La Corte Suprema de Justicia avaló el uso autólogo de las células madr
De interés general

La Corte Suprema de Justicia avaló el uso autólogo de las células madre

 

 

18/05/2014 Fuente diariolavozdelchaco. La máxima autoridad de justicia de la Nación dictaminó que el uso propio de los beneficios de la sangre placentaria y el cordón umbilical para tratamientos médicos es válido, en contraposición a la resolución 69/09 que lo impedía.

 

Hace pocos días, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró como inconstitucional la resolución 69/09 del Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante (Incucai) que impedía el uso autólogo -propio y privado- de células madre, específicamente las provenientes del cordón umbilical y de la sangre placentaria obtenidas tras el nacimiento de bebés.

 

 Esta decisión del máximo tribunal es en respuesta a la causa que promovió un grupo de padres y el grupo Matercell SA, que cuestionaron la norma del Incucai porque el organismo tenía a las células progenitoras hematopoyéticas (CPH) en la misma categoría de los órganos para donación, disponibles para su empleo público, nacional e internacional, o sea de quien las disponga, sin necesidad de comprarlas ni venderlas.

 

 Decision Unanime

 

 Para la Corte, el Incucai es incompetente para el dictado de tales disposiciones porque no tiene facultades ni funciones de esa índole delegadas por la Ley 24193, sobre trasplantes de órganos, y confirmó una sentencia anterior de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, que ratificó además una acción de amparo previa a favor de los padres en espera de un hijo.

 

 En esas sentencias, apeladas por el Estado Nacional a través del Ministerio de Salud de la Nación, la Justicia había declarado la inconstitucionalidad de la resolución antes nombrada que obligaba a los progenitores a ser donantes para uso alogénico -público y general- de las células.

 

 En ese contexto, y por unanimidad, la Corte siguió el dictamen de la procuradora fiscal Laura Monti en el que consideró que los artículos 6 a 12 de la resolución 69/09 «no se ajustan a derecho».

 

«La compulsividad que se prevé en el acto dictado por el Incucai, en tanto no permite la posibilidad de ‘preservar sin donar’, constituye un exceso en la reglamentación de un derecho», sostuvieron los magistrados.

 

 

 Respetar el fallo

 

 Consultado al respecto por LA VOZ DEL CHACO, el médico y coordinador del programa Incucai a nivel local, Christian De Llera, expuso su visión sobre el tema.

 

 De Llera aseguró que desde el instituto van a respetar lo decidido por la Corte Suprema, aunque explicó que la bibliografía mundial y las recomendaciones internacionales dicen que el uso autólogo no tiene razón de ser. Esto se debe a que si un paciente llega a necesitar, por ejemplo, un trasplante de médula ósea, la sangre almacenada podría contener la patología desde el nacimiento.

 

 En otro sentido, y contestando sobre si la medida va a afectar la donación de células madres en la provincia, dijo que «no lo creo, porque todas las personas que donaron, entre 300 y 400 madres, sumadas a los cerca de mil inscriptos en el ámbito del hospital Perrando entendieron que esa sangre va a ser almacenada para cualquier persona que lo necesite».

 

Finalmente, De Llera agregó que «es muy poco el porcentaje de personas, tanto a nivel provincial como nacional, que pagan por esto (almacenamiento de sangre y células madre) y son más los que forman parte del banco público, e internacional, si se quiere».