Artículo 1171 del Código Aduanero
Artículo 1171 del C.A.
Sección PROCEDIMIENTOS
Título RECURSOS
Capítulo Procedimiento ante el Tribunal Fiscal de la Nación
Detalle
Artículo: 1171

Artículo: 1171

Las partes podrán interponer recurso de apelación para ante la Cámara Federal dentro de los TREINTA (30) días de notificárseles la sentencia del Tribunal Fiscal. No interpuesto el recurso, la sentencia pasará en autoridad de cosa juzgada y deberá cumplirse dentro de los QUINCE (15) días de quedar firme.

Se incorpora como segundo párrafo según:

DE-1684-1993-PEN

El plazo para apelar las sentencias recaídas en los recursos de amparo será de CINCO (5) días.

 

 

 

Modificaciones al Artículo
Norma Relación Detalle
DE-1684-1993-PEN Modifica Art. 9