del cumplimiento de las obligaciones impuestas en este Capítulo.

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