Lupa fiscal: profundizarán las inspecciones permanentes a empresas rad
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Lupa fiscal: profundizarán las inspecciones permanentes a empresas radicadas en la provincia de Buenos Aires

 

 

11-04-2014 Fuente iprofesional. La Agencia de Recaudación provincial ajustó el régimen de seguimiento, monitoreo e intervención fiscal online para firmas y particulares que paguen más de un millón de pesos al año en Ingresos Brutos. El fisco también persigue a quienes registren inconsistencias

 

A fin de reforzar el cerco contra la evasión, la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) ajustó el seguimiento online permanente que recae sobre los grandes contribuyentes e infractores.

 

La herramienta -que le permitirá enviar al fisco bonaerense una nueva tanda de intimaciones en los próximos días- lo habilita a controlar de manera inmediata la presentación en tiempo y forma de declaraciones juradas, la verificación de su contenido y la realización de múltiples cruces de datos, entre otras acciones.

 

Esto se suma a la notificación de más de 2,5 millones de contribuyentes con deuda, que se realizaron de manera telefónica, postal y electrónica para que regularicen su situación y accedan al plan de pagos "Inclusión Tributaria", que prevé descuentos de hasta 50 por ciento.

 

El régimen por dentro

El mecanismo online, llevado adelante por los agentes bonaerenses, implanta un seguimiento que recae en los contribuyentes de Ingresos Brutos:

•Que hubieran declarado, con relación al ejercicio fiscal inmediato anterior, un monto del gravamen igual o superior a la suma de un millón de pesos.

•Para los cuales se hubieran detectado irregularidades o inconsistencias, ya sea de índole formal o material, en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de cualquiera de los tributos provinciales, independientemente del monto determinado en las respectivas liquidaciones.

 

Una vez detectados los infractores, el fisco bonaerense debe comunicar la inclusión al referido régimen en el domicilio fiscal del contribuyente.

 

Recibida la notificación, éste debe ingresar en la página web del organismo e informar los datos de identificación personal y de contacto, los cuales serán utilizados por el fisco al solo efecto de contar con una forma de contacto.

 

Asimismo, a través del sitio mencionado, se puede acceder a la información relativa a las acciones llevadas a cabo por ARBA.

 

Respecto del detalle de acciones de control, el régimen posibilita a realizar las siguientes acciones:

•La verificación de la presentación en tiempo y forma de declaraciones juradas.

•La constatación de su contenido (ingresos declarados, alícuota, percepciones, retenciones y pagos a cuenta).

•La verificación del cumplimiento temporáneo de sus obligaciones de pago.

•La realización de cruces de datos y análisis de información suministrada por otros fiscos, organismos públicos, estatales y no estatales, mixtos o privados.

 

Detectada alguna irregularidad, el fisco bonaerense inicia los siguientes mecanismos destinados a resguardar el eventual crédito fiscal incluyendo, entre otros:

•Comunicaciones, notificaciones, citaciones, intimaciones y/o requerimientos.

•Inclusión del contribuyente en las nóminas de deudores de tributos provinciales que periódicamente se publican.

•Procedimientos tendientes a inspeccionar la situación fiscal del mismo y/o determinar sus obligaciones.

•Intervención permanente, que implicará la realización de acciones de fiscalización destinadas a intervenir en aspectos económicos, contables e impositivos del establecimiento del contribuyente, que permita controlar su comportamiento tributario, como así también el de terceros vinculados económicamente con el mismo (proveedores, clientes, empleados), durante un plazo determinado.

•Procedimientos tendientes a sancionar las conductas cometidas, según el tipo infraccional en el que encuadren.

•Inicio y/o impulso de acciones judiciales tendientes al cobro de los importes que resulten adeudados, con posibilidad de efectivizar la traba de las medidas cautelares que resulten pertinentes.

•Formalización de denuncias penales en los términos de la Ley Penal Tributaria.

 

Límites

Sin embargo, en diálogo con iProfesional, expertos advirtieron sobre un problema que genera inquietud en las empresas bonaerenses que están alcanzadas por dichas fiscalizaciones.

 

La especialista en derecho tributario Agustina O'Donnell explicó que "los aspectos relevantes vinculados al funcionamiento de este control, tales como cuál será el plazo de duración de la medida o de qué manera se llevará a cabo la intervención, son definidos a través de resoluciones internas, es decir normas que no se dan a publicidad y que, por ende y en principio, el contribuyente no podrá objetar".

 

Asimismo, agregó que "la inclusión en el régimen implica el control -permanente e integral- online del comportamiento fiscal en Buenos Aires, tanto como contribuyente directo como en carácter de responsable, es decir, frente a los regímenes de retención y percepción".

 

Sin dejar lugar a dudas, la experta explicó que “la intervención fiscal permanente se traduce en la facultad de ARBA de hacerlo en los aspectos económicos, contables e impositivos del establecimiento de modo de controlar su comportamiento fiscal como así también el de terceros vinculados económicamente con el mismo, durante un plazo determinado".

 

"Frente a este nuevo régimen es de suma importancia evaluar la procedencia de las irregularidades e inconsistencias que, una vez detectadas, el fisco bonaerense pone a consideración de los contribuyentes para que se subsanen, toda vez que sean aceptadas o conformadas o una vez que quedan firmes por no haber sido impugnadas en tiempo y forma constituyen uno de los supuestos de aplicación del nuevo régimen de fiscalización permanente sean o no grandes contribuyentes y en cualquiera de los tributos que ésta recauda", advirtió la tributarista.

 

"En el caso de los grandes contribuyentes, esos ajustes además pueden implicar la intervención de ARBA en la actividad de la empresa", alertó O'Donnell.